Dejábamos la anterior entrada con Clemente –por
cierto, vaya nombre más inadecuado- recibiendo la Navidad en libertad y
callejeando por el pueblo donde residía su víctima. ¡Y eso que él mismo reconocería
después lo estúpido de esa situación!
En uno de esos paseos de mal agüero debió
enterarse de que Dolores González, junto a unas amigas, iría al baile de Villarcayo
el siguiente uno de enero (en algunas fuentes fijan el asesinato en el día dos).
Fríamente, esperó el regreso de las muchachas escondido tras el pretil del
puentecillo que vadeaba un pequeño cauce, en la carretera entre Villarcayo y
Bilbao. Cuando, con el caer de la tarde, llegaron las seis muchachas riendo y
cantando Clemente Huidobro saltó del escondite, disparando a quemarropa la pistola
contra la joven.
En algún momento se argumentó que fueron las
risas y chanzas de las muchachas lo que irritó al sacerdote y que esta fue la
causa del ataque. Fútil argumento para desmontar la premeditación porque estaba
esperándolas escondido y armado. Además, en una entrevista periodística él
mismo buscaba esta escapatoria al decir: “(…)
Lo sé y por eso no trato de hallarla; pero le juro a usted que no hice lo que
hice con premeditación. Estuve aquella tarde en Villarcayo a llevar unas
cartas, y ya camino de Bocos, donde vivía con mi familia, me dije: "Voy a
esperar a mi cuñado." Y sentado en una piedra del puente lo esperé.
Entonces pasó un grupo de chicas de Bocos, a las que saludé. Seguidamente fue a
pasar Dolores con sus amigas. No me pude contener. Me dio rabia que, después de
lo pasado meses atrás (¡!), hiciera
públicas ostentaciones, sabiendo que yo no salía de día más que cuando iba
fuera, y que sólo de noche daba algún que otro paseo, y me dije: "Pues
ahora te mato". Y ciego, llevado de este temperamento nervioso, de este mi
carácter, no sé los tiros que disparé. Puedo afirmar a usted que jamás se me
pasó por la imaginación la idea de matarla después de salir de la cárcel. Lo
pasado, pasado estaba, y no iba a ocuparme más de ella, a pesar de que no me
dejaba en paz. Prueba de ello es que durante este tiempo me he portado como un
santo varón, y todos los días he practicada mis rezos”. Si nos fijamos es
todo un párrafo exculpatorio para él y vuelca toda la responsabilidad en la
víctima: ella era culpable porque no se escondía y flagelaba como él; ella
acosaba al sacerdote; y Clemente era inocente porque durante esos últimos meses
no había pecado.
Retomemos el relato. Dolores fue alcanzada por siete
balas que le causaron la muerte. Algunos testigos indican que para asegurarse
el blanco cogió a dolores por el brazo antes de disparar. ¿Por qué lo hizo?
En la entrevista respondió: “Pues yo, ya
ve usted, no podía ver con buenos ojos que anduviera ella como andaba, porque
después es uno quien se lleva la culpa, y porque, además, yo quería que me
respetara, que fuera buena...”
Puente del cura en 2017 (Google) |
Cometido el asesinato –siempre según algunas
fuentes- volvió a huir a Burgos donde le detuvieron. Claro que esto se
contradice con la información publicada por otros medios donde dejaban claro
que la Guardia Civil sólo había tardado dos horas en capturarle y llevarle a la
cárcel de Villarcayo. En dos horas no da tiempo a escapar a Burgos, ser
capturado y traerle de vuelta. De todas formas, la noticia conmocionó a la
comarca.
Los vecinos indignados intentaron linchar al
criminal y tomarse la justicia por su mano teniendo la guardia civil que
defender la cárcel incluso disparando al aire. Un joven de Villarcayo Francisco
Churruca resultó herido al recibir un golpe con un fusil.
Ayuntamiento y cárcel de Villarcayo |
No fue el primer crimen ejecutado por sacerdotes
en Las Merindades pero las circunstancias tecnológicas y políticas favorecieron
su divulgación. Así uno de los periodistas que se acercaron a Villacomparada de
Rueda comentó: “Abajo, en la carretera,
está la taberna, estación obligada del transeúnte. Pocas veces veréis vacía esta
clásica venta. Cuando llegamos se encuentra llena. Los vecinos, y no pocos de
fuera, comentan el drama a voces, en formidable algarabía”.
El siete de enero se procedió a la autopsia del
cadáver de la joven. Para este procedimiento se personó el juez del partido
judicial de Villarcayo, Alberto Gil Albert, y los médicos forenses López Ríos y
Otero. Los forenses detallaron las lesiones: un tremendo destrozo visceral; los
pulmones, el hígado, el corazón (con cuatro orificios de bala); el estómago,
todos los órganos internos aparecían lesionados. Además la trayectoria de los
proyectiles era irregular. El cadáver presentaba siete balazos: uno, en el
occipucio, alojado el proyectil en la base del cráneo; cuatro en la espalda y
dos en la región precordial.
Dolores González |
Se descartó así una primera teoría de que
Dolores había recibido un disparo en la frente. Probablemente la lesión que se
apreció inicialmente fuese producto de la caída contra el suelo.
También el Teniente Fiscal visitó el lugar del
asesinato junto con las amigas que acompañaban a Dolores en el paseo de vuelta
a Villacomparada. Con todas estas actuaciones se cerraba el sumario y se
enviaba a la Audiencia de Burgos.
El entierro de Dolores fue el día ocho de enero
de 1925 a las dos y media de la tarde. Era un momento crítico para las
autoridades porque el populacho local continuaba irritado por el crimen. El féretro
de Dolores fue trasladado a hombros de algunos mozos, entre los que figuraba el
herido Francisco Churruca y el novio de la víctima, Agapito Peña. La comitiva
marchó desde el Depósito judicial de Villarcayo al cementerio de Villacomparada.
Durante ese trayecto, y en el lugar del asesinato, se rezó un responso. Puesto
de nuevo en marcha el cortejo continuó a paso lento para acompasar el ritmo de
los cerca de 3.000 vecinos asistentes. En el momento de enterrar a la víctima
el nuevo sacerdote afirmó que la justicia debía ser inexorable en el castigo,
porque sobre Huidobro no sólo caía la maldición de los hombres, sino también la
de Dios. De hecho, las autoridades eclesiásticas incoaron el oportuno
expediente.
Mientras, el cura Huidobro, catalogado como un
mujeriego y bebedor, no muestra ningún tipo de arrepentimiento ni empatía con
la víctima y su familia. El único sentimiento que le descubrieron fue el miedo
ante los tumultos iniciales que se produjeron en la calle de la cárcel del
corregimiento, en Villarcayo, al temer por su vida. Llegó a decírselo al
carcelero: “que entran, carcelero, que
entran!”.
Otro preso manifestó a quien le estaba visitando
que había oído decir al cura Huidobro, hablando con uno de los carceleros, que “Yo estaba loco por la muchacha, y más loco
porque estaba convencido de que no me quería. Por eso decidí matarla al
enterarme de que iba a casarse”.
Casas de Villacomparada de Rueda |
El Juicio oral fue señalado para el 21 de enero
de 1925 aunque hubo dudas porque el primer abogado renunció a la defensa del
sacerdote dado el cariz del crimen. Asumió esta Jesús Sáenz Martínez, letrado
del colegio de Bilbao. Les adelanto que lo defenderá también en el recurso al
supremo.
Finalmente el juicio empezó el 16
de abril en la citada audiencia provincial de Burgos. Hubo mucha expectación. Clemente
llegó vestido de paisano y escoltado por Guardia Civil a caballo. Había
atravesado calles abarrotadas de curiosos a los que miraba desenfadadamente. La
vista comenzó a las once de la mañana.
Ábside de la iglesia de Villacomparada de Rueda. |
El procesado declaró que, aunque amenazó a
Dolores, solo era un “hablar por hablar” porque no tenía intención de
cumplirlas. Negó que se ocultara a la espera de la chica y añadió que había
facilitado dinero en varias ocasiones a la familia de Dolores.
Los informes de los cinco peritos no fueron
concluyentes: para los de la acusación era un hombre sano pero para los de la
defensa se trataba de un loco. Vamos, que tres opinaron que estaba cuerdo y dos
que se trató de un individuo sin voluntad, incapaz para dominarse, obsesionado hasta
el punto de haberle podido conducir a otro delito.
Luego desfilaron por el estrado alguno de los
que acompañaban a Dolores que manifestaron que cuando iban con ésta les salió al
paso el cura Huidobro, quien dirigiéndose a Dolores le dijo: “¿Dónde has estado? ¿De dónde vienes?” Y
cogiéndola por un brazo disparó sobre ella. La madre de la infortunada dijo que
en distintas ocasiones el cura hizo ciertas proposiciones a Dolores. Negó que hubiese
recibido dinero de Clemente. Un hermano de Huidobro manifestó que su hermano es un anormal.
Tras la prueba testifical, donde el acusado
declaró a puerta cerrada, el Fiscal elevó a definitivas sus conclusiones. Calificó
el hecho de asesinato con el agravante de premeditación y delito de tenencia de
armas. Pidió para el procesado la pena de muerte. Frente a él tenemos al
abogado que consideró que Huidobro estaba loco y por ello irresponsable. Pedía
que se le condenase a 12 años en función del artículo octavo (puntos: primero y
séptimo) del código penal de 1870. Es decir que estaba loco, enajenado.
Como hoy, la vista atrajo a numeroso público que
esperaba en el exterior de la Audiencia Provincial. Evidentemente no sacaron a
Clemente Huidobro en un furgón cerrado y por los garajes permitiéndose así el
espectáculo del “paseíllo”. No lo desaprovechó el cura y, rodeado de los
guardias, hizo ademanes impropios de un sacerdote, lo cual excitó al público, que
intentó agredirle, teniendo que despejar la fuerza armada.
El martes 21 de abril de aquel 1925 se conoció
la condena dictada por la Audiencia Provincial de Burgos: Veinte años de
prisión temporal por homicidio con el agravante de desprecio del sexo y 10.000
pesetas de indemnización a la familia de la víctima, dos años más de prisión correccional
por el delito de tenencia de armas sin licencia y el pago de 500 pesetas de
multa y costas.
El siguiente paso fue el recurso al Tribunal
Supremo. Lo interpuso el fiscal al entender que la sentencia había sido suave.
Insistía en la pena de muerte. Se vio el 28 de mayo de 1926 en la sala de lo
criminal. Se discutió si debió aceptarse la circunstancia calificativa de
alevosía puesto que esta conseguiría la ansiada pena de muerte. El ponente del
caso fue el magistrado del tribunal supremo Cubillo.
El fiscal Urdangarin arguyó que eran hechos
probados que el exsacerdote Clemente Huidoblo sujetó a su víctima por sorpresa,
que la disparó por la espalda, no dándola medios de defensa y asegurando la
realización del crimen sin riesgo alguno para el agresor, es decir, que concurrieron
todos y cada uno de los elementos de la alevosía.
El defensor, Jesús Sáenz Martínez, solo pidió la
confirmación de la sentencia recurrida. Señal de que su defendido había salido
bien parado. Parte de los argumentos del colegiado de Bilbao fueron: “Clemente Huidobro es un pasional hasta la
exaltación, que traspasa, a mi juicio y al de los peritos por esta parte
designados, los límites de la normalidad. Para que hubiera quedado
palmariamente demostrada esta anormalidad hubiera sido preciso que los peritos
designados por el ministerio fiscal no se hubieran declarado incompetentes en
materia de psiquiatría; pero ocurrido esto, hay que examinar con frialdad los
hechos, reprobables desde luego, dignos de castigo; pero que, a juicio de este
letrado, estaban atenuados por el arrebato, y en los que nunca intervino la
premeditación, ni mucho menos la alevosía. Clemente Huidobro tenía cuentas
económicas pendientes con la familia de Dolores González y había intentado
varias veces cobrar lo que se le debía, y en la tarde de autos creyó que
Dolores, con sus amigas, se reía de él, y hasta percibió palabras que eran una injuria.
Entonces, obcecado, le dirigió las frases que constan como probadas en la
sentencia, y exasperado porque ante el insulto únicamente encontró la mofa y el
escarnio, no siendo dueño de sus actos, sin buscar la imposibilidad de la
defensa de la víctima, hizo los disparos. La tragedia es superior a la voluntad
de loa hombres, porque es la fatalidad, y lo mismo pudo herir frente a frente
que por la espalda. El no buscó esta forma en la agresión. Por ello la
Audiencia de Burgos no estimó la alevosía. Y yo pido a la Sala que confirme la
sentencia entonces dictada.”
Se desestimó el recurso y, por tanto, se declaró
firme la sentencia de la audiencia de Burgos. Era junio de 1926.
Bibliografía:
Periódico “El Liberal”.
Periódico “El correo militar”.
Periódico “la opinión”.
Periódico “La correspondencia de España”.
Periódico “El Papa-moscas”.
Periódico “El heraldo de Madrid”.
Periódico “El imparcial”.
Periódico “El sol”.
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Periódico “La época”.
Periódico “La libertad”.
Periódico “La Nación”.
Periódico “La voz”.
Revista “Mundo Gráfico”.
Revista “Nuevo Mundo”
Periódico “Crónica de Las Merindades”.
Código Penal 1870.
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