Hoy
nos trasladamos a Lastras de Teza, una pedanía del Valle de Losa cerca de
Quincoces de Yuso, donde el 30 de Abril de 1887 desapareció doña Inés Angulo.
Una viuda que vivía con sus dos hijos: Esteban y Victoriano Muga Angulo.
Ese
día se dio parte de su desaparición y se buscó por el entorno. Sin resultado.
Será el 27 de Mayo cuando se descubra que había sido asesinada. ¡Y que los
autores fueron sus hijos!
El
parricidio resulta un crimen más crimen que otros. No solo atenta contra la ley
de los hombres -evidentemente- sino que lo hace doblemente contra la de Dios:
contra el cuarto y contra el quinto. Será por ello que no suelen superar el 4%
de los homicidios.
Nuestro
muchachos actuaron fríamente al concluirse que fue envenenada mediante fósforos
disueltos en aguardiente, luego envuelta en una manta, quemada en el horno de
la casa y finalmente ocultados sus restos en el patio de su domicilio. Bueno,
tenemos una casa del terror en una pequeña pedanía. Esteban, de 19 años, convicto
y confeso del crimen se encuentra detenido por la Guardia Civil en la cárcel de
Villarcayo.
Y
le pintaba mal porque el código de 1870 decía en su Art. 417 que "El que matare a su padre, madre o
hijo, sean legítimos o ilegítimos, o a cualquiera de sus ascendientes o
descendientes o a su cónyuge, será castigado como parricida con la pena de
cadena perpetua a muerte". Vemos que este código prescindía de los
casos en que concurría premeditación conocida o ensañamiento, aumentando
deliberadamente el dolor del ofendido, es decir, que daba lo mismo un calentón
que una calculada preparación.
Bueno,
no sufran por el joven Esteban, no lo ejecutaron por la muerte de su madre (de
la cual sí estuvo procesado); Ni por su hermano que se dio a la fuga. Conocemos
a través de la liosa prensa de aquel tiempo, que a los pocos días del crimen
volvió a casa Esteban, y su hermano, después de darle varias evasivas cuando le
preguntaba por su madre, acabó por confesarlo todo, amenazándolo de muerte si
decía algo. Entiendo que, por estas circunstancias, se le hubiera podido aplicar
la sentencia del 9 de noviembre de 1882 que el extraño que intervenía como
encubridor del delito después de cometido el parricidio debía ser condenado
como encubridor de parricidio y no de homicidio. Da igual, la causa se
sobreseyó.
Y
la cosa quedó así hasta que...
...una
coincidencia ajustó la deuda que los hijos de Inés Angulo tenían.
En
la frontera con Portugal fue detenido un indocumentado que se remitió a la
cárcel del partido judicial de Villarcayo en calidad de transeúnte a
disposición del Gobernador de Burgos. Esta persona se ocultaba tras un nombre
falso: Esteban Muga Angulo. Irónicamente el señor Muga (frontera, límite en
euskera) había sido capturado al intentar pasar la frontera de Portugal. En los
calabozos de Villarcayo fue visitado por el Alcaide a quién le resultó extraño
que el nombre del preso, antiguo residente del lugar y conocido, se asociase a
este otro sujeto -por cierto un habitual de las identidades falsas-. Estamos a
primeros de abril de 1895.
El
juez, don Pedro María Fernández de Castro, se encontró ante un hombre nervioso
que, convenientemente presionado, terminó derrumbándose y diciendo su verdadero
nombre. Ya se podía saber la versión del asesino de Lastras de Teza:
"El 2 de Mayo de 1887,
Victoriano Muga tuvo una disputa con su madre por cuestiones de entrega de la
hijuela paterna. Entre la madre y el hijo no hubo avenencia, quedando el último
con ánimos de vengarse de lo quo consideraba un despojo. Al otro día acechó á
su madre, asestóla en la cabeza un tremendo golpe con un martillo, dejándola
tendida y casi exánime, rematándola después á puñaladas. Temeroso de que la
presencia del cadáver fuese la denuncia inmediata del crimen, el, parricida
metió el cadáver en el horno de la casa, prendiendo fuego a éste, y calcinando
casi por completo a aquél". (La Época 14/04/1895) "
Las
personas que hablaron después con Victoriano indicaron que no daba muestras de
confusión, ni perdía la serenidad. Hablaba del delito con gran desenfado y
afirmaba que sólo le impondrían una pena de prisión de 10 a 12 años. Parecería
uno de esos psicópatas de película pero recordemos que este grupo de personas
son aquellas que carecen de empatía, incapaces de ponerse en lugar de los
demás, manipuladoras y sin remordimientos que pueden llegar a ser encantadoras
si esto ayuda a sus objetivos. O asesinos sin conciencia. Todo depende.
Para
mediados de septiembre el fiscal de la audiencia de Burgos tenía calificada la
causa por parricidio: Según Esteban, su hermano, Victoriano envenenó a su madre
y viendo que tardaba en morir la cosió a puñaladas y quemó el cadáver en el
horno de la casa.
¿Envenenada?
¿Golpeada? Seguro que el juicio lo aclarará.
Trasladémonos
al 27 de Noviembre de 1895 que es el día en que este morboso crimen inicia la
fase oral del juicio.
"Ante la Audiencia de
Burgos empezó el día 27 á verse en juicio oral la causa seguida contra
Victoriano Muga Ángulo por parricidio cometido en el pueblo de Lastras de Teza,
en Abril de 1887, para robar á su madre, Inés Ángulo, la cantidad de 32 duros.
El crimen se cometió por medio
del veneno, y para realizarlo, el criminal compró un cuartillo de aguardiente
en una taberna del pueblo y disolvió en él cabezas de fósforos, vertiendo
después el tósigo en el puchero de la comida de su desgraciada madre.
Esta sintióse envenenada y
salió á la escalera de su casa pidiendo auxilio, donde ya cayó desplomada al
suelo, quedando cadáver. Victoriano cogió entonces el cadáver de su madre, lo
lió en una manta y lo metió en un horno, donde prendió fuego con leña; después
marchóse mientras ardía el cuerpo de la que le había dado el ser, y transcurrido
un rato regresó para convencerse si los restos habían sido ya calcinados por el
fuego.
A los pocos días llegó á la
casa otro hijo de la víctima, y su hermano, después de darle varias evasivas
cuando le preguntaba por su madre, acabó por confesarlo todo, haciéndole
amenazas de muerte si decía algo. (...)
(...) El tribunal que ha de
resolver en esta causa lo constituye el Sr. Gullón, como presidente, y los
magistrados ,Sres. Rodríguez Vicent, Gómez Montero y Real. Sostiene la
acusación el fiscal de S. M. señor Borruel, estando encomendada !a defensa al
ilustrado letrado Sr. Bravo.
A la una de la tarde empezó la
vista. Después de las generales de la ley, interroga el fiscal al procesado,
que es un hombre de treinta y dos años de edad y no sabe leer ni escribir. A
las preguntas del fiscal contesta el procesado, confesándose autor del delito
que se le imputa y dando detalles horrorosos acerca de la consumación del
mismo. Niega que envenenase á su madre; manifiesta que estando en la cocina le
golpeó la cabeza con un calzador y que después le dio tres puñaladas por la
espalda.
La defensa le pregunta en los
mismos términos que el fiscal. Pregunta también el Sr. Bravo de cuántas habitaciones
se compone la casa y que si su madre cosía la ropa. Contesta el procesado a
este último extremo negativamente y añade que no había tijeras en la casa,
negando asimismo que las tijeras que le presentan como prueba de convicción, sean
de su casa.
El abogado defensor hace
algunas observaciones, diciendo que se trata de un imbécil, y pide, fundándose
en la ley, que se suspenda el juicio por tratarse de un irresponsable. El
fiscal y el presidente no acceden a la petición, por no concurrir los casos que
la defensa alega.
Declara el hermano del procesado:
se llama Esteban y cuenta veintisiete años de edad. Esteban acusa á su hermano
de la muerte de su madre, hecho por el cual estuvo procesado el declarante, y
da detalles acerca del crimen y manera como fue realizado. Se celebra un careo
en el que acusa Esteban a su hermano, negándolo éste todo.
Declaran á continuación Tomás
López, Pedro García y Rafael Troncoso; sus manifestaciones carecen de interés. Se
procede á la prueba pericial en que intervienen los doctores Sres. Miegimolli,
Martínez y Ros y los farmacéuticos Sres. Llera y Valpuerta.
Al ir á hacerse la acusación
fiscal se suspende la sesión por haber manifestado el representante del
ministerio público que iba á modificar sus conclusiones provisionales. En la
segunda sesión el ministerio fiscal pronunció un brillante informe modificando las
conclusiones que tenía formuladas en lo relativo a las circunstancias
agravantes, y pide la pena de muerte para el procesado Victoriano Muga.
El abogado defensor, Sr. Bravo,
en vista de la modificación hecha en el dictamen fiscal pidió la suspensión del
juicio hasta mañana para modificar a su vez sus conclusiones provisionales. La
petición del Sr. Bravo fue denegada por la Sala, suscitándose con este motivo
un vivo y ruidoso incidente.
Después pronunció el letrado
defensor un hermoso discurso (pidió el atenuante de
embriaguez y que se le condenase a cadena perpetua), que ha sido muy elogiado conformándose con la petición fiscal
quitando los agravantes de envenenamiento y premeditación. Con el informe de la
defensa se dio por vista la causa y terminó la sesión. La sentencia se dictará
dentro de 3 días".
Emocionante
leer cómo se desarrollaba el juicio. Una pena no haber podido conocer las
opiniones que el periodista de La Iberia descartó. Olvidémoslo porque ya no
tiene remedio y vayamos hacia la sentencia. ¿Le aplicaron garrote?
Pues
veamos: La sentencia condenaba al parricida a cadena perpetua y a pagar 1.000
pesetas de indemnización a su hermano Esteban y 172 ptas. más por los 32 duros
(160 ptas.) que cogió a su madre y víctima. Por la suplantación de personalidad
se le añadió cuatro meses de prisión, a 200 pesetas de multa y al pago de las
costas.
¿La
cumpliría?
Bibliografía:
Periódico
"El Imparcial"
Periódico
"El Liberal"
Periódico
"La Dinastía"
Periódico
"La Iberia"
Periódico
"La Época"
Periódico
"La república"
Código
penal de 1870.
Periódico
"El correo de Gerona"
Colección
fotográfica de Juan Antonio Cortés García de Quevedo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Por favor, tenga usted buena educación. Los comentarios irrespetuosos o insultantes serán eliminados.