Que no te asusten ni la letra ni el sendero de palabras pues, amigo, para la sed de saber, largo trago.
Retorna tanto como quieras que aquí me tendrás manando recuerdos.


domingo, 27 de junio de 2021

Las Merindades se le “hace bola” a Bessières

 
 
Debemos remontarnos al lejano 1811 cuando –según nuestra mitología política- los españoles luchaban con todo lo que podían contra el invasor francés que tenía secuestrado al legítimo rey Fernando VII. El cuadro general de la situación a principios de 1811 tenía varios vectores: la necesidad de refuerzos por parte del Mariscal André Masséna en Portugal; la distribución de las tropas imperiales del centro peninsular con 275.313 soldados; la ubicación de los patriotas con seis ejércitos -Cataluña, Valencia, Murcia, Cádiz, Extremadura y Galicia- que sumaban unos 110.000 hombres; y el inglés Wellington cuidando sus 110.000 combatientes británicos y portugueses. Y de sus intereses.

Disposición de Guerrillas y unidades francesas al inicio de 1811 en noreste
 
Como vemos el año empezaba con los franceses dominando el centro y con más soldados. Sus desventajas, porque todos sabemos que perdieron, eran la cantidad de soldados destinados a cubrir retaguardia y líneas de suministros y la falta de unidad de mando. Entiendan que la unidad de mando era fundamental para aprovechar la ventaja estratégica de disponer del centro peninsular al permitir desplazar rápidamente unidades desde un frente a otro. Y si esto fuera poco estaba la pelea entre Napoleón y su hermano José a causa de la creación de los Gobiernos Militares del norte de España que dependían directamente de Francia y el deseo del emperador de pacificar la península a sangre y fuego –y pasándole la factura a los españoles- frente a la voluntad de pacto de su hermano. ¿Conclusión? Las tropas francesas encabronaban al paisanaje y las acciones amistosas de José desequilibraban el golpe militar e irritaban a los mariscales de Napoleón que reaccionaba con acciones agresivas que torpedeaban la política de José.
 
Claro que estas ineficiencias eran compensadas por las torpezas del lado español: irrecuperable desgaste militar; población agotada y empobrecida por la guerra; falta de recursos dado lo reducido del territorio controlado y al alejamiento de las colonias americanas; y tensión política del proceso constituyente por el régimen de libertad de imprenta.

 
Napoleón, para unificar el mando en el norte de España, creó el Ejército del Norte. Buscaba suprimir situaciones como que cada gobernador general sólo persiguiera a las guerrillas dentro de los límites de su territorio, lo que impedía que los brigantes fueran aniquilados a pesar de la enorme desproporción entre los efectivos franceses y los de la resistencia española. Longa, por acercarnos más a nuestra zona, actuaba en un espacio dividido entre los gobiernos militares cuarto (provincias vascas y Santander) y quinto (Burgos). Como jefe de este nuevo ejército fue nombrado el mariscal Bessières, duque de Istria, que ya había operado en Burgos. Controlaría –es un decir- el tercer Gobierno Militar de Navarra, el cuarto de las provincias vascas y Santander, el quinto de Burgos, Aranda y Soria, el sexto de Valladolid, Palencia, León, Benavente, Toro y Zamora, el Principado de Asturias y la provincia de Salamanca. Lo haría con 57.702 hombres y 8.783 caballos organizados en seis divisiones (dos de ellas de la Guardia Imperial) una brigada de caballería ligera, la Legión de Gendarmería a caballo –unidades de caballería de línea que destacaron en Astorga y Cuidad Rodrigo- y unidades estacionadas en los diversos gobiernos.

Bessières, duque de Istria,
 
La Guardia Imperial era lo más granado de la Grande Armée, una unidad de élite con divisiones de infantería y de caballería. ¡Un ejemplo a seguir por el ejército! En sus inicios eran un cuerpo protocolario. La infantería de la Guardia raramente era usada en combate pero la caballería era lanzada en gloriosas y renombradas cargas.
 
La caballería ligera empleaba caballos ágiles y veloces. Tenían sables curvos para herir con el filo en la lucha individual y se empleaba en las fases preliminares de los combates y durante la persecución. Los cazadores empleaban la carabina y la pistola en sus misiones de exploración, mientras que los húsares preferían el arma blanca y solían desempeñar tareas de enlace y explotación del éxito.

 
Este ejército debía ocupar unos 86.000 kilómetros cuadrados, pacificarlos y mejorar el control de la ruta Madrid-Olmedo-Valladolid-Irún de 430 km y de sus ramificaciones con Portugal y Aragón. Y esto no era nada sencillo. Les explico: España y Portugal, grandes potencias imperiales, eran metrópolis pobres según los estándares continentales tanto económica como agrícolamente. Únicamente si un Ejército se trasladaba con gran rapidez podría subsistir en estas tierras. Si esta limitación se ve ayudada por la red de caminos, poco desarrollada, y la topografía montañosa de la cornisa cantábrica, tenemos a las tropas marchando por las mismas rutas –esquilmadas- una y otra vez. Y los brigantes, o guerrilleros, que cortaba los abastecimientos no solo de hombres sino también de animales.
 
Si esto fuera poco, Bessières estaba obligado a crear un “muro cantábrico” contra las incursiones de la marina británica y los cuerpos españoles que ésta desembarcaba periódicamente mediante unas treinta guarniciones entre Avilés y el Bidasoa. Sin olvidar que tenía que proteger Asturias y el Reino de León al norte del Duero contra el sexto ejército español de Galicia y los portugueses de Silveira. No solo eso sino que serviría como apoyo al Ejército de Portugal. ¿A que ahora parecen pocos su sesenta y pico mil soldados?

 
Bessières sabía que cumplir todo era algo harto difícil al tener unas fuerzas escasas tanto en cantidad como en calidad. Salvo la división Bonet que actuaba en Asturias. Los años de guerra habían hecho mella en el ejército Imperial. Muchos oficiales no vigilaban la disciplina y el entrenamiento de sus soldados. Existió un el constante deterioro de la calidad de las tropas francesas en España a pesar, o como consecuencia, del aumento de la recluta con este destino que cubría plazas de cualificados veteranos muertos.
 
Para cubrir las vías de comunicación este Mariscal de Francia diseñó una red de guarniciones y puestos de etapas separados unos 30 km entre sí. Y unidades para escoltar a los emisarios, correos y convoyes. Traducido: la Intendencia francesa aprendió a funcionar en cooperación con las tropas para conseguir suministros. Por hacer paralelismos con el presente estos puestos serían como los destacamentos aislados del Afganistán Soviético que eran abastecidos por helicópteros. Ningún mando francés ignoraba el impacto que tenía en sus hombres el permanecer en un lugar poco conveniente o inhóspito más tiempo del necesario. Para que todas estas unidades cumpliesen con su cometido era necesaria una trama de columnas móviles para acopio de víveres (faltaban más de cien años para que se inventase algo parecido al helicóptero) y cobro de contribuciones. Si en 1809 habían bastado unos 50 hombres por columna, en 1811 ya se necesitaban varios centenares, en 1812 las columnas se debían constituir por 800 o 1.000 hombres.

 
El mariscal Bessières buscó reducir la tensión con los españoles mediante medidas de clemencia. Buena idea pero… tarde. Entiendan que había que alimentar la maquinaria de la guerra, de una manera o de otra. Se exigió a España una contribución con la que el Ejército Imperial adquiriese lo que precisase o… permitirle saquear y procurarse su subsistencia. Lo que nunca hace un ocupante es cubrir los gastos de la ocupación con su dinero porque convierte esta en una carga de la que se beneficia ¡el país ocupado! Además, en 1810, las finanzas del Imperio se tambaleaban, y Napoleón decidió que España, que hasta entonces había procurado la alimentación –es un decir- del Ejército de ocupación, abonase además los sueldos.
 
En febrero de 1811 en Ejército del Norte Imperial trasladó 6.000 hombres de la Guardia Imperial de Burgos a Valladolid, lo que mejoraría la situación patriótica en Las Merindades. Para abril de 1811 había 8.000 infantes, y 2000 caballos entre Burgos, Aranda y Soria y el total de Bessières eran 24.500 bayonetas y 3.520 sables (unos 9.000 combatientes menos que a principios del año). El mariscal tenía un dilema: si se dispersaba para ocupar el territorio y cubrir las líneas de comunicación no era suficientemente fuerte en ningún punto para poner en aprietos a la guerrilla, si se reunía en varias columnas potentes capaces de amenazar seriamente a las fuerzas insurrectas, perdía el control de las comunicaciones y la población, dejando libres extensos territorios donde otras partidas se podían instalar. Sólo permaneciendo en las poblaciones más importantes de forma continua conseguían las fuerzas ocupantes someter a los habitantes. Pero, si no estaban los imperiales, las partidas podían castigar o amenazar a los colaboracionistas. Problema, problemón.

Villarcayo
 
A la dispersión general de fuerzas en pequeños núcleos había que añadir que cada una de esas unidades tenía que destacar pequeñas guarniciones a una serie de poblaciones cercanas quedando el núcleo principal de fuerzas aún más reducido.
 
A diferencia de las fuerzas ocupantes que a lo largo de los primeros meses de 1811 redujeron su presencia en las provincias del tercero, cuarto y quinto gobiernos militares, la guerrilla fue incrementando su fuerza. En las provincias vascas los guerrilleros que allí operaban no pasaban en aquellas fechas de 4.000, incluyendo la fuerza de Longa que actuaba también fuera de esa área. En la actual Cantabria actuaba Campillo. Más al oeste encontraba su territorio Herrero. Al sur y suroeste del feudo de Longa, por los llanos y sierras burgaleses y riojanos, operaban Amor y Salazar. Por la tierras de Palencia cabalgaban Tapia y Padilla, y hacia el suroeste de Las Merindades la guerrilla del cura Merino. Cuevillas se movía por toda aquella región sin un santuario fijo. En los límites con Soria se estaba organizando una fuerza bien instruida y disciplinada el brigadier Durán. Longa disponía de una partida de casi mil hombres, un tercio de ellos de caballería. Amén de un servicio de información sobre el Camino real a la altura de Miranda de Ebro para vigilar las idas y venidas de los soldados franceses.

 
El 7 de enero de 1811 aparecieron en Villalaín los soldados y la mujer de Bartolomé Amor que vinieron a instalarse en Villarcayo y se hicieron cargo de la vigilancia por aquel lugar. Bartolomé Amor había nacido en Revenga de Campos, provincia de Palencia. Al principio de la guerra era soldado en las milicias provinciales de Burgos y tenía experiencia en campaña: participó en la batalla de Gamonal y, tras la derrota, formó parte de la guerrilla de Porlier donde actuó como su sargento mayor. En este momento disponía de su propia partida que actúa por las provincias de Burgos, La Rioja y Soria.
 
Las discrepancias o la descoordinación o ¡Vayan a saber! entre Longa y Amor permitió que 150 lanceros franceses llegaran hasta la misma plaza de Villarcayo matando a siete hombres de Longa y llevándose 53 caballos. Seguramente fuesen unidades de caballería ligera, cazadores o lanceros, que realizaban misiones de descubierta. Enterado el jefe guerrillero local marchó con algunos jinetes y con toda la infantería disponible en persecución de los lanceros: Su caballería les alcanzó entre Villalaín e Incinillas.

Valdenoceda
 
Desgraciadamente allí estaban otros 150 lanceros imperiales que se acercaban en apoyo de los que atacaron Villarcayo. Esto permitió que los caballos ya quedasen fuera del alcance de los españoles. Aun así se persiguió a las tropas de Napoleón hasta Puente Arenas. El combate no sería sencillo porque, a pesar de la pérdida de calidad de las tropas francesas, la caballería solía vencer a las pobres tropas montadas españolas y sus oficiales mantenían un buen control sobre sus tropas y las dirigían acertadamente en las batallas.
 
Al anochecer llegó allí también la infantería de la partida que mantuvo una intensa lucha. Me temo que los franceses escaparon con los caballos. No sé. Me lo dice que no consta su recuperación. Aunque también lo reconoció Longa en un oficio al general Mariano de Renovales unos días después. En una rápida operación la guerrilla había perdido casi un veinte por ciento de sus monturas a favor de los franceses.

Puente Arenas
 
Pero los imperiales no siempre se lanzaban a combatir en operaciones de descubierta. Cuando de Vitoria salieron columnas de 400 y 500 hombres contra la guerrilla de Francisco de Longa este debió replegarse a Cantabria porque, el 20 de enero, los imperiales ocuparon los puntos de paso sobre el Ebro: 300 soldados en Frías cerrando el paso por su puente y 400 cubrían Trespaderne y el puente del cañón de la Horadada. 
 
Y ya que estaba por La Montaña –antiguo nombre de la zona- Longa decidió atacar la guarnición de 150 hombres de Cabezón de la Sal. Era el 26 de enero de 1811. ¿Recuerdan lo de los destacamentos aislados de Bessières? Eso facilitó las acciones de la guerrilla. Al caer la guarnición de Cabezón de la Sal, que era la principal de la provincia al oeste de Torrelavega, las otras próximas quedaron en una situación muy precaria y con dificultad para recibir refuerzos. El día 30 Longa atacó la guarnición de Comillas, compuesta por unos 40 hombres, encerrados en una casa-colegio. Ya no le fue tan fácil porque los franceses de la comarca se organizaron para hacerle frente y pidieron refuerzos.

 
En Burgos y Vitoria empezaron a concentrarse inmediatamente tropas imperiales para acudir en socorro de las guarniciones de la Montaña. La mayor parte de la fuerza se dirigió hacia Santander y Torrelavega para una vez allí actuar de común acuerdo. Al saber que Longa se hallaba en Molledo se preparó el siguiente plan: tres columnas subirían de norte a sur por los valles de Toranzo al este, Besaya directamente a Molledo y Cabuérniga al oeste, mientras una cuarta columna bajaría desde Reinosa. El clásico embolsamiento. No salió bien, claro. A pesar que se calculó en 7.000 hombres el número de tropas francesas que acudieron La Montaña. Longa había interceptado el 7 de febrero cerca de Torrelavega un correo francés del coronel Lauriber al general conde Dorsenne en que se detallaban el plan para cazar a la partida de Longa en Molledo.
 
Para escapar del cerco, Longa, dejó 50 hombres distribuidos por el valle de Cabuerniga que era donde se había refugiado del acoso imperial con la orden de mantener encendidas numerosas hogueras y retener a la población local para que el enemigo creyera que la guerrilla seguía allí. Los demás salieron hacia Soncillo esperando que los retrasados se les uniesen al día siguiente. Desde allí se dirigirían reunidos hacia Medina de Pomar. Longa, en 21 horas, bajo la lluvia y la nieve, llegó a Soncillo. Los 50 hombres que habían quedado en el valle de Cabuérniga se reunieron, al amanecer, en Cabezón de la Sal donde fueron sorprendidos y atacados por una columna francesa.

Soncillo
 
Una vez reunida la partida en Soncillo, ésta se dirigió a su cuartel general en Medina de Pomar y Villarcayo. La noche del 12 de febrero, al poco tiempo de haber llegado a su feudo, el ya teniente coronel Longa recibió la noticia de sus espías de que habían llegado a Soncillo, en persecución de la guerrilla, 1.600 franceses y que de Reinosa habían salido otros 80 lanceros y 800 de infantería que se encontraban en Manzanedo. ¿Qué hizo Longa quien estaba en Moneo? Decidió lanzar su caballería para frenar a los franceses y dar cobertura a la infantería para que se retirase sin peligro.

 
Los franceses ocuparon por unos días Villarcayo y Medina de Pomar. Y hasta allí llevaron a dos oficiales de Longa que habían cogido prisioneros en Cabezón de la Sal: Dionisio Álvarez y Mateo Fernández de Arenas. Les ahorcaron, uno en Medina de Pomar y el otro en Villarcayo. Se ensañaron sobre ambos, pues a uno le atravesaron con una espada de parte a parte antes de ascenderle al patíbulo y al otro le dieron primero un balazo en el vientre. Se recalcó que no se les dejaba confesarse como tortura psicológica para ellos y los testigos de la ejecución.
 
A principios de marzo una fuerza de 2.000 hombres avanzó en tres columnas para expulsar a la guerrilla de Las Merindades y las zonas cercanas de Álava y Vizcaya. Reocuparon Medina de Pomar, Villarcayo, Valmaseda, Arceniega, Orduña, Berberana y Salinas de Añana. Por un rato.
 
Puente de Frías
 
 
 
Bibliografía:
 
“Francisco de Longa. De guerrillero a general en la guerra de la independencia”. José Pardo de Santayana y Gómez de Olea.
“El Ejército Imperial en la Guerra de la Independencia. Napoleón sin gloria (II)”. Jesús Maroto y Miguel Ángel Martín Más.
“El fracaso de Napoleón en España”. Teniente coronel Madelín del Ejército Francés.
 
 
Para saber más:
 
 
 
 

domingo, 20 de junio de 2021

Desde el mirador de Gayangos.

 
 
Ya estamos saboreando el buen tiempo y puede ser un grato momento para pasear por la naturaleza de Las Merindades. Para ello quiero acercarles al mirador ornitológico situado en la ascensión del alto de Bocos, por el lado de Gayangos, y que lleva su década como punto de observación privilegiado. Allí podrán llegar a ver, siempre que sea temporada, fochas, porrones moñudo y europeo, rascón europeo, gallineta, cormorán grande, pato cuchara, zampullín cuellinegro o ánade friso. Amén de los milanos reales y negros, la garza real, el águila pescadora, el aguilucho lagunero, el águila calzada, el halcón abejero, el gavilán, el cernícalo o el águila culebrera. Con decirles que ¡más de cien especies nidifican en este entorno!

 
Basta con detener el coche en el aparcamiento de tierra junto a la carretera, subir una pequeña loma cuyo camino está algo acondicionado y, bajando por la otra vertiente, está el mirador equipado con mesas y asientos para almorzar. Frente a ustedes tendrán las lagunas de Gayangos, de Bárcenas o de Antuzanos que proceden de un hundimiento, profundo, del terreno que crea pocas oscilaciones en el nivel de las aguas. La causa son las bolsas freáticas de origen kárstico que mantienen el nivel del agua aunque no llueva lo suficiente. Esta circunstancia favorece la existencia de una exuberante vegetación palustre que sirve de refugio a las distintas especies de aves. Si a todo esto añadimos la bajada de la densidad de población local, zonas boscosas cercanas, alturas rocosas y la explotación agrícola del entorno tenemos el refugio ideal para muchas aves.
 
En las aguas nadan diversas especies de peces –algunas introducidas- como perca atruchada, carpas y barbos, que sirven de alimento junto a algunos invertebrados a las aves del entorno. Las lagunas están incluidas en el Catálogo Regional de Zonas Húmedas, con acceso restringido a 50 metros alrededor de los lagos.

 
Pero no solo hay aves y peces. Si miramos a la izquierda, en una zona boscosa, situaremos los restos ya muy arruinados del balneario de Fuensanta de Gayangos que cerró en los años cuarenta del pasado siglo; al fondo tendrán la localización de una importante batalla de la primera carlistada, aquella en la que Gómez rompió el cerco para iniciar su periplo por la España liberal; y tras la laguna que veremos a nuestra derecha tendremos la localización de un monasterio que conocemos por sus restos literarios.
 
También se dice que el emperador romano Servio Sulpicio Galba -desde Clunia- dio órdenes para averiguar el emplazamiento exacto de las lagunas, ya que se suponía que un rayo había dotado de una energía sobrenatural a estas aguas. Suetonio contaba que Galba se lanzó tras la púrpura por un presagio y un hecho extraño: el sacerdote de Júpiter en Clunia le había informado de la existencia de un oráculo, formulado doscientos años antes por una profetisa, que auguraba que de Hispania saldría el señor y dueño del mundo. Otros dicen que el hecho extraño relatado consistió en que, apenas llegado Galba a Hispania cayó un rayo –símbolo de Júpiter- en un lago de Cantabria y se encontraron en él doce hachas, símbolo del poder supremo porque el doce era el número de las segures portadas por los lictores ante los dos cónsules romanos. Todo un presagio del futuro poder de este emperador breve como un rayo. Lo que queremos suponer es que estas aguas eran las de Antuzanos.

 
Pero, antes de meternos con el poblamiento de Antuzanos les dejaré la descripción que escribió en el “Boletín de la Real Academia de la Historia” bajo el epígrafe “Antigüedades prehistóricas de Gayangos” Antolín Sainz de Baranda en 1887:
 
“Entre las varias curiosidades que tiene este pueblo dignas de visitarse y que me han movido á consignar estas líneas, se hallan cinco lagos ó pozos, de los que uno mide 400 áreas próximamente, y tienen unos cinco metros de profundidad. Sus aguas son claras y trasparentes, sin que aumenten ni disminuyan en verano ni en invierno. No tienen comunicación con río alguno, criándose en ellos abundantes anguilas, sangujas y barbos; estos de dimensiones extraordinarias. Antiguamente hubo una pequeña barca para recreo de los bañistas, pero hubo de sumergirse por las desgracias que ocasionaba á jóvenes intrépidos e inexpertos. Nada se sabe acerca de su origen y formación, ni en los archivos parroquial y del pueblo existe dato alguno, por más que las tradiciones á ellos referentes sean varias, rindiendo la imaginación popular cierto respeto y admiración á estos lagos, no faltando quien afirme que, según tradición, existió en el mismo sitio un pueblo que desapareció sumergiéndose en un volcán, resultando después los lagos. Próximo á ellos, en la montaña del mediodía que da vista á la villa de Medina de Pomar, existió en el siglo XIII el célebre santuario de Nuestra Señora de Antuzanos, que fue destruido el año 1850”.
 
Puntualicemos que, aunque dice en texto de 1887 que no hay comunicación con otras aguas investigaciones más recientes han constatado aportaciones desde los lagos a los ríos Nela y Trueba.

 
Claro que hay otra historia que nos aclara el origen de las lagunas y que -insistentemente diría yo- aparece en la prensa. Es la famosa leyenda de la vieja, la bruja o la Virgen, que tiene ciertas variaciones según el narrador. Una nos habla de la desaparición del pueblo de Antuzanos destruido por una inundación como castigo divino por maldecir a la Virgen. Otra nos dice ante las ofensas que sus habitantes hicieron contra la Virgen –en esto coinciden-, ésta, lejos de actuar como una “madre amorosa”, provocó que un volcán arrasase la localidad. Parece que remató el trabajo con una inundación que colmató los cráteres y las lagunas son los restos de esa ira divina. Como vemos ambas son muy parecidas y varían solo por la palabra del narrador.
 
Para una tercera forma de este relato recurriremos a un estudiante de Orduña que se llamó Norbert. En su carta publicada por una revista y que titularon como “Mis vacaciones en Gayangos” nos permite ver aspectos tanto religiosos como etnográficos o faunísticos:
 
“(…) Me refiero en primer lugar á unas lagunas que se hallan posesionadas hace siglos del fondo de una llanura á los pies del balneario. Son cinco, y de notable profundidad; pues en la mayor de ellas, que mide cosa de un kilómetro cuadrado, la sonda ha marcado 87 metros. Numerosos pescados, sobre todo barbos, surcan la tersa superficie. Muchos de ellos pasan de 14 libras, pero tienen formidables enemigos en un ejército de nutrias, y á ellos se unen, con frecuencia, grandes bandadas de patos y ánades.
 
Las numerosas sanguijuelas de otra laguna han desarrollado una nueva industria. Los chicos llegan jugando al agua, se meten hasta la rodilla, y cuando las voraces sanguijuelas se les pegan á las pantorrillas, los rapaces salen á toda prisa, descuelgan los bichos, los echan en un jarro con agua, y vuelven á repetir la pesca, para surtir á las boticas de este singular artículo.
 
Una leyenda, que flota entre los habitantes de aquellos contornos como un siniestro recuerdo, nos da el origen de estas misteriosas lagunas. Allá en tiempos muy lejanos, y en una noche tormentosa de relámpagos y truenos, se dejó ver entre las tinieblas una pobrecita anciana, que pedía un albergue y un pedazo de pan. Inútilmente llamó en las casas... ni un vecino le abrió la puerta. La anciana suspiró con pena, se secó las lágrimas, y, empapada en agua como estaba, comenzó á subir la próxima cuesta en dirección á la ermita de Nuestra Señora de Antuzanos. Una vez en ella, dirigió mirada dolorida al pueblo, y dícese que dijo: “¡Oh pueblo ingrato! tu fin ha llegado. Tus blasfemias para con Dios y tus entrañas sin compasión para con los pobres han subido al trono del Altísimo pidiendo venganza. Yo bajé de mi santuario para ampararte, y me has rechazado. ¡Infeliz!” Y al llegar aquí, se despeñó del cielo un relámpago vengador, se oyó un horrible trueno, el terremoto en alas de lo tempestad se abalanzó á dar una violenta sacudida; se abrió la tierra; y de repente, casas, hombres y animales desaparecieron en un abismo negro y sin fondo. Al día siguiente vieron las gentes del contorno, llenas de espanto, que el pueblo había desaparecido y en su lugar las aguas habían formado un lago. Y es hoy el día en que, como me decía un honrado labriego, se encuentran, de vez en cuando, restos de calderos y otros utensilios en el fondo de estas lagunas.
 
Muy cerca, y sobre un altozano, se ven aún las ruinas de la ermita de Antuzanos. La imagen se halla al presente en la parroquia de Gayangos. (…)”

 
De la carta que publicó este muchacho de hace más de cien años nos centraremos, olvidándonos de las sanguijuelas de las que habla muy bien Madoz en su diccionario, en la existencia real de una Virgen del siglo XIII que está en la iglesia de Gayangos. Ergo, si hay escultura, hubo templo. Y existió. Está documentada la existencia del monasterio de Santa María de Antuzanos.
 
¡Antes de que se me olvide! Hay narradores de la historia de la desaparición del pueblo que nos dice que el desastre proviene de una bruja. Así indican que era una bruja expulsada del grupo de brujas del Trema que vivían en la Torcona de Cornejo. Y redondean el cuento indicando que para impedir que lo reconstruyesen en el alto, hacia Peña Partida, subió y amargó la única fuente contaminándola con un pestilente olor. Pero la Virgen María bendijo el agua volviéndola curativa. La Virgen aquí no es vengadora como en los otros ejemplos. Fin del inciso.
 
La primera cita documental de Antuzanos es del año 962, cuando formando parte de la dote matrimonial Gonzalo entrega a favor de su esposa Elvira, “et in Kastella in Antuzanos lias as et tenas et vineas et puntares et molinos et omnia cum suis prestantiis” . No cabe ninguna duda en la identificación porque en el siglo IX Castilla era sólo Las Merindades. Aparece de nuevo Antuzanos como lugar y como referencia al lago con un canal, cuando el conde Femando Ermenegíldez dona, en 1007, varias propiedades al monasterio de Celedonio y Emeterio de Taranco, que posteriormente sería donado al monasterio de San Millán de la Cogolla, y por tanto Antuzanos también. Claro que este documento es controvertido porque se le presupone interpolado y no tendríamos, por ello, la fecha efectiva: “Et illum lacum de Antuzanos, cum suo cannale, ad integritate…in Nahara i solares de Munnio Didaz que fuit piscatore de comite Fernan Pelaez (…)”

 
Margarita Torres Sevilla-Quiñones de León dice que este documento de 1007 es una falsificación declarando imaginarios al conde Fernando Ermenegíldez y a su hermano. El texto habla de un personaje que había sido pescador del conde Fernán Peláez, que aparece en la documentación más de veinte años después, en 1028 confirmando ésta de 1007.
 
Antuzanos era un lugar que tenía concejo propio, y su propio monasterio dedicado a Santa María, que aparece en la documentación en 1109 cuando Mayor Núñez de Antuzanos se entrega al monasterio de Santa María de Antuzanos donando su heredad, todo el concejo de Antuzanos hizo de testigo.
 
Posteriormente el 13 de noviembre de 1028, el conde Fernando Peláez y su mujer Elvira y su madre doña Godina confirman a San Millán la donación anterior del monasterio de San Emeterio y Celedonio de Taranco: “Ego namque gratia Dei comite Fredelando Pelaioz, una cum coniue mea Gelvire et mater mea donna Gutina. Martínez Díez”.

 
Tenemos otra referencia geográfica en 1165 a la loma de Santa María de Antuçanos. En 1184 el abad de San Millán señalaba a cada decanía lo que tenía que aportar a la mesa del monasterio y, como no podía ser de otra manera, a Santa María de Antuzanos le correspondía aportar pescado. En 1350 Antuzanos era abadengo del monasterio de San Millán de la Cogolla. Pagaban al rey moneda y servicios, indican que no pagaban ni martiniega, ni fonsadera. Pagaban al monasterio 15 maravedís por yantar.
 
Consta que en 1428 Antuzanos tenía una venta porque en el testamento de Lope García de Porres se indica: “Otrosí le mando 90 maravedís que yo tengo en cada un año para siempre sobre la venta de Santa María de Antuzanos, pagalos el ventero que tiene la venta de aquella casa de Nuestra Señora”. En 1584 San Millán de la Cogolla arrendaba Antuzanos con Santa Eulalia de Miñón y San Cruz de Fresnedo a un vecino de Miñón. Las tierras pertenecientes a la ermita fueron objeto de pleito en 1597 entre los concejos de Fresnedo, Gayangos y Barriosuso. En 1708 la ermita tiene tres altares con lámparas ornatos con abundancia pila muy buena y buena fábrica.
 
El declive culminó en 1849 en que ya estaba en ruinas. El Boletín Oficial de Burgos anunciaba la venta de la ermita de Nuestra Señora de Antuzanos, si bien describe a Oña como propietario de manera equivocada, cuya entrada al Norte está sin puerta alguna, tiene de ancho 17 pies y 62 de largo con 22 y medio de alto: toda la bóveda es de sillería hundida parte de ella, el tejado está en completa ruina con muy poca teja y sin madera alguna. Hoy no es más que un yacimiento arqueológico datado en la Alta Edad Media que no tiene resto alguno en superficie
 
Julián García Sainz de Baranda nos cuenta que existía una procesión que, el día de Santa Petronila, iba a la ermita de Ntra. Sra. de Antuzanos a misa y después se cantaba la letanía, estando los Regidores obligados a llevar el desayuno al cura.
 
 
 
 
Bibliografía:
 
“Boletín de la Real Academia de la Historia”
“Aves en las Lagunas de Gayangos – Antuzanos”. (https://www.terranostrum.es/)
“Más Castilla y León”. https://www.mascastillayleon.com/
“Condado de Castilla”. 8Condadodecastilla.es)
“Índice documentos del monasterio de Sahagún, de la orden de San Benito”.
“Geografía del condado de castilla a la muerte de Fernán González”. Teófilo López Mata.
“Villarcayo y la merindad de Castilla-Vieja. (Boceto para su historia)”. Julián García Sainz de Baranda.
“Las Siete Merindades de Castilla Vieja. Castilla Vieja, Sotoscueva, Valdeporres y Montija”. María del Carmen Arribas Magro.
“Historia del condado de Castilla”. Justo Pérez de Urbel.
“Medina de Pomar como lugar arqueológico y centro de turismo de Las Merindades de Castilla-Vieja”. Julián García Sainz de Baranda.
Revista “Páginas Escolares”.
Periódico “Diario de Burgos”.
“Las Merindades de Burgos: un análisis jurisdiccional y socioeconómico desde la Antigüedad a la Edad Media”. María del Carmen Sonsoles Arribas Magro.
 
 
 

domingo, 13 de junio de 2021

¡Fuero! ¿Fuero? En Medina de Pomar.

 
Todos hemos oído hablar de fueros –sobre todo como arma política y herramienta comercial- pero menos de Cartas Pueblas. Para muchos nos parecen sinónimos pero no lo son. Pero casi. Los fueron municipales eran fuentes jurídicas mientras las Cartas Pueblas se reducían, a veces, a un contrato agrario colectivo en el que el señor del lugar fijaba las condiciones a cumplir por los lugareños residentes (presentes incluso antes de fundarse la población) y, otras veces, se asemejan a los fueros. Una Carta Puebla podían ser un documento que aplicaba el derecho al fijar un estatuto básico de organización y dependencia señorial. Incluso contener los privilegios legales de los pobladores que las aproximaban a los fueros, cartas de libertad, de donación, de confirmación o de privilegio.

 
Claro que la voz fuero empapó al documento o texto donde el Derecho se recoge. En los fueros era común regular ciertos aspectos de las relaciones de la comunidad con el otorgante lo que les confería carácter público: buenos fueros o fueros de exenciones y franquicias que liberan a sus beneficiarios del régimen común de la tierra; que imponía gabelas por el aprovechamiento de montes y prados (montaticum, montazgo, herbazgo); que restringía la libertad de movimiento de los cultivadores de suelo ajeno (colonos, iuniores); que imponía la anubda o deber de vigilancia; o el hospedaje y yantar, las viejas regalías de aposento y sustento de reyes y señores…
 
Los fueros se concedían por el rey o un conde. En ocasiones, era una copia o adaptación del de otra ciudad y, por ello, solemos agrupar los fueros por sus similitudes. Fue en la comarca de Burgos así como en la Extremadura castellano-aragonesa (desde Soria hasta Cuenca y Teruel) y en las tierras al sur del Duero donde el Derecho consuetudinario se recogió ampliamente por escrito. Y estos textos, estos fueros, los tenemos breves y los tenemos extensos. Los fueros breves consignaban, por lo común, algunas disposiciones de Derecho Público: privilegios y franquicias, autonomía local, régimen municipal, relaciones de los habitantes del lugar con el señor, delitos y penas... Los extensos contenían un ordenamiento jurídico completo, de tal manera que no fuera necesario acudir a otras normas fuera del texto escrito, por ello en numerosos fueros aparece el "recurso al Libro", consistente en comprobar si un juez al emitir sentencia actuó de acuerdo con lo que estaba escrito en el fuero.
 
Las villas y ciudades luchaban por defender sus fueros porque este Derecho Consuetudinario permitía y garantizaba la propia autonomía municipal y contenía las normas para la elección por los vecinos de los jueces y oficiales del municipio. El derecho de sus habitantes a elegir y ser elegidos para los cargos de gobierno fue la prerrogativa política más importante en cuanto liberaba a este de toda influencia externa.

 
Las elecciones para renovar los cargos públicos eran anuales y estaba prohibida la prolongación indebida de funciones, bajo pena de nulidad de todo lo resuelto por los representantes de la autoridad una vez transcurrido el tiempo por el que fueron elegidos, cesando en ellos y quedando sin efecto su jurisdicción, quedando obligados a indemnizar todos los perjuicios que por esta causa hubieren causado.
 
Para las elecciones los núcleos y villas aforadas se dividían en collaciones, parroquias, juntas, hermandades, valles, etc., en cada una de las cuales se confeccionaba un padrón o lista de todos los que gozaban el derecho de vecindad. La formación de este padrón era competencia de los “juradores”, nombrados por el concejo para este servicio y estaban obligados a llevarlo fielmente, bajo pena de incurrir en perjurio y pagar una multa. La elección de cargos, generalmente, debía verificarse durante el primer domingo de octubre. Los vecinos de cada villa y lugar, reunidos en concejo abierto, en el atrio de la iglesia, en cuevas, cementerios, bajo árboles, etc. discutían libremente las cualidades de los candidatos y su conveniencia. Los elegidos lo eran por mayoría. A pesar de ser oficios electivos y anuales había ciertas limitaciones: Nadie podía ser elegido alcalde o juez sin haber sido vecino durante, al menos, un año y debiendo tener casa abierta en la villa y caballo con un año de anticipación. La ausencia de alguno de estos requisitos convertía en ineficaz la elección. La reunión general del concejo comprobaba que en todas las parroquias se habían cumplido los requisitos forales decidiendo, sin ulterior recurso, la validez de la elección y así como también de la capacidad legal de los elegidos. Solo entonces el juez, alcaldes y demás oficiales, antes de tomar posesión de sus cargos, juraban ante el concejo la estricta observancia del fuero, impartir recta justicia y proceder con celo, verdad y honradez en todos los negocios para el buen gobierno de la villa.

 
Las leyes forales preceptuaban a todos los vecinos respeto a las personas designadas por la villa para desempeñar los oficios concejiles, como legítimos representantes de todos, castigando las injurias e imponiendo la obligación de cautela a todo vecino que les demostrare odio o animosidad.
 
La existencia de jurados en las villas como garantía de correcta aplicación de la ley se recoge en numerosos fueros. El cabildo de jurados deliberaba con independencia del juez y de los alcaldes, analizando la actuación del ayuntamiento y acordando la actitud de aquiescencia u oposición que debían adoptar para el bien de los intereses municipales. Los jurados representaban al municipio en las Cortes del reino y colaboraban en la conservación del orden público. El enjuiciamiento de las causas por delitos cometidos por los jurados correspondía a los adelantados y a la jurisdicción real, sin perjuicio de la responsabilidad que pudieran tener ante el concejo, como los demás magistrados elegidos, por las faltas cometidas en el ejercicio de su cargo.
 
El Derecho territorial castellano se fijó inicialmente de modo oficial bajo Alfonso VII. Posteriormente la actividad de los particulares dio lugar a la redacción de una serie de textos que son las fuentes más antiguas conservadas de este Derecho. Hacia la segunda mitad del siglo XIII se efectúan, por parte de juristas privados una serie de redacciones del Derecho territorial castellano. En el siglo XIV se hizo otra redacción sistemática estructurada en cinco libros relativos a Derecho Público, penal, organización judicial y procedimiento, así como Derecho civil.
 

Alfonso VII (1127-1157) otorgó el primer fuero a Medina de Pomar del que nada sabemos: "Concedo, roboro et confirmo omnes ilos foros quos Aldefonsus imperator, avus mués, dedit et concessit populatoribus de Medina de Castella Veteri, tam francigenis quam postaris, quam hispanis". Del texto se deduce que en Medina hubo una población de francos.
 
Sancho III (1197-1158) hijo de Alfonso VII otorgó en 1181 a los de Medina de Pomar los fueros de Logroño. La Colección de Fueros y Cartas pueblas de España nos dice lo siguiente sobre el Fuero de Medina de Pomar: "Privilegio del rey D. Alfonso VIII, concediendo y confirmando a su concejo el fuero de Logroño que el emperador D. Alfonso, su abuelo, les había otorgado: confirmo omnes illos foros quos A. Imperator avus meus dedit et concessit popu-latoribus de Medina de Castella veteri... quos pater meus Rex Santius eisdem concessit et con- firmavit, scilicet foros de Lucronió". Insertados los fueros, el emperador dona a los medineses Villanueva, Villa Taletat, Villamat y Villa del Prado. Se trata, por consiguiente, de un fuero breve, otorgado por Alfonso VIII, confirmando la concesión del fuero de Logroño hecha por sus predecesores, Alfonso VII y Sancho III.
 
Pero hasta la concesión del fuero de Alfonso VII, los habitantes de Medina se rigieron por diversos ordenamientos. Se rigieron por el Código de Alarico, en el que se recogía la legislación de los hispano-romanos, eliminando las normas en desuso y apropiándose de las dos terceras partes de las tierras de cultivo, dejando la otra tercera la “tertia romanorum” a sus antiguos propietarios. Esta situación legal prosiguió hasta la publicación del Fuero Juzgo, norma que consiguió la unidad legislativa y que prolongó su vigencia en el territorio de Las Merindades castellanas, por la escasa presencia musulmana, hasta el Fuero Viejo donde se mencionan pueblos Castilla, con lo que se deduce que por este fuero se gobernaban y decidían los juicios que tenían los habitantes del condado de Castilla.

 
Respecto a los preceptos de derecho procesal en Medina de Pomar los sayones -alguaciles del rey- no podían penetrar en las casas particulares no sacar prendas por la fuerza y tampoco tenían autoridad para cobrar la sayonía, la fonsadera, la anubda (contribución personal para la guerra), la mañería (mañero es el habitante estéril o sin descendencia)… El fuero de Medina protegía a sus ciudadanos cuando fuesen llevados a juicio por un extraño, cualquiera que fuera el motivo: solo respondían en su villa. La iglesia juradera para los de Medina era la de Santa María mediante el rito denominado “sacramentum”. El Concilio XVI de Toledo, en su canon X decía respecto al juramento: "Quicumque sacramentum fidei suae patriae status politicus est... violaverit anathema sit in Christi conspectu atque ab Ecclesiam Catholicam quam perjurio profanaverit oficiatur extraneus et ab amni consortio christianorum alienus..." Y en el Fuero Juzgo, al contemplar la prueba testifical decía: "Iudex causa finita et sacramento secumdum leges sicuti ipse ordenaverit a testibus dato ju- dicium emitat".
 
Por su parte, la ley quinta del Fuero Juzgo dice "sacramentum confirmet” versión que se traduce como juramento. Según el fuero de Medina, el juramento se empleaba cuando un extraño interponía querella contra un vecino de la villa y no pudiera probarla con dos testigos afincados en ella.
 
Constan en el fuero normas de derecho procesal: "Quien tuviere a Medina de mano del rey, si convocare al habitante de Medina a la corte del rey para recibir con él juicio, el poblador, solo vaya con el hasta el puente de Frías o hasta el de Oña o hasta los Ocinos o hasta Espinosa y no está obligado a ir mas allá sino que vuelva a la villa con el que la tuviere a recibir el juicio de su alcalde". Se trata de un artículo que posibilita a los vecinos de Medina acudir a solicitar justicia ante el rey, si acaso el instructor del procedimiento, por razón de la materia, decidiera someter el caso a la jurisdicción real a la vez que delimita espacialmente la jurisdicción. 
 
Si algún vecino de Medina tuviera juicio contra algún extraño, el habitante de la villa no estaba obligado a dar fiadores de fuera de la tierra de Medina y si acaso el señor o su merino, o el sayón o cualquier otro de su tierra tuviere juicio con el habitante de Medina, este se salvaba por juramento según su fuero y no estará obligado a responder más sobre dicha querella, por lo que salvaguarda la presunción de inocencia del habitante de Medina de Pomar.


El habitante de Medina estaba exento del fuero de duelo, costumbre del derecho germano -un juicio de Dios-. Era una de las pruebas de las ordalías. Medina también estaba exenta de la satisfacción de la “pesquisa”, que consistía en un tributo por el que se evitaba que merinos y sayones, sin que hubiera delación particular, procedieran de oficio a inquirir si un vecino había cometido algún delito. Tampoco debían pagar el homicidio por un hombre muerto hallado dentro o fuera de la villa. Cuando un hombre matare a otro, fuera vecino o extraño, y conociendo los vecinos el caso, tan sólo el homicida pagaba el delito y el merino debía apresarle además de imponerle la multa de quinientos sueldos, la mitad se destinaría a los sufragios por el alma del rey y el mismo destino de las multas para todos los delitos penados en Medina. Vemos aquí la indulgencia que tuvieron los legisladores de los fueros municipales con ciertos crímenes como el homicidio voluntario, pues era castigado con pena de muerte en tiempo de los godos y a pesar de esto, la mayoría de los fueros lo penaban pecuniariamente. ¿Eran buenistas o, simplemente, hacían falta brazos para el trabajo como para perderlos?
 
Todo aquel que robase ropa de alguna casa de Medina, debía pagar sesenta sueldos medios de la tierra y las prendas debían ser devueltas. El Juez que encerrare alguno en su casa -privación de libertad- debía pagar sesenta sueldos medios de la tierra. Quien sacare el cuchillo o espada lo perdía y debía ir al señor de la tierra. Si hiere a alguno y sangra debía pagar diez sueldos y si no había sangre, cinco. Pero si no había testigos ni pruebas, debía prestar juramento. ¡¿Y esta?! “Si despojare a alguno y lo dejare en puras carnes pagaría medio homicidio”.
 
"Si alguno vendiere alguna prenda sin el sayón, pague diez sueldos, si injustamente la vendiere dada la firma por el pignorado; según es el fuero". Este artículo buscaba evitar que las cosas requisadas por los oficiales de justicia fuesen de poco valor y que a quien las tuviese le costase venderlas, por ello quedó prohibido hacerlos sin la intervención del sayón.


La protección a la mujer queda patente en el fuero de Medina: "si alguno hiriere a alguna mujer desposada y esta lo pudiere probar con el testimonio de una mujer o de un buen hombre o dos varones, pague el autor del delito sesenta sueldos y sino pudiere probarlo, jure. Pero si la mujer hiriese a un hombre que tuviera mujer legítima, si se pudiere probar el hecho a la mujer autora, pague sesenta sueldos y sino pudiere probarse, jure". Bueno, a diferencia de hoy la pena es la misma para ambos sexos. Ahora en serio, con esta medida se pretendía proteger a los casados y castigar con mayor rigor los insultos cometidos contra ellos y esta es la razón por la que penaba estas faltas. Otro precepto del fuero de Medina: "Si una mujer agarrase a un hombre por la barba, por los miembros genitales, por los cabellos, redima su casa y sino pudiere redimirla, sea azotada".
 
Los delitos contra los prados, viñas, bosques también se penalizaban: "si algún vecino de Medina hallare a otro en su huerto o viña haciéndole daño, pague cinco sueldos el que fue descubierto, la mitad para el dueño del huerto y la otra mitad para el rey y si negare jure el dueño de la heredad y si el que delinquió fue de noche, pague diez sueldos, la mitad para el dueño y la otra mitad pare el rey y si lo negare no pague menos, jurando el dueño de la heredad”. Así mismo, el hecho de contribuir a los gastos de la corona era una obligación para los súbditos, por ello "de cada casa se dé al príncipe de la tierra dos sueldos en cada Pascua de Pentecostés". Y además: "Igualmente el rey tenga en la sobredicha villa su horno propio y todos los habitantes de ella que lo diesen cuezan en él su pan y de cada hornada se dé un pan al señor”.
 
"El señor o gobernador que mandare en la villa por mano del rey no había de nombrar ni merino, ni sayón, ni alcalde, sino a los naturales o vecinos de ella y el alcalde y el alguacil o sayón que estuvieren en la villa, no reciba nada de ningún poblador que calumniado fuere sino sólo el señor de la villa y él los retribuya de novena y de arenzazgo” Este párrafo del fuero de Medina especifica que sólo los residentes podían ser nombrados para los cargos públicos del mismo, con lo que se monopolizaban los cargos por el concejo. Por novena se entendían los derechos que percibía el juez, en razón del conocimiento de los pleitos y por arenzazgo la cuota satisfecha en metálico que los alcaldes y sayones exigían a los reos de homicidio como dotación del empleo que desempeñaban. Los alcaldes, jurados y demás oficios del concejo se elegían anualmente: "Os doy también y por buen fuero os concedo que cada año mudéis alcalde y sayón si lo deseáis”

 
Los habitantes de Medina eran libres para adquirir y vender heredades, ahora bien, no debían pagar con fonsadera. Podían labrar todas las tierras libres dentro de los términos de la villa y sus ganados podían pacer en los prados que los propios dueños debían segar. El fuero especifica los términos dentro de los cuales los vecinos podían llevar a pacer sus ganados: "desde la altura del cabrío hasta la villa; desde el monte de robles hasta la villa; desde Petraleda hasta la villa; desde los Brianos hasta la villa y desde Espinosa hasta la villa y dentro de estos términos los habitantes de Medina y sus ganados libremente y sin nadie les moleste corten y pazcan”. Se permitía cortar leña para fomentar la edificación de casas y atraer más pobladores, al igual que declaró libre la construcción de molinos, permitiendo regar con las aguas de los ríos las tierras y huertos libremente: "si algún habitante de Medina construyere un molino en heredad real, perciba sus frutos durante el primer año". En lo sucesivo, la mitad de los frutos eran para el rey. Estos preceptos dinamizaban la economía de Medina aunque se prohibía a los vecinos dar o vender ni a extraños ni a los poderosos dichos bienes. De esta prohibición liberó a los de Medina el Alfonso VII, concediendo a sus vecinos facultades para comprar y vender sin limitación y sin pagar fonsadera. El fuero de Medina contempló un sistema de protección de la propiedad: quien poseyera pacíficamente durante un año y un día un bien, teniéndolo por cualquier título en derecho justo, no podía ser ya privado de ese bien.
 
Alfonso VII ordenó que pudiera comerciarse en el mercado de la villa o en su casco, fijando de esta manera el sitio de contratación: "Tengan también licencia los de Medina de comprar paño, bestias y cuantos animales deseen y si alguno exigiere los paños u otra compra del comprador este no será obligado de indicar el hombre a quien se lo compró sino que jure cuanto le costó y recibido el precio de la compra devuélvasela".


Tampoco estaban obligados los de Medina a pagar el portazgo, ni en la villa, ni en Nájera, ni en Logroño, ni en Belorado, ni en todo el reino. Este era un “regalo” comercial muy importante porque se trataba de una contribución que pesaba sobre las mercaderías que se transportaban de un territorio a otro. También concede el fuero de Medina a sus habitantes "y a toda vuestra descendencia" Villanueva, Villatalatet, Vilamat y Villamparti, por derecho hereditario, para ser poseídas libre y en paz y a perpetuidad”. Termina la carta foral con la voluntad de Alfonso de conceder a los habitantes de Medina de todos los derechos "que poseo en Logroño". El fuero fue confirmado en 1259 (era de 1257) por el rey Fernando III.
 
Todo aquello que no cubría el fuero de Medina de Pomar era suplido, mientras fue de realengo, por la legislación castellana: Fuero Viejo, Fuero Real, Ordenamiento de Alcalá y las Partidas, legislación que se aplicaba a todos los órdenes, político, civil, criminal, administrativo, etc.
 
Posteriormente, en el Libro Becerro de las Behetrías, observamos que Medina era lugar de realengo. "Este logar es del Rey e fue siempre de los Reyes. Los derechos del Rey: al rey el portadgo e los derechos que andan con el e los derechos son estos: ell ençienso que es del solar entero XVI dineros e dende ayuso segunt que an acostumbrado; pagan al Rey monedas e serviçios quando los del su sennorio salvo los clérigos que son quitos de monedas e serviçios; dan de yantar al rey quando viene a la villa o quando esta en la frontera contra los moros DC maravedís; non pagan fonsadera porque son quitos della por fuero e por previlleçio que mostraron; non pagan martiniega nin marçadga...".
 
¿Después? Llegaron los Velasco.
 
 
 
Bibliografía:
 
“Las Merindades de Castilla Vieja en la historia”. Rafael Sánchez Domingo y otros.
“Apuntes históricos sobre la ciudad de Medina de Pomar”. Julián García Sainz de Baranda.
 

domingo, 6 de junio de 2021

Novela "El Tren del Desamparo".

 
 
Ya está en las librerías la nueva novela de Eduardo Rojo Díez, titulada El tren del desamparo y publicada por Ediciones Carena, de Barcelona.

 
El escritor oniense Eduardo Rojo Díez (1960), licenciado en Periodismo, Filología Hispánica y periodista de RNE en Vitoria, se reencuentra con el universo literario de su primer libro de ficción, La noche de las 7 lunas (2010), para adentrarse en la historia de dos hermanos gemelos, Quirce y Leonora, que se quedan huérfanos con 12 años después de que asesinen a su padre, que es resinero y sindicalista, al comienzo de la Guerra Civil. Repudiados por su entorno, los dos niños se escapan del pueblo y se van a vivir al desfiladero de la Horadada, entre Oña y Trespaderne, a una caseta junto al río Ebro y a la vía férrea Santander-Mediterráneo. No hay nombres de pueblos o ciudades, pero sí muchos topónimos menores que nos permiten enmarcar el espacio sugerido en la novela, como la Sierra de la Tesla, los Montes Obarenes, Susenes, etc.

Caseta de la Precaución.

 

Como ese tren que nunca llegó a su destino —en la actualidad en proceso de convertirse en una vía verde—, las vidas de Quirce y Leonora se verán truncadas por un pasado familiar que les persigue y por un destino que los arrastra sin remedio a una tragedia que ellos no han originado.
 
El tren del desamparo es también una reivindicación del mundo rural. La novela comienza con la Guerra Civil, pero recorre casi todo el siglo XX y refleja de alguna manera esa España que está siendo vaciada desde hace décadas por intereses económicos y dejadez política.
 
Los personajes principales son Quirce y Leonora, y en un segundo plano, como antagonista, don Zoilo, que es un empresario resinero. Los personajes secundarios, por su parte, tiene una personalidad propia dentro de la novela. Hay un pastor, un pescador, un leñador, una costurera, una trotaconventos, una carnicera jubilada, un oficinista, un resinero, un preso comunista… Estos personajes tienen mucho peso emocional en la historia.

Eduardo Rojo
 
La novela está escrita con un lenguaje sencillo y preciso, en el que destaca la riqueza del léxico. Entre los tesoros que se pierden en esta España vaciada está el habla tradicional de los pueblos. Aunque no estén recogidas en el diccionario de la Academia, Eduardo Rojo recupera aquí las voces dialectales del norte de Burgos, condenadas a desaparecer por la despoblación y por el uso de una lengua cada vez más estandarizada debido a la nivelación que ha introducido el sistema de enseñanza y a la influencia de los medios de comunicación.
 
Bibliografía del autor:
 
Entre sus obras de ficción destacan dos libros de relatos, La noche de las 7 lunas (Dossoles, 2010) y El haya que lleva escrito tu nombre (Dossoles, 2012), y las novelas La rebelión de los monjes negros (Dossoles, 2014) y Muerte de un anticuario (Arte Activo, 2015). También es autor del cuento infantil El dragón de Valdoso (2011). Como coordinador y editor ha publicado el libro de cuentos y pinturas titulado Las letras y los trazos. Historias onienses (2015), con la participación de cuarenta y cuatro autores.
De corte histórico ha publicado La memoria del siglo XX. Oña (2003) y la monografía Oña y su monasterio en el pasado de Castilla. Historia, cultura y toponimia (2009). Es presidente de la Asociación de Estudios Onienses (www.onienses.com), que se dedica a divulgar el patrimonio cultural de la localidad burgalesa de Oña, de donde es originario.
 
 
El Tren del Desamparo se puede pedir en cualquier librería y también en Amazon o en la web de la editorial que la publica: www.edicionesarena.com, al precio de 17 euros.