Que no te asusten ni la letra ni el sendero de palabras pues, amigo, para la sed de saber, largo trago.
Retorna tanto como quieras que aquí me tendrás manando recuerdos.


domingo, 14 de mayo de 2017

San Francisco Extramuros de Medina de Pomar: el camino a la desaparición.


La pasada semana describíamos en desaparecido convento de los franciscanos de Medina. Ahora toca comprender su lenta caída en desgracia y su, relativamente, reciente derribo.

Vista aérea del monasterio hacia 1956

Debemos situarnos a principios del siglo XIX, vísperas del caos que sufriría España. En ese tiempo existían en Las Merindades varios monasterios de diferentes congregaciones: Benedictinos (San Salvador de Oña con 73 monjes); Bernardos como los de Nuestra Señora de Rioseco de Manzanedo (24 hermanos); Canónigos Regulares de San Agustín en Nuestra Señora de Vadillo (Frías) -7 individuos; y Comendadores Hospitalarios.

El número de conventos era todavía mayor, sobre todo por el gran número de casas de franciscanos –más de 20 localizaciones-. Por no ser muy pesados citaremos las de Las Merindades: San Francisco de Medina de Pomar 47 frailes y San Francisco de Frías con 24. Este último pertenecía a la provincia franciscana de Burgos y el otro a la de la Concepción en Castilla Vieja. La cifra de San francisco ronda la que, en su día, se menciona en el Catastro de Ensenada con 44 clérigos.

Restos de la zona del ábside de
 San Francisco en 2012

La guerra de la Independencia propiciará la primera exclaustración y cierre de conventos del clero regular. Las fuentes dejaron constancia de que en la provincia de Burgos fueron 21 monasterios y 34 conventos. Esta distinción entre monasterios -casas de monjes de las órdenes monacales- y conventos -casas de frailes mendicantes y de otras órdenes y congregaciones- es importante por el diverso tratamiento que recibieron en alguna de las etapas de la exclaustración y desamortización. Y para nosotros, para quienes resultan sinónimos, es una acertada explicación.

El año 1808 se mantienen abiertos los 21 monasterios de la provincia de Burgos pero de 37 conventos se pasó a 34 por disolución de las órdenes de jesuitas y antonianos y por la, probable, desaparición de la casita que los religiosos de San Felipe Neri tenían abierta en Medina de Pomar (tan sólo dos sacerdotes), que no aparece ya citada para nada en la relación enviada por el vicario arciprestal de Medina de Pomar con referencia al año 1808.

Gaceta de Madrid con las órdenes de Napoleón

Aunque hoy nos parezca increíble esa tensión con el poder económico del clero y el asunto de las tierras en “manos muertas” ya estaba durante la monarquía de Carlos IV. Godoy había desamortizado algunos bienes y tierras eclesiásticos pero no buscaba suprimir casas religiosas.

Claro que la cuestión se desbordará iniciada la guerra de la Independencia. Un victorioso Napoleón promulgó en Chamartín, el 4 de diciembre de 1808 un decreto que ordenaba la reducción de los conventos a una tercera parte y la prohibición de admitir novicios hasta que el número de religiosos hubiera descendido a un tercio del actual. El cierre de conventos se realizaría mediante la exclaustración general ordenada por el rey José I. No lo determinó Napoleón.


La guerra hizo más que los decretos afrancesados con su secuela de saqueos, destrucciones y ocupación militar de muchos edificios (convertidos en cuarteles, hospitales y depósitos militares). Provocó, de hecho, el cierre de muchos monasterios y conventos. Recordemos San Juan de la Hoz y su saqueo a manos de Longa y los villanos de Cillaperlata por asumir el afrancesamiento de sus frailes. En este caso los vecinos de la población les cobraron a los clérigos todas juntas. Se vengaron de siglos de sumisión.

El decreto del rey José I, del 16 de agosto de 1809, suprimía todas las órdenes religiosas sin excepción y daba a los religiosos 15 días de plazo para dejar el claustro y vestir el hábito del clero secular (lo que les colocaría en la categoría de sacerdotes “sin oficio ni beneficio” de los que vivir). Todos los bienes pertenecientes a los monasterios y conventos quedaban aplicados a la Nación. Esta exclaustración generalizada se aplicó en todas las zonas ocupadas por las fuerzas francesas. La actual provincia de Burgos lo estaba casi completa. El de San Francisco de Medina de Pomar, dado el tema de esta singladura, cerró.

Fragmento de la circular del Ministerio
de Hacienda del 21 de Agosto de 1812.

La victoria en la guerra de la Independencia lo reabriría. Pero se hizo sin prisas por culpa de las necesidades militares, por la dispersión sufrida por los religiosos, y por las reticencias de los liberales más extremistas. El 21 de agosto de 1812 el ministro de Hacienda del Gobierno de Cádiz venía a ratificar, aunque fuera provisionalmente la obra josefina, al ordenar a los intendentes el cierre de todos los conventos disueltos y extinguidos por el gobierno intruso, inventariar sus efectos y tomar razón de sus fincas, rentas, bienes y frutos. No olvidemos que la administración española estaba en la ruina y esos bienes eclesiásticos eran de sumo interés para la hacienda del reino.

Pero la Regencia tenía otras ideas y, también en 1812, restablecía algunas comunidades en Andalucía, Murcia, La Mancha y Extremadura. Las Cortes limitaron esas restauraciones promulgando un decreto el 18 de febrero por el que sólo respetaban los restablecimientos autorizados por la Regencia. Tenían que cumplir que no estuvieran arruinados, no tuvieran menos de 12 religiosos, no hubiera otro convento de esa misma Orden en la localidad, no admitir novicios y el restablecimiento en el futuro de cualquiera de los conventos cerrados.


Con el triunfo militar frente a José I las Cortes suavizaban algo sus medidas restrictivas mediante un decreto que daba facultades a la Regencia para que, de acuerdo con el decreto del 18 de febrero de 1813, pudiera autorizar a los ordinarios para que estos entregaran a los prelados regulares algunas casas de su respectivas órdenes, siempre que aquellas hubieran quedado habitables y cumplieron las condiciones exigidas en la normativa aludida.

De hecho la restauración general de los conventos con la devolución de todos sus bienes a sus previos propietarios sólo tendrá lugar después del regreso de Fernando VII. El rey, que había entrado en España el 22 de marzo de 1814, anulaba desde Valencia, el 4 de mayo, toda la obra de las Cortes de Cádiz y restablecía la Monarquía absoluta.


A los pocos días dos Reales Ordenes publicadas el 24 de mayo y el dos de junio de 1814 devolvían, sin limitación de ninguna clase los conventos y propiedades arrebatadas a la religión. Los monjes y frailes pudieron volver a sus establecimientos sin limitaciones ni trabas e iniciar la reconstrucción y reparación de sus casas -seriamente dañadas muchas de ellas- y restaurar la vida contemplativa. Bueno, sin olvidar la recuperación económica que les devolviera a las condiciones anteriores a 1808.


Será el momento en que, suponemos, se reabra el franciscano de Medina de Pomar. Vuelta al imposible pasado hasta el Trienio Constitucional (1820-1823). Este significará nuevos cierres y supresiones. Empezando, como siempre, por los jesuitas. El gran golpe contra el clero regular lo asestará el decreto publicado en 20 de octubre que disponía: “Se suprimen todos los monasterios de las Ordenes monacales, los de canónigos regulares de San Benito, de la Congregación claustral tarraconense y cesaraugustana, los de San Agustín y los Premonstratenses, los conventos y colegios de las Ordenes militares de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa, los de San Juan de Jerusalén, los de San Juan de Dios y los Betlemitas y todos los demás hospitalarios de cualquier clase”.

Decreto del 25/10/1820

Vale. No estaban incluidos los franciscanos. ¿Se libraron? Sí y no. Para los demás se recuperó la cifra josefina de un límite de 12 religiosos, si eran los únicos en el pueblo, o 24, si había más de un establecimiento. Entonces sus bienes pasaban al Estado. Por supuesto, se prohibía la admisión de novicios y se facilitaban las secularizaciones. Sólo los escolapios fueron exceptuados de estas medidas.

La ley se cumplió con inusitada rapidez y eficacia y, en la mayoría de los casos la orden estaba ejecutada en la primera quincena de noviembre. Para diciembre de 1820 habían sido cerrados 324 monasterios de las órdenes suprimidas.




¿Y ya estaba solventado el tema? No. el número de conventos suprimidos aumentó en 1822 porque las defunciones y las exclaustraciones creaban nuevas casas por debajo del mínimo. El número de 33.546 religiosos de 1820 se redujo, solo por exclaustraciones, en 7.244. Y, como remate, el 1 de diciembre de 1822, se ordena el cierre de todos aquellos claustros levantados en despoblados o en lugares menores de 450 vecinos. Siendo rigurosos esta ley se llevaba por delante a más de dos tercios de los ya pocos conventos existentes.

Este nuevo vaciado de monasterios fue rápido, cuestión de días, al ser una norma de carácter general y fácil aplicación. Seguido se inventariaron los bienes y se organizaron las subastas. Lo más probable es que los bienes de los monasterios suprimidos fueron enajenados entre los años 1821-1823.

Vista aérea del monasterio hacia 1973. Ya se ha derribado el
complejo para permitir la construcción de nuevos edificios y
despejar la avenida de Trespaderne.

En la provincia de Burgos de los 33 conventos no monacales que seguían abiertos en 1821 se cerraron 17. En los 16 conventos restantes se superaba la cifra mágica de 12. Y doce de estos conventos eran franciscanos. Incluido el de Medina de Pomar. No así el de Frías cuyos frailes se trasladaron al de Poza de la Sal.

Concretando: en dos años se pasó de 52 monasterios y conventos en la provincia de Burgos a tan sólo cuatro. Y el de Medina aguantó hasta el 7 de abril de 1823 cuando llegaron los 100.000 hijos de San Luis para restaurar el absolutismo.

Foto aérea realizada entre 1980 y 1986. se ve la evolución de la zona.

Como en la yenka, volvimos a dar pasos hacia atrás. El triunfo absolutista derogó todos los decretos y leyes antirreligiosos. La Regencia, en nombre de Fernando VII, había dispuesto el 11 de junio de 1823 la anulación general de todas las disposiciones dictadas por los liberales contra los monjes y frailes.

Y, cristianamente, decidieron castigar a todos aquellos que habían secundado a los liberales. Lo hicieron buscando su ruina económica al obligar a los compradores de los bienes religiosos (Ojo, comprados a la Hacienda Pública) a la devolución y entrega a los clérigos regulares sin devolución del dinero. Así crearon un grupo de agraviados que nunca renunciaría a recuperar las propiedades que el Estado les había vendido con todas las garantías, y cuyas reclamaciones y presiones se dejarían sentir al día siguiente de la muerte de Fernando VII.


Los frailes de conventos y monasterios tornaron a su plácida vida contemplativa y rentera. Rentas que volvieron a emplear en arreglar los inmuebles salvables. Además tocaban a más renta por cabeza porque tres años sin novicios y una cuarta parte de ellos secularizada lo permitía. Pero, por otro lado, la falta de estómagos frailunos era un problema.

En la provincia de Burgos parece que la restauración de la vida conventual fue total. Todos los monasterios y conventos que existían en 1820 volvieron a ser habitados por sus antiguos moradores.

La muerte de Fernando VII, 29 de septiembre de 1833, desató la caja de los truenos. La primera medida que afectaba a los conventos, todavía con Martínez de la Rosa en el poder, fue dictada el 26 de marzo de 1834: suprimía los monasterios y conventos de los que hubiese salido un religioso para unirse a los carlistas si antes de 24 horas el superior no daba cuenta de la fuga a la autoridad civil. A su vez, se cerraban aquellos en que los fugados alcanzaran la sexta parte, los que hubieran servido para la fabricación de pertrechos de guerra y los que sirvieran de albergue de juntas clandestinas. Parece que se les catalogaba como enemigos de la Reina niña.


El mismo Gabinete de Martínez de la Rosa dictaba el 22 de abril de 1834 otra disposición de mucho mayor alcance y significación, ya que prohibía admitir novicios en todos los conventos del reino "para allanar el camino de la planificación de las saludables y prudentes reformas del clero regular".

Y como ya tocaba, les tocó a los franciscanos de Medina de Pomar. Hubo clausuras por razones de guerra –incluso durante el gobierno de Martínez de la Rosa que se estuvo hasta el 7 de junio de 1835- Estos cierres revestían carácter “provisional” y eran decretados por el Gobierno o por las autoridades militares o locales y afectaron únicamente a las zonas de guerra. Fue cerrado y desalojado por el Capitán General de Burgos para dedicarlo a hospital y almacenes del Ejército, medida que el regente de la Audiencia de Burgos reclamaba se hiciera extensiva a todos los conventos de las márgenes del Ebro.

Quizá fue ya en este momento cuando su biblioteca y archivo desaparecieron y sus libros, papeles y documentos se esfumaron.

Foto aérea del año 2014

El 14 de septiembre de 1835 entraba como Presidente del Gobierno Juan Álvarez Mendizábal. ¿Este nombre les suena? Bien.

En octubre de 1835 todavía 17 conventos abiertos en la provincia de Burgos. Y una legislación restrictiva en cuanto a su mantenimiento y posibilidades de cierre como la ya conocida norma de un mínimo de 12 religiosos. (¡¡¿¿Qué tendrían con la docena de frailes??!!). Se había prohibido la admisión de novicios, se llamaba a quintas a todos los no ordenados in sacris, se favorecía la salida y exclaustración individual de todo aquel que lo deseaba o lo solicitaba con lo que no pocos conventos descendieron fácilmente hasta el número de 11 que provocaba su cierre y desaparición.

El punto final lo puso el Decreto firmado por la Reina-Gobernadora en El Pardo el 8 de marzo de 1836. Su primer artículo declaraba: “Quedan suprimidos todos los monasterios, conventos, colegios, congregaciones y demás casas de comunidad o de instituciones religiosas de varones, inclusas las de clérigos regulares y las de las cuatro órdenes militares y San Juan de Jerusalén, existentes en la Península, islas adyacentes y posesiones de España en África”. Así, de golpe.

¿De golpe? ¿De verdad? ¡Para nada! Este decreto finalizaba una trayectoria de modernización económica y social de España y sus posesiones ultramarinas que se inició en 1808; que cerró más de 2.000 monasterios y conventos; y que sacó al mundo cerca de 30.000 religiosos –gente formada-, que redireccionaba beneficios y recursos económicos, que buscaba incrementar la clase media…

Fotografía del legionario Sandri

Todos los bienes de los monasterios y conventos burgaleses que no habían sido enajenados durante el trienio liberal fueron declarados ahora, entre 1835 y 1836, Bienes Nacionales y salieron en los meses y años sucesivos a pública subasta.

El convento de San Francisco, ya en manos privadas, pasará por numerosas vicisitudes. Ya comentamos en la anterior entrada que el pavimento de la iglesia fue arrancado de su sitio el año 1852 y vendido por sus dueños para la construcción de la fábrica del Rosario, en el barrio de Pomar.


Esta debió ser la fábrica de harinas y chocolate que se puso en venta, o alquiler, en 1871. El Boletín de Comercio nos la describe:

“Sus vastos edificios encierran locales desahogados é independientes destinados a la limpia del trigo y a la elaboración de las harinas, pan y chocolate. El salto de agua es considerable y mueve cuatro piedras francesas que muelen 250 fanegas al día, la limpia y el chocolate. Sus espaciosos almacenes para granos, harinas y salvados: las habitaciones para el dueño, oficiales y criados; la hermosa huerta que en gran extensión rodea el edificio y que está cercada de pared, conteniendo infinidad de árboles frutales de doce años, que han sido dirigidos por inteligente, hacen que esta posesión sea un punto magnífico no solo para cualquier negociante en los artículos citados, sino también para el que desee vivir en una bonita casa de campo disfrutando de muchas comodidades.

La construcción del edificio es sólida: las maquinarias para elaborar las harinas, pan y chocolate, así como los cedazos para clasificar dicho polvo son casi nuevos; y es seguro que la posesión agradará al que desee comprar una finca de esa clase. El precio será arreglado, si se atiende al capital que ha costado a sus dueños, y para su pago se admitirán plazos.

Caso de no haber comprador, se arrendará bajo condiciones también ventajosas. Quien quiera entrar en ajuste se dirigirá a Don Fulgencio Antonio Paz, residente en Medina de Pomar, y en Burgos a la Sra. Viuda de S. Martin, plazuela de Santa María, núm. 3.”

Bueno, parece que la venta del suelo de la iglesia era necesaria para poner en marcha esa “fabulosa” fábrica que tostaba el grano de cacao por graduador (Según un anuncio de una degustación en Madrid de “El Heraldo”). Añadiremos que el citado Fulgencio Antonio Paz era en agosto de 1853 el Alcalde Presidente del ayuntamiento constitucional de Medina de Pomar. ¿Quizá el propietario del monasterio cuando se arranca el suelo de la iglesia?

Foto del legionario Sandri (Archivo Bolzano)

Mientras, el monasterio fue transformado en viviendas y la iglesia en cocheras, almacenes de madera para lo que salte. Julián García Sainz de Baranda indicaba en una de sus publicaciones que el Ministerio de Hacienda se lo ofreció al Ayuntamiento de Medina de Pomar tras solicitarlo este. Refería una R. O. de 24 de Abril de 1850 por la cual se cedía el edificio del Convento con el fin de dedicarlo a Hospital. Incluso añade la aquiescencia del obispado al no ser útil para el culto. Evidentemente, si fuese cierto, no se transfirió pero nos estaría diciendo que a principio de 1850 era todavía de titularidad pública.

Los exclaustrados debieron buscar otros medios de subsistencia y, evidentemente, algunos recurrieron a la protección que ofrecía la Iglesia. Así la junta de clases pasivas daba a conocer, a través de la prensa generalmente, el derecho a pensión de aquellos que habían sido exclaustrados. Por poner un ejemplo, el 28 de octubre de 1862, era beneficiado con esta suerte Joaquín Pereda, que fue lego del convento de San Francisco de Medina de Pomar. Le concedieron 3 reales.

Rodrigo Amador de los Ríos, en su libro sobre Burgos dejaba caer que “(…) las ruinas del de San Francisco, convertido en míseras viviendas (…)” como única referencia a este monasterio dentro de las siete hojas con que describía Medina de Pomar. ¿Lo decía porque carecía ya de valor artístico e histórico? ¿Por no meterse en charcos que no le favorecían? ¿Por alagar a los representantes de la población cuando leyesen su obra? Podría ser, también, que fuese generalmente aceptado el desdén hacia los monumentos históricos y se asumiese que se debían dejar caer y que, tras un periodo como románticas ruinas, se derribasen para abrir paso al “progreso”.


El edificio aguantó hasta los años 60 del siglo XX cuando su propietario lo derribó para destinar el solar a edificios. Medio siglo después la vergüenza sigue como se presenta en las últimas fotos adjuntadas. Resistir… ¿para qué?


Quizá cuando, el 1 de junio de 1973, el Consejo de Ministros, declaró "Conjunto Histórico-Artístico de carácter Nacional" a la villa de Medina de Pomar no miraron ese desaguisado. En 1997 la Consejería de Turismo de la Junta de Castilla y León "por la magnífica labor a favor de la conservación del patrimonio fomento y mejora de la calidad turística", (¡Toma!) concedió a la villa, el Premio "C" de Turismo... ejem.

Foto del legionario Sandri (Archivo Bolzano)

Si hayan comido en el restaurante de la esquina con la calle San Francisco, en la plazuela donde en un tiempo hubo una gasolinera se habrán sorprendido por la construcción. Contrafuertes con ventanas y ninguna explicación. ¿Será por intentar olvidar los errores del pasado? ¿Ocultar el desaguisado de derribar un edificio monumental que hubiera atraído visitantes e incrementado la magia del municipio?


Buscarán el perdón que nace del olvido, supongo. Porque eliminar un edificio de este valor para dejar un solar sin edificar (¡Justo castigo a la avaricia!) en el lugar donde residieron fray Pedro Villacreces (1350-1422), erudito teólogo, y su discípulo el beato fray Lope de Salazar y Salinas (1393-1463), escritor místico que, al final de su vida, regresó para morir a Medina de Pomar...



Bibliografía:

“Supresión de los conventos de religiosos En la provincia de Burgos (1820-1836)” Gonzalo Martínez Díez.
“Boletín del comercio del 30 de diciembre de 1871”.
“Arquitectura de Medina de Pomar”. Inocencio Cadiñanos Bardecí.
Blog “Picota y Cebo”.
“Burgos” por Rodrigo Amador de los Ríos.
Periódico “El pensamiento español”.
Periódico “La España”.
Periódico “El heraldo”.
B.O.E. / Gaceta de Madrid.
Fototeca digital del Instituto Geográfico Nacional.
Revista “La Esfera”. Artículo de Julián García Sainz de Baranda.
Archivo provincial de Bolzano (Italia).




2 comentarios:

  1. hola
    ante todo me encanta la historia que narras.

    por indagar un poco mas.
    hay fotos de la iglesia?
    lo que se compro por el terreno de la iglesia es el molinar ?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola.

      Ante todo gracias por leer "Siete Merindades". Y, ya metidos en el asunto, le diré que yo no he visto ni fotografías ni dibujos del interior de la iglesia del monasterio.

      Sobre su segunda pregunta no sé que responderle. Entiendo que se refiere a la inversión del dinero obtenido por la venta del suelo del templo y, en tal caso, el documento estudiado situaba esa empresa en Pomar.

      Un saludo.

      Eliminar

Por favor, tenga usted buena educación. Los comentarios irrespetuosos o insultantes serán eliminados.