Que no te asusten ni la letra ni el sendero de palabras pues, amigo, para la sed de saber, largo trago.
Retorna tanto como quieras que aquí me tendrás manando recuerdos.


sábado, 18 de julio de 2015

Honrarás a tu padre... ¡y a tu madre!

Hoy nos trasladamos a Lastras de Teza, una pedanía del Valle de Losa cerca de Quincoces de Yuso, donde el 30 de Abril de 1887 desapareció doña Inés Angulo. Una viuda que vivía con sus dos hijos: Esteban y Victoriano Muga Angulo.

Ese día se dio parte de su desaparición y se buscó por el entorno. Sin resultado. Será el 27 de Mayo cuando se descubra que había sido asesinada. ¡Y que los autores fueron sus hijos!


El parricidio resulta un crimen más crimen que otros. No solo atenta contra la ley de los hombres -evidentemente- sino que lo hace doblemente contra la de Dios: contra el cuarto y contra el quinto. Será por ello que no suelen superar el 4% de los homicidios.

Nuestro muchachos actuaron fríamente al concluirse que fue envenenada mediante fósforos disueltos en aguardiente, luego envuelta en una manta, quemada en el horno de la casa y finalmente ocultados sus restos en el patio de su domicilio. Bueno, tenemos una casa del terror en una pequeña pedanía. Esteban, de 19 años, convicto y confeso del crimen se encuentra detenido por la Guardia Civil en la cárcel de Villarcayo.

Y le pintaba mal porque el código de 1870 decía en su Art. 417 que "El que matare a su padre, madre o hijo, sean legítimos o ilegítimos, o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes o a su cónyuge, será castigado como parricida con la pena de cadena perpetua a muerte". Vemos que este código prescindía de los casos en que concurría premeditación conocida o ensañamiento, aumentando deliberadamente el dolor del ofendido, es decir, que daba lo mismo un calentón que una calculada preparación.


Bueno, no sufran por el joven Esteban, no lo ejecutaron por la muerte de su madre (de la cual sí estuvo procesado); Ni por su hermano que se dio a la fuga. Conocemos a través de la liosa prensa de aquel tiempo, que a los pocos días del crimen volvió a casa Esteban, y su hermano, después de darle varias evasivas cuando le preguntaba por su madre, acabó por confesarlo todo, amenazándolo de muerte si decía algo. Entiendo que, por estas circunstancias, se le hubiera podido aplicar la sentencia del 9 de noviembre de 1882 que el extraño que intervenía como encubridor del delito después de cometido el parricidio debía ser condenado como encubridor de parricidio y no de homicidio. Da igual, la causa se sobreseyó.

Y la cosa quedó así hasta que...
...una coincidencia ajustó la deuda que los hijos de Inés Angulo tenían.

En la frontera con Portugal fue detenido un indocumentado que se remitió a la cárcel del partido judicial de Villarcayo en calidad de transeúnte a disposición del Gobernador de Burgos. Esta persona se ocultaba tras un nombre falso: Esteban Muga Angulo. Irónicamente el señor Muga (frontera, límite en euskera) había sido capturado al intentar pasar la frontera de Portugal. En los calabozos de Villarcayo fue visitado por el Alcaide a quién le resultó extraño que el nombre del preso, antiguo residente del lugar y conocido, se asociase a este otro sujeto -por cierto un habitual de las identidades falsas-. Estamos a primeros de abril de 1895.


El juez, don Pedro María Fernández de Castro, se encontró ante un hombre nervioso que, convenientemente presionado, terminó derrumbándose y diciendo su verdadero nombre. Ya se podía saber la versión del asesino de Lastras de Teza:

"El 2 de Mayo de 1887, Victoriano Muga tuvo una disputa con su madre por cuestiones de entrega de la hijuela paterna. Entre la madre y el hijo no hubo avenencia, quedando el último con ánimos de vengarse de lo quo consideraba un despojo. Al otro día acechó á su madre, asestóla en la cabeza un tremendo golpe con un martillo, dejándola tendida y casi exánime, rematándola después á puñaladas. Temeroso de que la presencia del cadáver fuese la denuncia inmediata del crimen, el, parricida metió el cadáver en el horno de la casa, prendiendo fuego a éste, y calcinando casi por completo a aquél". (La Época 14/04/1895) "

Las personas que hablaron después con Victoriano indicaron que no daba muestras de confusión, ni perdía la serenidad. Hablaba del delito con gran desenfado y afirmaba que sólo le impondrían una pena de prisión de 10 a 12 años. Parecería uno de esos psicópatas de película pero recordemos que este grupo de personas son aquellas que carecen de empatía, incapaces de ponerse en lugar de los demás, manipuladoras y sin remordimientos que pueden llegar a ser encantadoras si esto ayuda a sus objetivos. O asesinos sin conciencia. Todo depende.

Para mediados de septiembre el fiscal de la audiencia de Burgos tenía calificada la causa por parricidio: Según Esteban, su hermano, Victoriano envenenó a su madre y viendo que tardaba en morir la cosió a puñaladas y quemó el cadáver en el horno de la casa.


¿Envenenada? ¿Golpeada? Seguro que el juicio lo aclarará.

Trasladémonos al 27 de Noviembre de 1895 que es el día en que este morboso crimen inicia la fase oral del juicio.

"Ante la Audiencia de Burgos empezó el día 27 á verse en juicio oral la causa seguida contra Victoriano Muga Ángulo por parricidio cometido en el pueblo de Lastras de Teza, en Abril de 1887, para robar á su madre, Inés Ángulo, la cantidad de 32 duros.

El crimen se cometió por medio del veneno, y para realizarlo, el criminal compró un cuartillo de aguardiente en una taberna del pueblo y disolvió en él cabezas de fósforos, vertiendo después el tósigo en el puchero de la comida de su desgraciada madre.

Esta sintióse envenenada y salió á la escalera de su casa pidiendo auxilio, donde ya cayó desplomada al suelo, quedando cadáver. Victoriano cogió entonces el cadáver de su madre, lo lió en una manta y lo metió en un horno, donde prendió fuego con leña; después marchóse mientras ardía el cuerpo de la que le había dado el ser, y transcurrido un rato regresó para convencerse si los restos habían sido ya calcinados por el fuego.

A los pocos días llegó á la casa otro hijo de la víctima, y su hermano, después de darle varias evasivas cuando le preguntaba por su madre, acabó por confesarlo todo, haciéndole amenazas de muerte si decía algo. (...)

(...) El tribunal que ha de resolver en esta causa lo constituye el Sr. Gullón, como presidente, y los magistrados ,Sres. Rodríguez Vicent, Gómez Montero y Real. Sostiene la acusación el fiscal de S. M. señor Borruel, estando encomendada !a defensa al ilustrado letrado Sr. Bravo.

A la una de la tarde empezó la vista. Después de las generales de la ley, interroga el fiscal al procesado, que es un hombre de treinta y dos años de edad y no sabe leer ni escribir. A las preguntas del fiscal contesta el procesado, confesándose autor del delito que se le imputa y dando detalles horrorosos acerca de la consumación del mismo. Niega que envenenase á su madre; manifiesta que estando en la cocina le golpeó la cabeza con un calzador y que después le dio tres puñaladas por la espalda.


La defensa le pregunta en los mismos términos que el fiscal. Pregunta también el Sr. Bravo de cuántas habitaciones se compone la casa y que si su madre cosía la ropa. Contesta el procesado a este último extremo negativamente y añade que no había tijeras en la casa, negando asimismo que las tijeras que le presentan como prueba de convicción, sean de su casa.

El abogado defensor hace algunas observaciones, diciendo que se trata de un imbécil, y pide, fundándose en la ley, que se suspenda el juicio por tratarse de un irresponsable. El fiscal y el presidente no acceden a la petición, por no concurrir los casos que la defensa alega.

Declara el hermano del procesado: se llama Esteban y cuenta veintisiete años de edad. Esteban acusa á su hermano de la muerte de su madre, hecho por el cual estuvo procesado el declarante, y da detalles acerca del crimen y manera como fue realizado. Se celebra un careo en el que acusa Esteban a su hermano, negándolo éste todo.

Declaran á continuación Tomás López, Pedro García y Rafael Troncoso; sus manifestaciones carecen de interés. Se procede á la prueba pericial en que intervienen los doctores Sres. Miegimolli, Martínez y Ros y los farmacéuticos Sres. Llera y Valpuerta.

Al ir á hacerse la acusación fiscal se suspende la sesión por haber manifestado el representante del ministerio público que iba á modificar sus conclusiones provisionales. En la segunda sesión el ministerio fiscal pronunció un brillante informe modificando las conclusiones que tenía formuladas en lo relativo a las circunstancias agravantes, y pide la pena de muerte para el procesado Victoriano Muga.

El abogado defensor, Sr. Bravo, en vista de la modificación hecha en el dictamen fiscal pidió la suspensión del juicio hasta mañana para modificar a su vez sus conclusiones provisionales. La petición del Sr. Bravo fue denegada por la Sala, suscitándose con este motivo un vivo y ruidoso incidente.

Después pronunció el letrado defensor un hermoso discurso (pidió el atenuante de embriaguez y que se le condenase a cadena perpetua), que ha sido muy elogiado conformándose con la petición fiscal quitando los agravantes de envenenamiento y premeditación. Con el informe de la defensa se dio por vista la causa y terminó la sesión. La sentencia se dictará dentro de 3 días".

Emocionante leer cómo se desarrollaba el juicio. Una pena no haber podido conocer las opiniones que el periodista de La Iberia descartó. Olvidémoslo porque ya no tiene remedio y vayamos hacia la sentencia. ¿Le aplicaron garrote?

Pues veamos: La sentencia condenaba al parricida a cadena perpetua y a pagar 1.000 pesetas de indemnización a su hermano Esteban y 172 ptas. más por los 32 duros (160 ptas.) que cogió a su madre y víctima. Por la suplantación de personalidad se le añadió cuatro meses de prisión, a 200 pesetas de multa y al pago de las costas.

¿La cumpliría?

Bibliografía:

Periódico "El Imparcial"
Periódico "El Liberal"
Periódico "La Dinastía"
Periódico "La Iberia"
Periódico "La Época"
Periódico "La república"
Código penal de 1870.
Periódico "El correo de Gerona"
Colección fotográfica de Juan Antonio Cortés García de Quevedo.


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