Que no te asusten ni la letra ni el sendero de palabras pues, amigo, para la sed de saber, largo trago.
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domingo, 26 de enero de 2025

Pedro fue más rápido que Hermenegildo.

 
¿Qué nos lleva a cometer un asesinato? ¿El sufrimiento propio? ¿El desprecio por la vida de los demás? ¿Proteger a los nuestros? ¿El orgullo?
 
En esta entrada nos acercamos a Ciella de Mena que, aún hoy, es una pequeña pedanía del Valle de Mena. Y, también, lo era en 1952. En ese año vivían allí nueve familias. A poco más de un kilómetro de la población existía un molino vecinal. Todos estos elementos son importantes para disponer las piezas de esta tragedia del día de los Reyes Magos.

Ciella de Mena
 
Esa noche dormía Hernemegildo Roqueñí Tercilla, junto a su hijo Julián de 18 años, en el molino al estar moliendo grano. Gente ruda, sufrida, poseedora de un apellido de origen flamenco -de Flandes, no gitano- que, originariamente, se escribía Roquegny y que en el siglo XVII ya lo encontramos en Cantabria en su transcripción fonética. ¡Qué cosas! Hacia los doce de la noche el muchacho, que dormía en la parte izquierda del edificio, se despertó sobresaltado por disparos de escopeta. Llegó a tiempo de ver a su padre herido. Asustado, escapó hacia Ciella avisando a su madre, Cándida Pinedo Velasco, y al resto de los vecinos. Cuando llegaron al molino Hermenegildo estaba muerto.
 
Tras la Guardia Civil llegaron el médico y el Juez de guardia. Se analizó el cadáver y el escenario llegando a las siguientes conclusiones: la víctima recibió dos disparos de escopeta (en el vientre y en la cara) hechos casi a quemarropa puesto que había restos del cartucho dentro de las cavidades. La muerte debió ser en el acto. Sin agonía. ¿Sospechosos? En ese punto tanto vecinos como los guardias civiles miraron al hijo. ¿Por qué? Porque la escopeta, entendían los expertos, se tuvo que disparar dentro del molino y ni Julián ni su padre se despertaron al abrirse la puerta. Además, había rencillas graves entre el Hermenegildo y su hijo. Pero no fue el único familiar detenido: dos cuñados y un hermano de Hermenegildo, Pedro, fueron posteriormente reclamados por el juzgado. Todos residentes en Ciella.

 
La Guardia Civil buscó el arma comprobando que en el pueblo poseía escopeta el alcalde… ¡y el difunto Hermenegildo! Pero la escopeta de Roqueñí, de 16 milímetros, había sido escondida por su madre y, al parecer, una hermana de Julián. Pudo recuperarse esa arma y varios cartuchos. Los técnicos llegaron a la conclusión de que no fue disparada. ¿Entonces? La Guardia Civil estaba en un callejón sin salida. Sin arma homicida.
 
El 25 de enero se envió a la Jefatura Superior de Policía de Vizcaya un oficio del Juzgado de instrucción de Valmaseda solicitando la presencia de funcionarios del Cuerpo General de Policía porque en el Valle de Mena no lograban avanzar el caso y debieron liberar a los detenidos.
 
Llegaron a Las Merindades el comisario jefe del Servicio de Información de la Jefatura, Alejandro Berenguer Guerrero, y los agentes Alejandro del Carmen Ruiz, Vicente Varillas Pérez y Abilio Cuadrado Benito. Tras ponerse al día reconstruyeron los hechos inspeccionando el molino y haciendo disparos con la escopeta del calibre 16mm. a través de los espacios rotos de la puerta “comprobando la posibilidad de que los disparos de autos pudieran haber sido hechos desde el exterior” en contra de la opinión de los técnicos locales. El siguiente paso fue interrogar a los cuatro familiares que fueron detenidos: los cuñados y Julián probaron su coartada.
 
Las sospechas se centraron en Pedro. Era una persona con un pasado oscuro que llevaba cinco años en Ciella. Antes había vivido en Salmantón (Álava) y allí se fueron los policías para confirmar la peligrosidad de ese sujeto. ¿Era él el asesino? Tal vez. En la pizarra de la policía había una serie de puntos contra Pedro Roqueñí:
 
  • Ser persona de mal vivir.
  • De soltero fue acusado por su hermano Salustiano de intentar envenenarle. Y eso que ambos estuvieron encuadrados en el mismo batallón de trabajadores de la compañía Elizalde del bando republicano.
  • Pudo comprobarse que, por mediación de su mujer, entonces novia, quiso envenenar a su futuro suegro.
  • En marzo de 1945 fue condenado a un año, ocho meses y veintiún días de prisión menor y a una indemnización de 1.300 pesetas por causar lesiones graves a su suegro.
  • Había tenido broncas y peleas con Hermenegildo. Con denuncias.
  • Tiene pasión por su madre, para la cual es su hijo predilecto. En la declaración de la madre, Alejandra Tercilla, no se alude a la ocultación de la escopeta a pesar de que declara el día once de enero y el arma se había escondido el siete de dicho mes. Esta fecha parece errónea.
  • La esposa de Pedro escapó del domicilio conyugal hacia Bilbao en el mes de diciembre y, Pedro, dijo que “si no regresaba, alguno de su familia lo pagaría” al parecer por creer que Hermenegildo trataba de sembrar cizaña en ese matrimonio.
  • En la mañana del crimen la esposa de Pedro habló junto al molino con su cuñado Hermenegildo. No se sabe de qué hablaron.
  • Pedro se presentó demasiado rápido en el molino. Llegó el primero a pesar de haber sido avisado el último.
  • La forma histriónica en que actuó ante el cadáver de su hermano. Esas exageradas muestras de dolor serían se supone serían para alejar sospechas.
  • La madre de Hermenegildo abandonó el domicilio de este -¿vivía con él?- en la misma mañana del suceso, trasladándose al de Pedro, para abandonar más tarde el pueblo de Ciella e instalarse en Salmatón (Álava), a unos 15 km, donde falleció el 25 de enero, circunstancia que los investigadores no encontraron clara ni normal. Según otro periódico falleció el 8 de enero de 1952. Pero, entonces, no podría haber declarado el día once de enero.
  • Alejandra acusaba a los dos cuñados asegurando Hermenegildo siempre la había tratado muy bien, lo cual no era cierto.
 
Visto lo visto los policías se llevaron a Pedro Roqueñí a Bilbao y en la Brigada de Información, tras interrogarlo, confesó.

 
Al anochecer del 5 de enero la madre, Alejandra Tercilla, dio la escopeta de Hermenegildo a Pedro para que la guardara. Temía que cualquier día Hermenegildo disparase a Julián. Pedro la escondió en una cabaña cerca de su casa. Pedro odiaba a su hermano, que le había amenazado en varias ocasiones, no pagaba una deuda de 12.500 pesetas que tenía con su madre, y le había robado un “mallo” y 2.500 pesetas. Además, Pedro asumía que Hermenegildo pretendía crear desavenencias en su matrimonio. El mismo día de Reyes le dijo su esposa que “Gildo” (Hermenegildo) quería verle a solas o ante quien quisiera, lo que pedro interpretó como una amenaza. Durante toda la tarde del 6 de enero, reconoce Pedro que, estuvo pensando cómo matar a su hermano. Hacia las doce de la noche, cogió la escopeta de su hermano y fue al molino. Miró a través de las tablas rotas de la puerta y localizó a Hermenegildo junto a la tolva y a su sobrino dormido a la izquierda. Introdujo los cañones de la escopeta por la parte baja de las tablas y, agachándose, disparó. No sabe si le dio primero en la cabeza o en el vientre. Salió corriendo hacia el pueblo abandonando la escopeta junto a la llamada "Casa Vieja", propiedad de su hermano. Entró en su casa, se acostó y simuló dormir. Un cuarto de hora más tarde fingió despertarse por los gritos de Julián y fue el primero en acudir al molino mostrando mucha ira y pena.
 
Dos horas después, aprovechando la confusión, Pedro trasladaba la escopeta a un carro junto a otra cabaña de Hermenegildo en Ciella. ¡Y se lo contó a su madre! Alejandra, que estaba convencida de que Pedro había matado a su hermano, decidió encubrirlo. ¿Estaría esta decisión relacionada con la muerte de la madre del fratricida? (independientemente de la fecha del óbito).
 
Durante el interrogatorio, uno de los agentes preguntó a Pedro si sentía remordimientos y contestó: “No, no los siento, porque estoy convencido de que, si Hermenegildo hubiera podido matarme a mi sin que se supiese, lo hubiera hecho”.

 
Tenemos claro, por tanto, que este sujeto vio entrar el verano en la cárcel de Bilbao. La vieja cárcel de Larrinaga… donde Pedro buscaba librarse de la condena. El siguiente episodio de la tragedia se produce en septiembre de ese 1952 cuando llega a Ciella el secretario del Juzgado de Instrucción número 1 de Bilbao, para conseguir de Cándida Pinedo y de Julián Roqueñí una declaración firmada favorable a Pedro. ¡¿Qué?! Eso mismo pensó la Guardia Civil del puesto de Artieta que detuvo al “secretario”. Resultó llamarse Manuel Sánchez Souto, de 24 años, soltero y domiciliado en Bilbao. Fue acusado por delito de coacción. Había sido enviado por Pedro para exigir a la madre e hijo de la víctima que declarasen a favor del asesino.
 
Porque Pedro estaba fastidiado. Su delito tenía varios posibles agravantes: nocturnidad, premeditación, alevosía, parentesco... Yo, que no soy abogado, creo que se le aplicaría el artículo 406 del código penal de 1944 condenándole a prisión mayor (un mínimo de veinte años) o muerte. Ya les anticipo que no le aplicaron garrote vil, pero, inicialmente fue condenado a muerte, aunque no se le ejecutó. Aunque piensen que veinte años por matar a un hermano es una condena aceptable. Y, seguro que como el franquismo era una dictadura la condena fue dura. Pues… no lo sé, pero en la Orden de 12 de junio de 1964 se le otorgaba la libertad condicional a Pedro Roqueñí Tercilla que cumplía condena en el penal del Dueso de Santoña (Cantabria). Doce años por matar a su hermano. ¿Dónde fue? ¿Volvió a Ciella de Mena?
 
 
  
Bibliografía:
 
Periódico “Pueblo”.
Periódico “Diario de Burgos”.
Periódico “Pensamiento Alavés”.
www.bisabuelos.com
Código Penal de 1944.
Boletín Oficial del Estado de España.
Periódico “La Vanguardia española”.
Google.
 

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