Recuperamos
al Marqués de la Ensenada para agradecerle, nuevamente, su catastro. Gracias a
esta obra fiscal tenemos una descripción clara de la corona de Castilla de
mediados del siglo XVIII. Bueno, también ayudó que Fernando VI que fue quien ordenó
a Zenón de Somodevilla y Bengoechea, modesto hidalgo nacido en La Rioja y que
gracias al éxito de la entronización del infante Carlos en Nápoles fue nombrado
marques de Ensenada en 1736.
En
1743 Felipe V lo trae a España para encomendarle cuatro ministerios: Hacienda,
Guerra, Marina e Indias. Con respecto a la Hacienda, Zenón se percató de que necesitaban
“pasta”, dinero. Tras la bancarrota de 1739, que había obligado a imponer a
todos los pueblos un gravamen extraordinario, la décima, por el que todos los
pueblos quedaron obligados a entregar el diez por ciento de todos sus ingresos
y rentas, obligando a muchos a endeudarse. En esta situación Ensenada sabía
que tendría que reformar el sistema tributario.
No
se pueden imaginar cómo era el sistema existente: Pagaba solo en tercer estado,
había una locura de tributos… Zenón quería que los tres estados contribuyesen
por idénticos conceptos y en proporción exacta a la riqueza de cada uno. Y,
claro, una simplificación radical del sistema impositivo. Para ello había que
saber lo que cada vasallo tiene y sustituir los cientos de tributos por uno
solo. ¡Genial! Pero los altos funcionarios, consejeros reales y demás patulea
se opusieron a que se llevase a cabo el plan de reformas. ¿Se acabó? ¡No!
Porque Fernando VI firmó un decreto promulgando lo pedido por Ensenada el 10 de
octubre de 1749.
La
investigación de lo que tenía cada ciudadano se ha llamado “Catastro de
Ensenada”. Se promulgó la Ordenanza de Intendentes, nuevos cargos a los que se
dotó de máxima autoridad en cada una de las 22 provincias en que estaba
dividida por entonces la Corona de Castilla. Para la de Burgos, se nombró al
extremeño Manuel de Vera y Zúñiga, marqués de Espinardo. Estos intendentes
designaron en cada provincia a un número proporcionado de responsables de las
averiguaciones en los pueblos, a los que se consideró jueces subdelegados.
Estos eran, casi todos, abogados de los Reales Consejos o militares de alta
graduación, especialmente comisarios ordenadores o coroneles. El elegido para averiguar
Medina de Pomar y aldeas de su Jurisdicción fue Nicolás Fernández de la Peña.
Cada subdelegado constituyó un equipo o audiencia, formada por un escribano
para dar fe pública de todas las actuaciones, y varios oficiales y amanuenses,
ayudados a veces por un agrimensor y un alguacil. Ninguno de los empleados del
Catastro podía ser natural del lugar averiguado, ni tener intereses en él. El
escribano debía ser obligadamente de "realengo", es decir, no elegido
ni nombrado por ningún "señor" territorial o jurisdiccional. El que
actuó en Medina fue Balthasar Ruiz de Temiño.
El
procedimiento averiguador era sencillo. Se hacía llegar al pueblo a investigar un
bando en el que el Intendente comunicaba a todos los vecinos el decreto del rey
y la orden general de presentar en un plazo determinado una declaración,
relación o memorial. Cada vecino cabeza de casa y cada forastero con bienes o
rentas en ese pueblo, debía incluir en ese documento sus datos personales y
familiares y una descripción, partida a partida, de todos sus bienes y rentas
en esa localidad. Todos esos memoriales eran revisados por un grupo de peritos
designados entre el pueblo y el subdelegado anotando en los márgenes del
memorial las rectificaciones oportunas y añadiendo al final los bienes que se
hubieran omitido por olvido o por picardía. Acabado el reconocimiento de
tierras, casas y demás bienes, los miembros de la audiencia procedían a
confeccionar los libros oficiales del Catastro, que eran varios y no solo el
resumen que podemos obtener por la internet.
Por
su parte, las autoridades del pueblo, con los peritos citados, el subdelegado y
el escribano, debían responder a un interrogatorio de cuarenta preguntas,
orientadas a un conocimiento general de la población y a obtener datos que serían
básicos para la valoración de las partidas de los memoriales y libros
oficiales. Son las respuestas a ese cuestionario el elemento al que llevamos
recurriendo desde el inicio de este blog para conocer cómo era cada uno de los
pueblos estudiados.
En
el epígrafe del catastro llamado “Medina de Pomar” aparece también los barrios
de Villacomparada y Pomar y las granjas de San Miguel, San Juan y la Zarzosa. Por
tamaño, Medina contaba con unos 1.075 habitantes sin incluir el clero con el
que llegarían a 1.200. Recordemos la existencia del convento de Santa Clara con
treinta y dos monjas profesas, una novicia y cuatro criadas de clausura y tres
frailes franciscanos que habitan en el hospicio que estaba en su compás.
Sumemos los franciscanos del convento homónimo -cuarenta y cuatro- y el convento
de San Pedro, de agustinas calzadas, con veintitrés monjas y dos criadas. Con
respecto a la casa de Felipe Neri surgía el problema de cómo catalogar a sus
dos presbíteros dadas las peculiaridades de esta casa.
El
subdelegado Fernández de la Peña, envió el 2 de mayo de 1752 desde Nofuentes una
carta a la Justicia de Pomar acompañada del Bando y el cuestionario del
catastro. El alcalde de Medina de Pomar ordenó al pregonero avisar a los
vecinos del concejo público y abierto para el 24 de mayo. La reunión de esa
tarde de miércoles sería tensa si pensamos que 182 de los 244 vecinos -que no
habitantes- de Medina eran "nobles", por lo que el Catastro no
parecía venir a aliviarles a ellos sino a igualarlos a los pecheros. El bando citado
daba un plazo para que todos hicieran y entregaran sus declaraciones. ¡Ni de
palo! La entrega se demoraría meses. Fernández de la Peña mandó otra carta el
17 de agosto asumiendo que ya tenían los memoriales recogidos y que, por ello,
enviaría a su escribano el domingo día 20 de agosto. Como seguro que tenía “la
mosca detrás de la oreja” o mucha experiencia en estas visitas, Fernández de la
Peña incluía una amenaza de sanción si buscaban retrasar el interrogatorio.
Al
final, el subdelegado se retrasa y a primeros de noviembre reclama los
memoriales con premura para examinarlos antes de llegar a Medina de Pomar. Para
el 22 de noviembre solo habían llegado trece memoriales. El subdelegado
devolvió las halladas defectuosas para que se subsanasen, pero no recogieron
ningún memorial nuevo. Se sucederán las peticiones de memoriales. El subdelegado
llegará a Medina de Pomar el 10 de enero de 1753, a la caída de la tarde. Pero en Castilla
el relevo de alcaldes se hacía en nochevieja, por lo que el alcalde al que
ahora se dirige el subdelegado dirá no saber nada del asunto. Se trató de Alejo
de Cariaga y Velasco, designado por el señor de la villa, el duque de Frías,
como alcalde ordinario por el estado de hijosdalgo.
Vuelta
a empezar: publicar el bando… relación de pobres y analfabetos… Ese día, tras
advertir al alcalde saliente -Joseph González Trechuelo- de que eran muy pocos los
memoriales recogidos, el subdelegado amplió el plazo en tres días. Y se publicó
la sanción a los incumplidores: 50 ducados (555 reales de vellón), el salario
de un jornalero por 185 días de trabajo.
Veinticuatro
horas después se repiten los pregones Insistiendo en la participación de las
comunidades eclesiásticas y ordenando al ayuntamiento que entregue la lista de
los vecinos, moradores y habitantes que hay en Medina de Pomar, con el nombre y
apellido de cada uno. Se recalcó que se encarcelaría a los morosos. Los
rectores del cabildo eclesiástico de la villa y las señoras abadesas de los conventos
de Santa Clara y San Pedro respondieron al subdelegado que lo antes posible
redactarían las respectivas relaciones y las entregarían en la audiencia.
Los
resultados empezaron a verse el 20 de enero: llega la lista de las aldeas y la
de los vecinos y moradores, tanto legos como eclesiásticos. Se cotejan con las declaraciones
recibidas y se avisa -de nuevo- a los que no han presentado su estado de
cuentas. A su vez, se publica -de nuevo- el bando para que nadie alegue ignorancia.
El subdelegado se centra en las aldeas de Medina, mucho más sencillas de censar por su pequeña
dimensión, que oscilaba entre los cuarenta y dos vecinos de Salinas de Rosio y
la viuda que habitaba en Larrad o el hombre que vivía solo en Lechedo.
A
mediados de abril -¡abril de 1753!- designaron a los peritos, que “habrían de ser personas de la mejor
opinión, ynteligentes en las tierras del término, sus envidas, calidades,
productos, oficios, tratos, comercios, granjerías, industrias, familias, ganados,
colmenas y demás utilidades de cada persona del pueblo, debiendo dar recado de
atención al cura más antiguo para que asista como persona imparcial”. El
recado al cura -Manuel Silvestre Ezquerra- es llevado por el propio subdelegado
acompañado de Francisco Esteban Zorrilla, regidor por el estado noble, que
tenía reservado el honor del primer voto en los concejos. El cura dijo que “estaba prompto a concurrir a quanto sea del
real servicio”. Debemos agradecer que, al menos una persona, se comprometió
a actuar sin dilación. Seguro. Sin ironía.
En
la mañana del 14 de abril de 1753 el subdelegado debió haber ordenado repique
de campanas. ¡Por fin, reunión plenaria! Se reunieron el subdelegado, Nicolás
Fernández de la Peña, el alcalde noble Alejo Cariaga, el alcalde por el estado
general, Manuel del Campo, los regidores nobles Francisco Esteban Zorrilla y
Francisco Chábarri, los equivalentes llanos Juan de Pereda y Matheo López, y
junto a ellos Valentín García, procurador síndico general -curiosamente
solamente había uno y del estado noble-. Los peritos principales nombrados fueron
Joseph López Linares, Bernabé de Villota, Simón Fernández Hidalgo y Juan de
Varanda. El subdelegado se vio obligado a aceptar cuatro peritos adjuntos por
presión de los capitulares: Joseph González Trechuelo (alcalde saliente y quien
recibió quejas del subdelegado por el retraso de las pesquisas), Pedro
Fernández de Mardones, Juan González Trechuelo y Thomás López Borricón.
La
edad de los capitulares oscilaba entre 30 y 46 años. Los peritos, en cambio,
rondaban los sesenta. Como curiosidad, los Trechuelo eran mellizos, de 53 años.
Esta selección de edades procedía de la creencia de que edad, conocimiento y
experiencia van de la mano. Y porque esas edades eran sugeridas por la
normativa catastral para los peritos. El cura tenía 49 años (y era noble) y el
escribano de ayuntamiento, el citado Céspedes (51), que también estarían
presentes en el acto que se iba a celebrar de inmediato.
Todos
prestaron juramento, menos el cura que no tenía la consideración de declarante,
y el subdelegado, tras esto, manifestó que a quienes dijeran verdad Dios les
ayude y favorezca, y a quien no, se lo pida y demande, formulando de seguido la
primera pregunta: “¿Cómo se llama la Población?”
Las
respuestas a las preguntas del investigador ocuparon buena parte del mes de
mayo de 1753, siguiendo la audiencia durante esas semanas ayudando a los
vecinos a formalizar sus declaraciones y a revisar las que iban entregando para
comprobar que eran legibles y estaban completas.
El
intendente de Burgos obligó a que los vecinos entregaran sus memoriales
divididos en cuatro hojas o pliegos sueltos, anotando en cada uno las tierras
que tenían en cada uno de los aires: cierzo, solano, regañón y ábrego. Esta
medida permitió que el 30 de mayo el subdelegado formara cuatro equipos con los
ocho peritos. A Villota y a uno de los Trechuelo les asignó la revisión de
todas las tierras al cierzo. A Linares y Mardones, las de solano. A Varanda y
Borricón, las del ábrego. Y a Hidalgo y a José Trechuelo, las de regañón. Les
llevó un mes comprobar esos pliegos. Cada equipo estuvo acompañado por un
miembro de la audiencia. Cuando terminaron devolvieron los memoriales y firmaron
un documento declarando “haber visto con
el mayor cuydado y reflexión las tierras del término, pieza por pieza, casas,
molinos, personas, familias, tratos, comercios, industrias, ganados y demás del
territorio y pueblo” y confirmando la veracidad de lo declarado.
El
día 5 de julio la audiencia se puso a hacer los libros oficiales, pasando a
limpio toda la información de los memoriales con las correcciones y adiciones
de los peritos. Se obtuvieron gruesos volúmenes conservados en el Archivo de la
Diputación de Burgos. Las cuarenta respuestas al cuestionario básico, en
cambio, se puede consultar online. Pensemos que los libros con los bienes de
los legos y de los eclesiásticos constan de 527 y 416 hojas respectivamente
(1.054 y 832 páginas) manuscritas. Es una abrumadora acumulación de datos.
Hechos
los libros se cerró el trabajo con un acto institucional: la reunión de todos
los capitulares y vecinos de Medina de Pomar para proceder, durante días, a la
lectura pública de todo lo recogido en los libros, por si algún ciudadano encontraba
algo incorrecto, levantándose acta de las discrepancias y adoptando las medidas
precisas para depurar la verdad.
Y
tras el acta, una serie de “facturas” registrando lo pagado a los peritos por
el reconocimiento; a los alguaciles por sus recados y avisos; y a cada uno de
los miembros de la audiencia por sus salarios, de los que debían detraer el
pago de camas y mantenimiento. Por cincuenta días de trabajo el subdelegado
cobró 1.500 reales, el escribano 1.100 reales, el oficial 600 reales y dos
escribientes 400 reales cada uno. A los peritos se les pagó 700 reales, y al
alguacil 36 reales. En papel se gastaron 46 reales y en el viaje de conducción
de todos los papeles del Catastro de Medina a Burgos, 60 reales. Un total de
4.832 reales le costó al rey la averiguación encaminada a mejorar la
recaudación entre los vasallos de Medina de Pomar, poco más de lo gastado ese
año en las fiestas de la villa.
Sobre
lo que se registró para la posteridad… la semana próxima.
Bibliografía:
“La
villa de Medina de Pomar en sus respuestas al interrogatorio del Catastro de
Ensenada”. Concepción Camarero Bullón y Concepción Fidalgo Hijano.
Respuestas
al Catastro del Marqués de la Ensenada de la villa de Medina de Pomar.
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