Que no te asusten ni la letra ni el sendero de palabras pues, amigo, para la sed de saber, largo trago.
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domingo, 30 de mayo de 2021

Una investigación criminal del sistema jurídico policial del Antiguo Régimen en Villamartín de Sotoscueva incluido en la Merindad de Sotoscueva de la comarca de Las Merindades de la provincia de Burgos. El caso de la joven soltera Petronila Ruiz Escobar del año de nuestro señor de 1776.

  
La historia empieza en 1750 con el nacimiento de Petronila que será cristianizada por su tío abuelo, cura beneficiado de ese pueblo de Villamartín de Sotoscueva, Pedro Ruiz de Escobar. Era hija del hidalgo –recordemos que estamos en el Antiguo Régimen- Tomás Ruiz de Escobar quien tenía parientes por los pueblos de la merindad, en otros lugares de Castilla y España e incluso en las Indias.

Localización de los principales pueblos comentados (Google)
 
Pronto quedó huérfana de madre y, como la cenicienta, su padre se volvió a casar en segundas nupcias y tuvieron otros dos hijos, varones, llamados Baltasar y Mateo. Pronto murieron el padre y la madrastra de unas fiebres. Los niños tuvieron un curador que custodiaba sus bienes pero llegado a la mayoría de edad Baltasar, el hijo varón mayor, este se hizo cargo de la hacienda. Mateo, el hijo menor, se fue a las Indias y Petronila –de mayor edad que sus hermanos- terminó trabajando en casa de un primo en el Valle de Mena. En esto sí que hay similitud con el cuento de La Cenicienta. Petronila pasaba desde el día el 19 de marzo hasta finales de septiembre u octubre sirviendo en casa de Joseph Rámila y María Gil, su mujer, en Novales (actualmente un despoblado perteneciente a Santa Cruz de Mena). ¿El resto del tiempo donde vivía?

Novales en el mapa de Tomás López de 1774
 
Un año en las fiestas de Mercadillo, entonces capital del Valle de Mena, conoció a Juan Robledo, de Lastras de las Heras en el Valle de Losa, que se convirtió en su príncipe azul. Pasados dos años decidieron casarse pero la familia de Juan se opuso al matrimonio pues ella no tenía dote alguna. Paremos un momento: ¿no tenía dote? ¿La hija mayor no heredó nada? ¿Ni de su madre? Ah, Antiguo Régimen.
 
En los días festivos se escabullían de sus pueblos para verse como si fuesen Romeo y Julieta. Tanto va el cántaro a la fuente que… Petronila quedó embarazada y dio a luz una niña. Ni por esas les dejaron casarse porque una niña no sustituía al dinero de la dote. Incluso presionaron a Petronila para que le diese a Juan, mediante escritura, carta de libertad para que pudiera casarse con otra. ¡Carta de libertad! ¡Como un futbolista!

 
Ese primer invierno como madre un mal se llevó a la niña. Juan y Petronila continuaban viéndose siempre que podían aunque para ello tenían que recorrer largas distancias.
 
Saliendo de ese terrible invierno nuestra muchacha retornó a su antiguo empleo de criada en Novales, a pesar de ser conocida su “moralidad relajada”. Lo cierto es que era una joven de genio apacible, sosegada, quieta, cumplidora con los mandatos de la Iglesia, a la que nadie quería mal. Yo me pregunto: ¿Dónde estuvo viviendo o trabajando durante esos inviernos? ¿Convivía maritalmente con Juan? Las fuentes del relato no nos lo concretan. ¿Qué pasaba si vivían amancebados? Pues, aunque creamos lo contrario si convivían personas solteras y seglares que no fueran menores de edad contra la voluntad de sus padres no tenían problemas porque era una práctica tolerada en Castilla. Sobre todo si había discreción. Pero no solo discreción sino que la “calidad” u honestidad de los participantes afectaba. Y, llegado el caso, sólo podía ser considerado jurídicamente como una falta leve o una forma de prostitución. Pero podría ser que durante el invierno volviese a casa de su hermano Baltasar. Quedémonos ahí.

Fotografía cortesía de José Antonio San Millán Cobo

El día de Santiago de 1776, Petronila se fue a ver a su mozo a Carrasquedo pero Juan no apareció, volvió tarde ya de noche y su patrona, María Gil, que la vio llegar la preguntó porque hacía tan larga distancias para ver a ese joven que la había dejado abandonada en esas condiciones y ella le contestó que porque sabía que la quería.
 
Y llegamos al tres de agosto de 1776 cuando, al anochecer, se acerca a por agua a la poza distante de la casa unos cien metros. Desapareció. Joseph, extrañado, salió a buscarla por el pueblo. NI el pastor, que recogía las cabras y ovejas, ni los vecinos con los que se cruzaba y que salían a recoger sus rebaños, la habían visto.
 
Joseph y su criado Manuel fueron a la poza, subieron a la era, a la huerta… Joseph fue casa por casa preguntando…nadie…nada. Se cruzaron con Ignacio, el hijo de su vecina Lorenza, que andaba buscando una oveja perdida y les respondió que no había visto a la joven. Con antorchas los vecinos recorrieron el monte gritando “Petronila”… Silencio. ¿Habría marchado en busca de su Juan? ¿Le habría trastornado la muerte de su niñita? Finalmente, cansados y extrañados volvieron a sus casas esperando el regreso de la muchacha.

 
El 4 de agosto, Joseph se fue a la hora de comer a la fuente de Solaiguera a unos pasos del pozo y al pisar unas piedras que se movían descubrió unas telas blancas. Al moverlas apareció el cadáver de Petronila. Gritó, gritó, gritó. Allí se juntó el vecindario, los diecinueve vecinos, y nadie se atrevió a tocar nada. Seguramente más por pudor religioso o social que para no contaminar el escenario de un crimen.

 
Joseph cabalgó hasta Mercadillo a dar parte al Alcalde Mayor y Justicia Real y ordinaria del Valle José Joaquín del Campo. Este cargo era el responsable de las funciones policiales en el Valle de Mena. Un engranaje de la maquinaria judicial de los lugares de realengo. Pero no era elegido por el Rey sino que era designado por los corregidores. En las alcaldías ordinarias y juradurías normalmente eran de designación municipal por costumbre, venta o fuero. Serían el equivalente a un juzgado de primera instancia pero de ámbito municipal. José Joaquín ordenó que el cirujano Pedro de Villasante y el médico Isidro Antonio Martín fuesen con él a estudiar el cuerpo de Petronila. También se envió a Novales al escribano Manuel Esteban de Salazar.
 
Eran las 20:00 horas cuando llegó el grupo al lugar. Allí se encontraba el regidor local Gregorio Martínez y, también, el vecindario. A saber: Joseph Rámila, su mujer María Gil, su cuñada Micaela Gil, un hijo de anterior matrimonio de Joseph llamado Joaquín y su criado Manuel Novales; su vecina Lorenza Gómez, viuda de Agustín García que vivía con su hijo menor Ignacio García de 24 años, prometido con María del Valle Marroquín de Viérgol; el hijo mayor de Lorenza, Patricio García con su mujer Manuela San Román y su niña; Concepción del Valle, esposa de Gregorio Martínez, y sus hijos Felipe e Isabel Martínez que vivían en la casa de enfrente de Joseph Rámila; María de Jesús San Román, viuda, que vivía con su hijo Vicente de Hoyos y su hermana María Cruz de San Román; y Domingo de Hoyos con su mujer Francisca García, su hija Lorenza María de Hoyos y el marido de esta Manuel de Novales. Un vecindario que, probablemente, recibió una mirada inquisidora por parte del Alcalde Mayor. No creo que se acotase el terreno ni se despejase de curiosos. Quizá mejor porque los curiosos eran también los sospechosos.

Cortesía de Pasiegos y Merindades
 
Al retirar las piedras encontraron una con manchas de sangre y restos de cabello. Petronila presentaba siete golpes en la cabeza, tres en el frontal y cuatro detrás de la oreja izquierda. Mortales, duras, fuertes heridas ejecutadas violentamente. Faltaba su labio inferior, muestra del hambre de un animal dadas las marcas. Estaba tumbada de medio lado con las manos atadas a la espalda con una belorta (abrazadera de arado), con las mangas remangadas por encima del codo y el delantal recogido en la cintura con un cinto. Aparentemente era un intento de violación. ¿Se consumó?
 
Curiosamente hubo que ir a buscar al cura del lugar que no estaba hocicando con el resto de los vecinos. Al llegar Toribio de la Presilla se le comunicó que no era muerte natural ni suicidio. Con ello se acordó darla sepultura eclesiástica al día siguiente, cinco de agosto, en la iglesia. El cadáver pasó la noche donde se encontró acompañado por el regidor Gregorio Martínez y alguna persona más que se calentaron con un improvisado fuego. Temprano llegó el Alcalde Mayor con el escribano y otros y procedieron al traslado del cadáver. A las diez de la mañana se enterró a Petronila junto a la pila del agua bendita a mano izquierda según se entra arrimado a la pared de poniente cerca de la puerta.
 
Cortesía de "Pasiegos y Merindades"

¿Lo siguiente? Conseguir un culpable. La piedra con sangre quedó en depósito y se registraron las casas para localizar la jarra que llevaba a la fuente. ¿Saben? No la encontraron. Se interrogó a todas las personas del vecindario: que si conocían a la difunta, donde vivían, si la habían visto el día de autos, donde se encontraban y si habían discutido con ella o sabían de alguien que lo hubiera hecho o que  la odiase. Que manifestaran su edad y firmaran su declaración. Todos reconocían que Petronila tenía unos 26 años, que era de Villamartín de Sotoscueva, no tenía enemigos, que era buena cristiana, de carácter sosegado y que se sabía su maternidad estando soltera y que el padre era Juan Robredo de Lastras de las Heras. Todos recordaron que se solían ver y las afirmaciones de Petronila de ser correspondida. También era conocido que eran los parientes de él los que estaban impidiendo la boda.
 
Joseph Rámila –analfabeto de cuarenta y ocho años- confirmó lo arriba indicado y subrayó que Petronila había liberado a Juan de su compromiso por medio de una escritura permitiéndole casar con otra, siempre sabiendo que Juan le profesaba afecto.
 
Patricio García declaró que esa tarde marchó a Valmaseda a comprar unos zapatos, medias y hebillas y otros encarguillos para su hermano Ignacio porque al día siguiente tenía que haber ido a Viérgol al estar comprometido con una hija de Manuel del Valle Marroquín. Regresó a las 17:00 h y se puso a trabajar. Ató unas haces de trigo y al volver encontró a su hermano y vio a Petronila que iba delante de Ignacio como cuarenta pasos con una carga de alubias en las caderas. Hablo con su hermano y se marchó a casa. No volvió a verlo hasta el revuelo de la búsqueda del cordero perdido.

Cortesía de "Pasiegos y Merindades"
 
Tras escuchar a Patricio y Joseph, el Alcalde ordenó su encarcelamiento por los triviales motivos de vivir junto a donde se halló el cadáver y de ser el amo de la difunta. Evidentes pruebas concluyentes de culpabilidad. (Ironía). ¿Esto era tan raro? Entendamos que las medidas punitivas judiciales durante la instrucción eran la tortura, la cárcel y el embargo de los bienes del encausado. La más sencilla y menos lesiva era encarcelar a la gente.
 
Cuando interrogó a Ignacio García –analfabeto de veinticinco años- todo cambió. El chico mostró mucho nerviosismo y se contradecía. Dijo que había estado fuera del pueblo hasta altas horas de la noche; que conocía a Petronila y conjeturó que su muerte podía haberse producido por padecer un trastorno y golpearse. ¿Se han fijado que no se acordaba de la oveja perdida? En criminología se dice que no se debe prescindir de ningún detalle, por nimio que parezca, pues lo que a primera vista es insignificante, por la fuerza de las circunstancias puede convertirse en evidencia valiosa. Hans Gross dejó escrito: “El más leve detalle, lo que más baladí parece, suele ser en ocasiones clave que nos conduce a la averiguación de la verdad, según lo comprueban la mayoría de las causas célebres y acredita la experiencia propia”. Volvamos al interrogatorio. Se le pregunto dónde estaba la ropa que llevaba puesta la noche previa y contestó que en su casa. La gente humilde no tenía tanta ropa ni se cambiaba de un día para otro. Ignacio y sus interrogadores vieron que esa chamarreta y esa camisa que eran viejas, remendadas y estropeadas, tenían manchas y salpicaduras de sangre en el frente y debajo del sobaco. “¿De qué son estas manchas? ¿Es sangre?” Ignacio contestó que de la nariz. Pero al estar debajo del sobaco y en otras zonas ilógicas fue detenido y entregado al Alcalde de la Cárcel Don Eusebio de Cañue.

Cortesía de José Antonio San Millán
 
Cuando Juan de Robredo conoce el asesinato de Petronila se verá empujado a desaparecer de su casa. El once de agosto Ignacio García pide su excarcelación para el cuidado de su madre y por tener la recolección de granos y, para ello, que le tomen ya declaración. El día 18 de agosto le vuelven a tomar declaración y reitera que no la mató que en ese tiempo estuvo con su madre. ¿No había estado fuera del pueblo hasta altas horas de la madrugada? ¿No estuvo buscando una oveja perdida?
 
El 20 de agosto se embargan los bienes de dicha Lorenza y su hijo Ignacio García, que son 4 arcas de roble y 3 de nogal, una caldera de cobre pequeña, una pareja de novillos y la mitad del agosto de trigo pues la otra mitad es de su hermano Patricio. Así mismo se le embargan todos los bienes raíces que a dicho Ignacio le correspondían de la herencia de Agustín García su padre difunto. Igualmente se procede al embargo de todos los bienes muebles, semovientes y raíces de Joseph Rámila y Patricio García. El uno de octubre se les vuelve a interrogar y se ratifican, los tres, en su inocencia. Con lo cual Joseph y Patricio llevaban tres meses presos por tener el muerto a su puerta. Y los bienes embargados.
 
Y llegamos al juicio que se produce en el Valle de Mena. El promotor fiscal del Real Valle de Mena, Joseph Sebastián Ortiz de Taranco, se querella contra Ignacio García como reo de la muerte violenta de Petronila, contra Patricio García por influyente en la muerte y contra Joseph Rámila por haber dado causa y omisión en su debida diligencia, imponiéndoles las penas correspondientes a sus delitos. Santiago de Angulo defensor de Ignacio, Joaquín Gorbea defensor de Patricio y Manuel Santocildes defensor de Joseph Rámila, piden su absolución.
 
La sentencia definitiva dice: "absuelvo a Patricio García y a Joseph Rámila dejándoles libres y sin costa alguna, que sean sueltos y desembargados sus bienes y en cuanto al otro, Ignacio García, por los indicios que contra él resultan le condeno a cuatro años de destierro de esta mi jurisdicción y de la Corte a que no pueda volver en sus pies ni ajenos bajo pena del doblo en todas las costas. Y respecto a la petición de indulto de dicho Ignacio declaro, no tener facultades este tribunal para examinar y dar por comprendido en este indulto al referido reo". Resaltemos que la pena de destierro, en un estudio de sentencias en Navarra, era la que más se imponía. Esto permitía alejar a aquel que había alterado el orden social y, como corolario, tener una fuerza de trabajo para el estado. En cuanto a la tipología del destierro, ésta depende de la gravedad del delito que se hubiese cometido. La duración de la pena se podía dividir en dos categorías: las más breves, desde un mes hasta el año de exilio; y las que llegaban hasta el destierro a perpetuidad.
 
¿Les parece una pena leve por un homicidio y un intento de violación? Debemos comprender que la prisión era un instrumento procesal en el Antiguo Régimen y, aunque existían las penas de prisión, estas solían ser por tiempo limitado en delitos leves. Por ello cada Tribunal, cada jurisdicción (eclesiástica, local y real), tenía su propia cárcel.
 
Y ¡Sorpréndanse! El fiscal no pidió la citación a los posibles herederos o parientes de la difunta de quien resulta provino una criatura de la que no se hizo constar hubiese muerto –es decir Juan y la niña-, y no constó el perdón de la parte, se ordenó se verificase si se hubiera podido tener causa legitimadora de derechos.

Carlos III
 
El 2 de octubre de 1777 se concede por el Rey Carlos III un Indulto General por el parto de la infanta María Luisa de Borbón quinta hija del Rey. El indulto comprende a los presos de las cárceles del Reino y Señoríos, quedando a salvo los delitos de lesa majestad, los cometidos con alevosía, homicidio de sacerdotes, etc.
 
El 10 de marzo de 1778 se presenta en Villamartín el escribano real para notificar una requisitoria a Baltasar Ruiz de Escobar, hermano de Petronila, y analfabeto (señalo este dato porque significaba que no firmaban los documentos y que así lo señalaba el escribano). Conoce que su hermana fue asesinada y renuncia a cualquier acción judicial porque ella no dependía de él y que hacía más de seis años que no sabía de sus andanzas. Comentó al escribano que había otro medio hermano llamado Matheo Ruiz de Escobar que era soldado en Nueva España. Atentos a la afirmación de Baltasar de que desde 1770 no sabía nada de su hermana. Es decir, la chica marchó de la herencia de su hermano con veinte años y no volvió. Tuvo la niña con unos veinticuatro o veinticinco y trabajaba donde sus parientes durante los meses del centro del año. ¿Dónde estaba durante los inviernos?
 
El 20 de abril de 1778 se resuelve la petición de indulto de Ignacio, negándoselo por la “calidad de alevosía” del asesinato de Petronila Ruiz de Escobar y ser contrario a su pena de destierro, por lo que permanecía en un penal de África. Con lo cual el destierro, que nos parecía poca condena, conllevó su traslado a África. Los presidios del norte de África más importantes fueron los de Melilla, Peñón de Vélez de la Gomera y Orán a los que habría que sumar más tarde los de Ceuta y Alhucemas. A partir de 1748, los presidios se convirtieron en auténticas colonias de convictos de cualquier nivel socioeconómico. Estos penales africanos absorbían al mayor número de condenados para sus tareas de fortificación en un frente bélico casi permanentemente abierto. Entre los delitos más comunes allí estaban los de vagancia, hurto, contrabando, la alteración de la paz social, las ofensas militares…y, especialmente, homicidios. Además las condenas duraban una media de entre los dos y cuatro años. ¡Que coincide con la condena a nuestro fogoso muchacho! Tuvo suerte porque se libró de ir a galeras –no se aplicaba entonces- o a las minas de mercurio de Almadén.

Presidio de Melilla
 
Estamos hacia 1786, en los montes comunales de Villamartín, entre los términos de Pas y Sotoscueva, han pasado diez años de la muerte de Petronila, cuando un pastor de ganados encontró el cadáver de un hombre de unos 40 años semidesnudo, desfigurado por las alimañas y enterrado entre piedras. Parece que los lobos habían dado cuenta de su cuerpo. Nunca se supo quién era el difunto ni quien lo había matado pero tenía atadas las muñecas con belortas y el pastor que lo encontró procedía del Valle de Losa y se llamaba Juan.
 
¿Sería Juan Robredo de Lastras de las Heras quien había desaparecido de su pueblo el pastor contratado por el concejo de Villamartín?
 
Sería muy romántico.
 
Bibliografía:
 
“Crónicas y relatos inéditos de Villamartín de Sotoscueva”. Policarpo López-Sanvicente de la Horra.
“La práctica de la Investigación Criminal: Inspección Técnico Ocular (ITO)”. Vicente Lago Montejo.
“Ley, Orden y Castigo. El sistema punitivo de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte en el Madrid del Antiguo Régimen”. Francisco Javier Cubo Machado.
“El castigo de destierro en la Navarra moderna: el caso de los implicados en desórdenes públicos”. Javier Ruiz Astiz.
“Los tribunales castellanos en los siglos XVI y XVII: un acercamiento diplomático”. Pedro Luis Lorenzo Cadarso.
“La vigilancia de la moral sexual en la Castilla del siglo XVIII”. Isabel Ramos Vázquez.
“Delitos y penas en la España del siglo XVIII”. José Miguel Palop Ramos.
“El Valle de Manzanedo. El Valle de Mena”. María del Carmen Arribas Magro.
 

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