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domingo, 2 de junio de 2024

¿Cómo trabajó el Catastro de Ensenada en Medina de Pomar?

  
Recuperamos al Marqués de la Ensenada para agradecerle, nuevamente, su catastro. Gracias a esta obra fiscal tenemos una descripción clara de la corona de Castilla de mediados del siglo XVIII. Bueno, también ayudó que Fernando VI que fue quien ordenó a Zenón de Somodevilla y Bengoechea, modesto hidalgo nacido en La Rioja y que gracias al éxito de la entronización del infante Carlos en Nápoles fue nombrado marques de Ensenada en 1736.

 
En 1743 Felipe V lo trae a España para encomendarle cuatro ministerios: Hacienda, Guerra, Marina e Indias. Con respecto a la Hacienda, Zenón se percató de que necesitaban “pasta”, dinero. Tras la bancarrota de 1739, que había obligado a imponer a todos los pueblos un gravamen extraordinario, la décima, por el que todos los pueblos quedaron obligados a entregar el diez por ciento de todos sus ingresos y rentas, obligando a muchos a endeudarse. En esta situación Ensenada sabía que tendría que reformar el sistema tributario.
 
No se pueden imaginar cómo era el sistema existente: Pagaba solo en tercer estado, había una locura de tributos… Zenón quería que los tres estados contribuyesen por idénticos conceptos y en proporción exacta a la riqueza de cada uno. Y, claro, una simplificación radical del sistema impositivo. Para ello había que saber lo que cada vasallo tiene y sustituir los cientos de tributos por uno solo. ¡Genial! Pero los altos funcionarios, consejeros reales y demás patulea se opusieron a que se llevase a cabo el plan de reformas. ¿Se acabó? ¡No! Porque Fernando VI firmó un decreto promulgando lo pedido por Ensenada el 10 de octubre de 1749.

 
La investigación de lo que tenía cada ciudadano se ha llamado “Catastro de Ensenada”. Se promulgó la Ordenanza de Intendentes, nuevos cargos a los que se dotó de máxima autoridad en cada una de las 22 provincias en que estaba dividida por entonces la Corona de Castilla. Para la de Burgos, se nombró al extremeño Manuel de Vera y Zúñiga, marqués de Espinardo. Estos intendentes designaron en cada provincia a un número proporcionado de responsables de las averiguaciones en los pueblos, a los que se consideró jueces subdelegados. Estos eran, casi todos, abogados de los Reales Consejos o militares de alta graduación, especialmente comisarios ordenadores o coroneles. El elegido para averiguar Medina de Pomar y aldeas de su Jurisdicción fue Nicolás Fernández de la Peña. Cada subdelegado constituyó un equipo o audiencia, formada por un escribano para dar fe pública de todas las actuaciones, y varios oficiales y amanuenses, ayudados a veces por un agrimensor y un alguacil. Ninguno de los empleados del Catastro podía ser natural del lugar averiguado, ni tener intereses en él. El escribano debía ser obligadamente de "realengo", es decir, no elegido ni nombrado por ningún "señor" territorial o jurisdiccional. El que actuó en Medina fue Balthasar Ruiz de Temiño.
 
El procedimiento averiguador era sencillo. Se hacía llegar al pueblo a investigar un bando en el que el Intendente comunicaba a todos los vecinos el decreto del rey y la orden general de presentar en un plazo determinado una declaración, relación o memorial. Cada vecino cabeza de casa y cada forastero con bienes o rentas en ese pueblo, debía incluir en ese documento sus datos personales y familiares y una descripción, partida a partida, de todos sus bienes y rentas en esa localidad. Todos esos memoriales eran revisados por un grupo de peritos designados entre el pueblo y el subdelegado anotando en los márgenes del memorial las rectificaciones oportunas y añadiendo al final los bienes que se hubieran omitido por olvido o por picardía. Acabado el reconocimiento de tierras, casas y demás bienes, los miembros de la audiencia procedían a confeccionar los libros oficiales del Catastro, que eran varios y no solo el resumen que podemos obtener por la internet.

 
Por su parte, las autoridades del pueblo, con los peritos citados, el subdelegado y el escribano, debían responder a un interrogatorio de cuarenta preguntas, orientadas a un conocimiento general de la población y a obtener datos que serían básicos para la valoración de las partidas de los memoriales y libros oficiales. Son las respuestas a ese cuestionario el elemento al que llevamos recurriendo desde el inicio de este blog para conocer cómo era cada uno de los pueblos estudiados.
 
En el epígrafe del catastro llamado “Medina de Pomar” aparece también los barrios de Villacomparada y Pomar y las granjas de San Miguel, San Juan y la Zarzosa. Por tamaño, Medina contaba con unos 1.075 habitantes sin incluir el clero con el que llegarían a 1.200. Recordemos la existencia del convento de Santa Clara con treinta y dos monjas profesas, una novicia y cuatro criadas de clausura y tres frailes franciscanos que habitan en el hospicio que estaba en su compás. Sumemos los franciscanos del convento homónimo -cuarenta y cuatro- y el convento de San Pedro, de agustinas calzadas, con veintitrés monjas y dos criadas. Con respecto a la casa de Felipe Neri surgía el problema de cómo catalogar a sus dos presbíteros dadas las peculiaridades de esta casa.

 
El subdelegado Fernández de la Peña, envió el 2 de mayo de 1752 desde Nofuentes una carta a la Justicia de Pomar acompañada del Bando y el cuestionario del catastro. El alcalde de Medina de Pomar ordenó al pregonero avisar a los vecinos del concejo público y abierto para el 24 de mayo. La reunión de esa tarde de miércoles sería tensa si pensamos que 182 de los 244 vecinos -que no habitantes- de Medina eran "nobles", por lo que el Catastro no parecía venir a aliviarles a ellos sino a igualarlos a los pecheros. El bando citado daba un plazo para que todos hicieran y entregaran sus declaraciones. ¡Ni de palo! La entrega se demoraría meses. Fernández de la Peña mandó otra carta el 17 de agosto asumiendo que ya tenían los memoriales recogidos y que, por ello, enviaría a su escribano el domingo día 20 de agosto. Como seguro que tenía “la mosca detrás de la oreja” o mucha experiencia en estas visitas, Fernández de la Peña incluía una amenaza de sanción si buscaban retrasar el interrogatorio.
 
Al final, el subdelegado se retrasa y a primeros de noviembre reclama los memoriales con premura para examinarlos antes de llegar a Medina de Pomar. Para el 22 de noviembre solo habían llegado trece memoriales. El subdelegado devolvió las halladas defectuosas para que se subsanasen, pero no recogieron ningún memorial nuevo. Se sucederán las peticiones de memoriales. El subdelegado llegará a Medina de Pomar el 10 de enero de 1753, a la caída de la tarde. Pero en Castilla el relevo de alcaldes se hacía en nochevieja, por lo que el alcalde al que ahora se dirige el subdelegado dirá no saber nada del asunto. Se trató de Alejo de Cariaga y Velasco, designado por el señor de la villa, el duque de Frías, como alcalde ordinario por el estado de hijosdalgo.

 
Vuelta a empezar: publicar el bando… relación de pobres y analfabetos… Ese día, tras advertir al alcalde saliente -Joseph González Trechuelo- de que eran muy pocos los memoriales recogidos, el subdelegado amplió el plazo en tres días. Y se publicó la sanción a los incumplidores: 50 ducados (555 reales de vellón), el salario de un jornalero por 185 días de trabajo.
 
Veinticuatro horas después se repiten los pregones Insistiendo en la participación de las comunidades eclesiásticas y ordenando al ayuntamiento que entregue la lista de los vecinos, moradores y habitantes que hay en Medina de Pomar, con el nombre y apellido de cada uno. Se recalcó que se encarcelaría a los morosos. Los rectores del cabildo eclesiástico de la villa y las señoras abadesas de los conventos de Santa Clara y San Pedro respondieron al subdelegado que lo antes posible redactarían las respectivas relaciones y las entregarían en la audiencia.
 
Los resultados empezaron a verse el 20 de enero: llega la lista de las aldeas y la de los vecinos y moradores, tanto legos como eclesiásticos. Se cotejan con las declaraciones recibidas y se avisa -de nuevo- a los que no han presentado su estado de cuentas. A su vez, se publica -de nuevo- el bando para que nadie alegue ignorancia. El subdelegado se centra en las aldeas de Medina, mucho más sencillas de censar por su pequeña dimensión, que oscilaba entre los cuarenta y dos vecinos de Salinas de Rosio y la viuda que habitaba en Larrad o el hombre que vivía solo en Lechedo.

 
A mediados de abril -¡abril de 1753!- designaron a los peritos, que “habrían de ser personas de la mejor opinión, ynteligentes en las tierras del término, sus envidas, calidades, productos, oficios, tratos, comercios, granjerías, industrias, familias, ganados, colmenas y demás utilidades de cada persona del pueblo, debiendo dar recado de atención al cura más antiguo para que asista como persona imparcial”. El recado al cura -Manuel Silvestre Ezquerra- es llevado por el propio subdelegado acompañado de Francisco Esteban Zorrilla, regidor por el estado noble, que tenía reservado el honor del primer voto en los concejos. El cura dijo que “estaba prompto a concurrir a quanto sea del real servicio”. Debemos agradecer que, al menos una persona, se comprometió a actuar sin dilación. Seguro. Sin ironía.
 
En la mañana del 14 de abril de 1753 el subdelegado debió haber ordenado repique de campanas. ¡Por fin, reunión plenaria! Se reunieron el subdelegado, Nicolás Fernández de la Peña, el alcalde noble Alejo Cariaga, el alcalde por el estado general, Manuel del Campo, los regidores nobles Francisco Esteban Zorrilla y Francisco Chábarri, los equivalentes llanos Juan de Pereda y Matheo López, y junto a ellos Valentín García, procurador síndico general -curiosamente solamente había uno y del estado noble-. Los peritos principales nombrados fueron Joseph López Linares, Bernabé de Villota, Simón Fernández Hidalgo y Juan de Varanda. El subdelegado se vio obligado a aceptar cuatro peritos adjuntos por presión de los capitulares: Joseph González Trechuelo (alcalde saliente y quien recibió quejas del subdelegado por el retraso de las pesquisas), Pedro Fernández de Mardones, Juan González Trechuelo y Thomás López Borricón.

 
La edad de los capitulares oscilaba entre 30 y 46 años. Los peritos, en cambio, rondaban los sesenta. Como curiosidad, los Trechuelo eran mellizos, de 53 años. Esta selección de edades procedía de la creencia de que edad, conocimiento y experiencia van de la mano. Y porque esas edades eran sugeridas por la normativa catastral para los peritos. El cura tenía 49 años (y era noble) y el escribano de ayuntamiento, el citado Céspedes (51), que también estarían presentes en el acto que se iba a celebrar de inmediato.
 
Todos prestaron juramento, menos el cura que no tenía la consideración de declarante, y el subdelegado, tras esto, manifestó que a quienes dijeran verdad Dios les ayude y favorezca, y a quien no, se lo pida y demande, formulando de seguido la primera pregunta: “¿Cómo se llama la Población?”
 
Las respuestas a las preguntas del investigador ocuparon buena parte del mes de mayo de 1753, siguiendo la audiencia durante esas semanas ayudando a los vecinos a formalizar sus declaraciones y a revisar las que iban entregando para comprobar que eran legibles y estaban completas.
 
El intendente de Burgos obligó a que los vecinos entregaran sus memoriales divididos en cuatro hojas o pliegos sueltos, anotando en cada uno las tierras que tenían en cada uno de los aires: cierzo, solano, regañón y ábrego. Esta medida permitió que el 30 de mayo el subdelegado formara cuatro equipos con los ocho peritos. A Villota y a uno de los Trechuelo les asignó la revisión de todas las tierras al cierzo. A Linares y Mardones, las de solano. A Varanda y Borricón, las del ábrego. Y a Hidalgo y a José Trechuelo, las de regañón. Les llevó un mes comprobar esos pliegos. Cada equipo estuvo acompañado por un miembro de la audiencia. Cuando terminaron devolvieron los memoriales y firmaron un documento declarando “haber visto con el mayor cuydado y reflexión las tierras del término, pieza por pieza, casas, molinos, personas, familias, tratos, comercios, industrias, ganados y demás del territorio y pueblo” y confirmando la veracidad de lo declarado.

 
El día 5 de julio la audiencia se puso a hacer los libros oficiales, pasando a limpio toda la información de los memoriales con las correcciones y adiciones de los peritos. Se obtuvieron gruesos volúmenes conservados en el Archivo de la Diputación de Burgos. Las cuarenta respuestas al cuestionario básico, en cambio, se puede consultar online. Pensemos que los libros con los bienes de los legos y de los eclesiásticos constan de 527 y 416 hojas respectivamente (1.054 y 832 páginas) manuscritas. Es una abrumadora acumulación de datos.
 
Hechos los libros se cerró el trabajo con un acto institucional: la reunión de todos los capitulares y vecinos de Medina de Pomar para proceder, durante días, a la lectura pública de todo lo recogido en los libros, por si algún ciudadano encontraba algo incorrecto, levantándose acta de las discrepancias y adoptando las medidas precisas para depurar la verdad.

 
Y tras el acta, una serie de “facturas” registrando lo pagado a los peritos por el reconocimiento; a los alguaciles por sus recados y avisos; y a cada uno de los miembros de la audiencia por sus salarios, de los que debían detraer el pago de camas y mantenimiento. Por cincuenta días de trabajo el subdelegado cobró 1.500 reales, el escribano 1.100 reales, el oficial 600 reales y dos escribientes 400 reales cada uno. A los peritos se les pagó 700 reales, y al alguacil 36 reales. En papel se gastaron 46 reales y en el viaje de conducción de todos los papeles del Catastro de Medina a Burgos, 60 reales. Un total de 4.832 reales le costó al rey la averiguación encaminada a mejorar la recaudación entre los vasallos de Medina de Pomar, poco más de lo gastado ese año en las fiestas de la villa.
 
Sobre lo que se registró para la posteridad… la semana próxima.
 
 
 
Bibliografía:
 
“La villa de Medina de Pomar en sus respuestas al interrogatorio del Catastro de Ensenada”. Concepción Camarero Bullón y Concepción Fidalgo Hijano.
Respuestas al Catastro del Marqués de la Ensenada de la villa de Medina de Pomar.
 
 

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