Antes de que hagan cábalas, les voy a hablar de
“La Cuarta”. No es un canal de televisión sino que fue el primer hospital que
se creó en la ciudad de Medina de Pomar y estaba asociado al monasterio de
Santa Clara. Se localizaba en su corral y fue fundado hacia 1374. Julián G.
Sainz de Baranda nos dice que fue fundado de 1371 cuando se otorga la escritura
de siete de marzo y Cesar Alonso de Porres Fernández se reafirma en dicha fecha.
Por su parte, Alfonso Franco Silva nos habla de que fue fundado el 7 de marzo
de 1380 “a pesar de que su idea provenía
de 1374, año en que había intentado sin éxito una primera fundación de este
hospital en el corral de su monasterio de Santa Clara de Medina de Pomar para
que en él pudiesen acogerse quince pobres”. Su nombre cierto era “La
Misericordia” y, como el posterior Hospital de la Vera Cruz, gestionaba la
caridad en el nuevo centro físico y simbólico del señorío de los Velasco.
Patio de santa Clara (Google) |
Aclararemos que la visión actual de un hospital
difiere mucho de lo que era en la baja Edad Media. Era un tiempo en que la “caritas
cristiana” pasaba del "amor a Dios" hacia el amor a los pobres. Esto
es, la ayuda a los pobres y la donación de limosnas. Surgen hospitales para
pobres, enfermos o peregrinos. Por otra parte, no la menos importante, permitía
un cierto control sobre esta gente pobre que eran unos elementos demasiado
sueltos dentro del orden social. Tercero, la fama y el renombre que obtenían
las élites; su contribución al orden social; y, finalmente, ¡ganar el cielo!
No quiero decir que esos intereses pesasen en
este orden en la decisión de Pedro (I) Fernández de Velasco y su mujer, María
Sarmiento, de fundar el hospital de la Misericordia adosado al monasterio Santa
Clara. Se ha conservado en el monasterio la primera escritura fundacional donde
se afirma que hicieron este hospital para el servicio de Dios y para obra de
piedad. Estaba pensado para acoger veinte pobres –o quince según algún autor-,
catorce hombres y seis mujeres, con el casero o la casera que viviría en la
institución de forma permanente y que se encargaría de la organización de los
aspectos más cotidianos. El edificio comprendía, además de una habitación para
el Provisor, en el piso bajo cuadras y dependencias para el servicio del mismo,
en el piso principal la cocina, la enfermería y dos dormitorios muy capaces
para hospedar en los pobres ancianos y vecinos de la villa.
Arcada de Santa Clara (2013) |
En su testamento, fechado en 1383, Pedro
estableció una ampliación sustancial del hospital, aumentando su capacidad
hasta los cuarenta pobres. Para esta ampliación aumentaba significativamente la
dote, proveía un nuevo acemilero con su acémila y encargaba la construcción de
una segunda cámara para albergar las nuevas camas: “Otrosí mando que fagan en el dicho mi ospital una cámara a par del
engima del fasta el del palagio que está fecho, contra el palagio de Santa
Clara que está fecho cerca de la mi capiella e que esta cámara que sea doblada
con su sobrado de la guisa que esta fecha la otra cámara que es en el dicho
ospital contra san Millón e que esta cámara sea fecha de cal e de canto
enderredor fasta encima del tejado e la pared sea de tres palmos en ancho e la
cámara sea mui ancha como manda el otro palacio fecho e la cámara aya en luengo
treinta pies”.
Siento decirles que no encontrarán restos
físicos de este hospital. Bueno, quizá si se escarbase a suficiente profundidad
se llegase a algo. Como dice Julián García Sainz de Baranda: “En este recinto llamado compás, se hallan las casas del capellán,
hospedería, sacristán y demás dependientes del Monasterio, y dentro de él hasta
hace muy poco, existió el Hospital de la Misericordia (vulgo la Cuarta), que
sin motivo ni fundamento, ha desaparecido, con fines más bellos, sin duda, pero
menos benéficos y útiles”. Seguramente estuviese dentro del espacio
existente entre la iglesia del monasterio de Santa Clara y la ermita de San
Millán. Donde encontramos hoy el hospital de la Vera Cruz. Pero este segundo
hospital no implicó la desaparición de la antigua y ambos desarrollaron sus
actividades asistenciales en paralelo. Y adosados.
A parte de la perdurabilidad de los materiales
empleados y su imprecisa localización desconocemos todo sobre su planta o
medidas. Sin embargo, las fuentes nos dan datos sobre su funcionamiento
institucional y su relación con el monasterio, al que estaba vinculado. Las
clarisas quedaban como centro memorial, caritativo y de gestión de la salvación
del linaje de los Velasco. Su abadesa -en la escritura fundacional era Elvira
Álvarez de Padilla- era la previsora única de la nueva fundación. Vamos que tenía
el control sobre la Cuarta y sus rentas y era la única persona que podía
autorizar la venta de solares de la dotación en caso de que fuera necesario.
El tener el hospital asociado al monasterio nos
lo presenta como una fundación para que los Velasco fuesen recordados como
salvadores. O sea: Pobres y monjas trabajando para la salvación del alma de los
Velasco. Nada que ocultar, literalmente, porque figura en la propia escritura
de 1374 en la que se detallaban las razones para esta fundación: “por amor de Dios e por nuestras ánimas e
remisión de nuestros pecados e porque los pobres sobredichos sean tenidos de
rogar a Dios por la vida e salud de nos e de nuestros fijos e de nuestras fijas
e después de nuestras vidas por las nuestras ánimas e de aquellos honde nos
venimos”.
La escritura refleja que el hospital estaba
concebido como un asilo porque no se proveyeron partidas para médicos,
cirujanos o barberos. Los donativos se destinaban para la manutención de los
acogidos, su vestido y calzado y cambiar anualmente la paja de las camas. A tal
fin disponen que cada dos años se le compren nuevas ropas a los inquilinos del
hospital, dando a cada varón tres varas de picote para sendas sayas y cinco
varas a cada mujer, calculando por todo ello una cantidad aproximada de 216
maravedís anuales de gasto.
Y, como la beneficencia política nunca es
gratis, se establecían obligaciones para los pobres asistidos y se organizaba
un ritual de la caridad que vinculaba a ambas partes. Y a estas con el
monasterio de Santa Clara. Los pobres del señorío se institucionalizaban y
pasaban así a formar parte del patrimonio salvífico familiar, agrupado en torno
al monasterio emblemático de Medina de Pomar.
Por supuesto el hospital complementaba el
proyecto edilicio de Pedro (I) Fernández de Velasco en el corazón del señorío.
Medina de Pomar mostraba la fuerza de este patricio mediante el alcázar de
representación, la capilla funeraria, el hospital y el monasterio.
Como para 1374 el hospital estaba terminado y las
obras debieron comenzar después de la concesión de la villa de Medina de Pomar
por parte del rey en 1369 a los Velasco entendemos que la construcción fue
relativamente rápida. Atentos porque la fecha coincide con la de construcción
del alcázar y, más o menos, las fechas de la reforma del monasterio y de
creación de la nueva capilla funeraria. Todo ello muestra el valor que los
Velasco daban a la arquitectura.
Destaquemos tanto la temprana fecha de fundación
como su capacidad de acogida. La mayoría de los hospitales castellanos
vinculados con la nobleza pertenecen al siglo XV, como el de Beatriz Galindo en
Madrid o el de Diego Arias Dávila en Segovia. Y su capacidad asistencial no se
puede comparar con la de las grandes fundaciones hospitalarias del momento,
entre las que destacaba el hospital del Rey en Burgos con hasta ochenta camas a
finales del siglo XV. Sin embargo, se situaba en la media de los hospitales
europeos, de 25 camas a finales de la Edad Media, y especialmente sobresalía en
el panorama castellano donde la mayor parte de los hospitales disponía entre dos
y doce camas.
Hemos hablado de algunos de los gastos que se
generaban para la supervivencia de los asilados en el centro. La cuestión a
plantear era identificar las fuentes de financiación. Podemos decir que el pan
que se les daría a esos pobres (105 almudes y medio y dos celemines de trigo)
procedería de las rentas que los fundadores tenían en los territorios
siguientes: 32 almudes y 3 cuartas de trigo situados en el monasterio de Torres
con el molino y los solares que están en San Román y Enceñares; 4 almudes en un
solar en Torres; 2 almudes en otro solar de Torres; 1 en un solar que fue de
Pedro de Torres; 6 en un solar que fue de Gonzalo Velaz de Torres; 5 almudes y
medio en un solar que dicen de Somaovilla; 22 en Villalerán con el palacio; 4
en Fresnedo; 9 en Villalaín; 4 en San Martín de Moncobo; 2 en Valmayor; 2 en
Momediano; 2 en Paredes; 20 en Oteo; 3 cuartas de trigo en Villataras y 3
almudes en el Parral de No- fuentes, que montan en total 101 almudes y medio de
trigo y los cuatro y medio restantes los sitúan en la heredad de Céspedes y
Varres de Yuso.
La cebada para el alimento del asno (22 almudes,
3 cuartas y 2 celemines) procedería de los 32 almudes y medio de cebada que
tienen de renta en los solares del monasterio de Torres. Finalmente la carne,
el vino, las ropas y los demás artículos ya mencionados para manutención y
vestido de los pobres y enfermos acogidos al hospital sumarían en total una cantidad
de 2.501 maravedís y 9 dineros que los provisores del hospital deberían cobrar
en el portazgo de la villa de Medina de Pomar.
La dotación establecida por los fundadores se
quedó corta –dada las dimensiones asistenciales es lógico- al cabo de medio
siglo. En 1433 los pobres del hospital se quejaron al nieto del fundador, el
Buen Conde de Haro. La devaluación de la moneda y varios años de malas cosechas
habían hecho que los solares no rentasen lo suficiente y las condiciones de
vida de los pobres fueran precarias. Pedro (II) Fernández de Velasco refundo el
hospital, incrementando enormemente la dotación inicial que acabamos de
comentar. Pedro (II) la subió a 9.503 maravedís y ocho dineros, además de
recalcular las raciones de trigo, pescado, carne y vino diarias para cada pobre.
“Et yo
por juicio de Dios e por las animas de los dichos Sres. Pedro Fernández de
Velasco e Doña Maria Sarmiento su mujer e otrosí por mi e por la Condesa Doña
Beatriz Manrique mi mujer, e por los que de nosotros venieren es mi voluntad de
mandar e pagar a los dichos pobres, por los dichos 250 mrs. e 9 dineros de moneda
vieja, 5003 mrs. e 8 dineros de la moneda blanca e porque en los dichos 5003
mrs. e 8 dineros non habían cumplidamente los dichos pobres su mantenimiento yo
ove renunciado en ellos de los mrs. que yo había de Sr. el Rey en cada año por
juro de heredad por siempre jamas 4500 mrs. que los hubiese señaladamente en la
alcabala del vino de la villa de Frías.... los quales yo renuncie por cuanto
tomé 30000 mrs. de moneda vieja del Alcázar de la mi villa de Medina de Pumar
que los había dejado depositados en ella mi Sr Johan de Velasco cuya anima Dios
haya porque los había dejado ende el dicho mi Sr. D. Pedro Fernandez de Velasco
(…)” 30 de octubre de 1433
Por cierto tanto las escrituras iniciales como
las segundas escrituras detallaban esta “dieta” que, a grandes rasgos, era: Carne
y pescado para comer; fruta, queso y hortalizas para cenar; vino a diario.
Además se tenía en cuenta las necesidades de madera, cebada para la acémila,
sebo para velas; aceite para lámparas; aderezos para las camas; ajuar
doméstico; y sal.
También se mandaba que los ciento cinco almudes
y medio de trigo citados, debían ser entregados por sus recaudadores el día de
Santa María de Septiembre al hospital.
Hemos dejado caer la existencia de primeras
escrituras y segundas escrituras. Esto fue debido a que el Buen Conde de Haro saneó
la situación del hospital de la Misericordia pero debió pensar que él también
debía cubrirse de “santidad” y planificó su propia fundación caritativa. Un año
después, en 1434, obtuvo una licencia del obispo de Burgos para edificar una
casa para hospital de pobres que sería el hospital de la Vera Cruz.
Bibliografía.
“Apuntes históricos sobre la ciudad de Medina de
Pomar” Julián García Sainz de Baranda.
“El patrocinio arquitectónico de los Velasco
(1313-1512): construcción y un contexto de un linaje en la Corona de Castilla”.
Tesis doctoral de Elena Paulino Montero.
“El hospital de la Vera Cruz de Medina de Pomar
(a.1438)” por Cesar Alonso de Porres Fernández.
“La asistencia hospitalaria en los estados de
los Velasco”. Alfonso Franco Silva.
Revista “La Esfera”.
Anexos:
Escrituras de fundación del Hospital de la Misericordia
(vulgo La Cuarta):
“Primera
Escritura.
Sepan
quantos esta carta de fundación vieren, como yo Pedro Fernandez de Velasco
camarero mayor del Rey y yo Doña María Sarmiento mi mujer, ambos a dos en uno
con buena voluntad y graciosamente otorgamos y conoscemos, que por cuanto nos
ficimos y tenemos fecho en el corral del monasterio de Sta. Clara de Medina de
Pomar, un hospital para el servicio de Dios y por obra de piedad, en que se
acojan y estén para siempre jamás veinte pobres con el casero y con la casera
que estoviere y en que el casero o casera entre en la cuenta de los dichos
veinte pobres.
Et que
estos pobres hayan cada uno de ellos cada dia dos panes, según la ordenanza que
nos ordenamos hoy dia, en que se montan al año 105 almudes y medio y dos
celemines de trigo, que viene a cada pobre por año cinco almudes y coarta y
medio celemin de trigo.
Et mas
que den a estos pobres tres dias en la semana carne de oveja o de vaca que
cuesta cada dia tres maravedises y en cuaresma que les den en la semana en tres
dias en cada uno de ellos los dichos. tres mrs., para pescado o sardinas, que
monta por año quinientos quarenta y y nueve mrs.
Otrosí
ordenamos que den a testos pobres cada dia a los omes o mujeres, media azumbre
de vino puro, que monta en el dia media cantara y un azumbre de vino que montan
por todo d ano doscientas veinte y ocho cantaras y dos azumbres y medio de
vino, seyendo contada la cantara a seis mrs. que montan en cada mil trescientos
ochenta mrs. y cinco dineros.
Otrosi
que el hospitalero o hospitalera que haya la ración doblada y que entre en la
cuenta de los otros veinte pobres en cuenta de lo sobredicho.
Otrosi
ordenamos que haya y este en el dicho hospital, una azemila o asno para
acarrear y traer leña y las otras cosas que obiere menester para provisión del
dicho hospital y de los pobres que y estovieren, et que den a esta azemila o
asno cada noche, un celemín de cebada que montan por año veinte y dos almudes y
tres cuarta y dos celemines de cebada.
Otrosi
ordenamos que den para ferias la dicha azemila y para los aparejos que obiere
menester en cada un año, sesenta mrs.
Otrosi
ordenamos que den p.s mantener una lámpara de aceite, para alumbrar cada noche
a los pobres y a los dolientes que fueren en el dicho Ospital, cuatro dineros
cada dia que montan por año, ciento quarenta y seis mrs. y cuatro dineros.
Otrosi
ordenamos que para mantener y prover los lechos, que han de estar en el dicho
Hospital, para resarcimiento y renobacion de ellos y de la paga que obiere
menester en cada año, ciento cinquenta mrs.
Et de
los pobres sobre dichos que sean los catorce varones y las seis mujeres con el
hospitalero o hospitalera.
Et
ordenamos que estos dichos veinte pobres con el hospitalero o hospitalera del
dicho hospital, que les den para vestuario de dos en dos años a los varones
cada tres varas de picote, para sendas sayas, que montan contándoselas en cada
año veinte y una varas; y a las mujeres cada cinco varas de picote, que
montaran por año todas treinta y seis varas, que montaran en dineros a seis
mrs. la vara en cada año doscientos diez y seis mrs. y esto sobre dicho que se
comienze desde el dia de Santa María de Sbre. próximo que viene, que sera en la
era de esta carta en adelante”.
Continua dicha carta con la dotación de rentas
para el sostenimiento del Hospital y sigue el nombramiento de Provisora del
mismo en esta forma:
“Et
tacemos et ordenamos e establecemos por Provisora del dicho hospital e 'de lo
sobredicho a Doña Elvira Álvarez de Padilla Abadesa del dicho Monasterio de
Sta. Clara et después de su vida de ella que sea provisora del dicho hospital e
de lo sobre dicho aquel o aquella que nos posieremos en nuestra vida y después
de dias de mi el dicho Pedro Fernández, que sea provisor o provisora del dicho
hospital aquel o aquella que pusiere el heredero de mi el dicho Pedro Frnz.,
que obiere en Medina o a Castilla vieja, pero que este no pueda tomar, ni
tirar, ni embargar al dicho hospital cosa .alguna, de las que sobre dichas son”.
Segunda
escritura.
Dada la extensión de la misma Julián García
Sainz de Baranda solo la extractó en su libro disponiendo en el mismo la parte
en que modificaba y ampliaba la escritura anterior:
“E por
cuanto al tiempo que los dichos Sres. Pedro Frnz. de Velasco y Doña María Sarmiento
su mujer, fundaron el dicho hospital, andaba moneda vieja e dotaron para el mantenimiento
de los dichos pobres, los dichos dos mil e quinientas e uno mrs. e nuebe
dineros contenidos en la dicha carta suso incorporada de la dicha moneda vieja,
la cual se mudo en moneda blanca. Et acatando que si agora de moneda blanca Se
obiesen de pagar los dichos dos mil e quinientos e un mrs. e nueve dineros, los
dichos pobres no hablan mantenimiento. Et yo por juicio de Dios e por las
animas de los dichos Sres. Pedro Fernandez de Velasco e Doña Maria Sarmiento su
mujer e otro si por mi e por la condesa Doña Beatriz Manrique mi mujer e por
los que de nosotros benieren, es mi voluntad de mandar dar e pagar a los dichos
pobres, por los dichos dos mil e quinientos e un mrs. e nueve dineros de moneda
vieja, cinco mil e tres mrs. e ocho dineros de la moneda blanca que agora corre
en Castilla, que face dos blancas un maravedí: et porque en los dichos cinco
mil e tres mrs. e ocho dineros, non habrán cumplidamente los dichos pobres su
mantenimiento, yo ove renunciado en ellos de los mrs. que yo habia de nuestro
Sr. el Rey en cada año, por juro de heredad para siempre jamas, cuatro mil e
quinientos mrs. que los oviese señaladamente, en la alcabala del vino de la
villa de Frías para siempre jamás, de los cuales les di una carta de privilegio
del dicho Sr. Rey, para que los recodiesen los arrendadores de la dicha
alcabala, en cada un año para siempre jamás, con dios, los cuales yo renuncie por
cuanto tome treinta mil mrs. de moneda vieja, del alcázar de la mi Villa de
Medina de Pomar, que los habia dejado depositados en día mi Sr. Johan de
Velasco (cuya anima Dios haya) porque los habia dejado ende el dicho mi Sr.
Pedro Fernandez de Velasco, por comprar dellos ciertas heredades e otros
propios para provisión e mantenimiento de los dichos pobres, así montan todos
los mrs. que los dichos pobres han de haber en cada un año para siempre jamas
para su mantenimiento, según dicho es, nueve mil e quiniento e tres mrs. e ocho
dineros, los cuales conformándome con los dichos Sres. Pedro Fernandez de Velasco
e Doña María Sarmiento, e acatando las cosas que mas necesarias eran a los
dichos pobres, es mi voluntad que los hayan e sean repartidos para el dicho su mantenimiento,
en cada un año para siempre jamás, en esta guisa: e para carne e pescado segund
el día que fuere a cada pobre cada día cinco dineros que monta cada día con las
dos raciones del hospitalero diez mrs. que monta por año contado de trescientos
e sesenta e seis días tres mil e seiscíento e sesenta mrs.
Et para
fruta o queso o ortaliza que cenen en las noches los dichos pobres a todos un
maravedí cada día que se montan por año trescientos e sesenta e seis mrs. Et
para vino cada día para los dichos pobres una cantara de vino puro que montan
por todo el año a diez mrs. por cantara con el traer tres mil e seiscientos e
isesenta mrs: et mas para leña por escusar la acémila o asno que los dichos
Sres. mandaron para lo traer cuatro cientos mrs. por cuanto la dicha cebada que
come la dicha bestia, a respecto de lo que vale se da en trigo a los dichos
pobres porque no habia abasto en el trigo contenido en la dicha carta. Et para
aceite para la lámpara que ha de arder toda la noche en el dicho hospital doscientos
mrs.; et para reparo de aderezar los lechos e las otras cosas que a ello se
requieren en cada año ciento e cinquenta mrs.; et para vestuario en cada un año
a cada pobre cuarenta e siete mrs. que se montan por año novecientos e cuarenta
mrs.; Et para manteles e basijas en que coman cada un año sesenta e cinco mrs.
e ocho dineros; e para sal en cada un año cinquenta e dos mrs.; estos veinte
pobres se entienda que son con las dos raciones aue ha de haber el hospitalero
segund se contiene en la dicha carta aqui suso incorporada.
Et
mando a vos Sancho Garcia de Medina el Romo mi recabdador e a las otros mis recabdadores
que después de vos en el dicho recabdamiento sucedieren, que del pan que por mi
recabdades o recabdare de las dichas mis rentas de la dicha mi bodega,
recudades e recuda este año de la fecha desta carta e de aqui adelante cada un
año por siempre jamas, te dedes e den al dicho hospitalero que agora es o fuere
de aqui adelante por siempre jamas por el día de Santa Maria de Septiembre de
cada uno de los años avenideros dos dichos ciento diez y ocho almudes e tres
cuartas de trigo. Et este año de la fecha desta carta, pues es pasado el dicho
dia de Santa Maria de Septiembre dadgelo luego e tomar su carta de pago del o
de los que en su logar sucedieren, e con ella e con el traslado desta mi carta,
mando, mando que vos sean e les sean resoebidos en cuenta en cada un año los
ciento e diez e ocho almudes e tres cuartas de trigo cargando sobre vos e sobre
si el pan que rindieron los dichos solares en cada un año para siempre jama
como dicho es.
Et
otrosí mando a vos el dicho Sancho Garcia e a los otros mis recabdadores que después
de vos sucedieren en el dicho recabdamento que cobredes e cobren por mi este
dicho año e de aqui adelante en cada año para siempre jamas todo el dicho pan e
trigo e cebadas que los dichos solares e tierra que los dichos Sres. e Doña
Alda mandaron para el mantenimiento de los dichos pobres rinden e rindieren
para siempre jamás como dicho es e lo carguedes e carguen en vuestro cargo e
suyo en cada un año e si mas rindieren lo cargades e carguen sobre vos e sobre
si e si menos rindieren fecha diligencia por vos e por ellos e mostrado por
testimonio vos se descargado de la renta de los tales solares y donde paresciere
el tal descargo, por ello non sea quitado cosa alguna a los dichos pobres de
los dichos ciento e diez e ocho almudes e tres cuartas de trigo que les yo así
mando dar del pan de la dicha mi bodega como dicho está, mi intención es que
los hayan todos enteramente.
Otrosí
mando que sea descargado en cada un año para siempre jamas a vos el dicho
Sancho García e a los otros mis recabdadores que después de vos sucedieren en en
el dicho recabdamiento los dichos tres almudes de trigo que los dichos Sres.
mandaron en el dicho parral de Nofuentes para mantenimiento de los dichos
pobres en cada un año, por cuanto el vino que oviere en el en cada un año yo lo
mando poner en la mi bodega de la dicha mi villa de Medina, e ha de ser fecho
cargo dello al mi recabdador que es e fuere del vino que yo mando poner cada un
año en la dicha mi bodega. Et si algunos mrs. o pan de lo por mi aquí ordenado
sobrare, segund el repartimiento aqui contenido, mando que el dicho hospitalero
le distribuya entre los dichos pobres para su mantenimiento, como el lo
entendiere que es mas servicio de Dios. Et porque yo acatando la tal ordenación
para mantenimiento de los dichos pobres por los dichos Sres. e por mi ordenada para
servicio de Dios, e obra meritoria mando a Pedro de Velasco mi hijo e a los
otros que de mi e del sucedieren e ovieren de haber los mrs. e pan de las mis rentas
suso dichas en cada un año para siempre jamas, que por consolación mía; e mi
deseo cerca dello aya logar que faga e fagan dar en cada un año para siempre
jamas a los dichos pobres los dichos mrs. e pan para su mantenimiento en la
manera que dicha es, que la gracia e bendición de Dios sea siempre con ellos
encargando cerca dello sus conciencias”.
Mi enhorabuena por tan interesante e impecable trabajo histórico, aunque me he quedado con un pelín de ganas de ver imágenes de su interior; imagino, que como en tantos monumentos españoles, estará prohibido hacer fotos en su interior. Esto que te acabo de decir, por supuestísimo no desmerece en nada tu trabajo, que como te he dicho anteriormente, es "impecable".
ResponderEliminarUn abrazo.
Un saludo, Manuel. Desgraciadamente no quedan restos de este hospital de pobres.
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