Cuando miramos el mapa de Las Merindades nos encontramos
con dos salientes en el extremo derecho del mismo que circundan un valle que
pertenece a Álava -provincia, por cierto, llena de requiebros en su contorno-. ¿Y
si les dijera que ese valle fue parte de Las Merindades? ¿Quieren saber cómo
ocurrió el cambio?
Conocemos el avance repoblador cristiano que ascendió por
Mena y giró hacia Losa y Valdegovía (obispo Juan de Valpuesta, año 804). La muerte
de Alfonso I de Aragón y Pamplona (1073-1134), llamado "El Batallador", desintegró
su reino aragonés-navarro-castellano. Entonces Alfonso VII de León
fue rescatando las zonas desmembradas de sus reino. Inició el asalto por La
Rioja mientras Álava permanecía en poder del rey de Pamplona, pero no toda
Álava era dominada por Pamplona, puesto que la ribera izquierda del Ebro, junto
con el Valle de Valdegovía, Cárcamo, Espejo y el término de Miranda por el
Zadorra hasta Armiñón y de esta villa hacia Salinas de Añana continuaba en Castilla.
Centrándonos en Valdegovía, en el siglo X constituía una
demarcación, como los Valles de Losa y Mena. La existencia de demarcaciones sin
auténtico centro constituye una interpretación que puede ser aplicada al
conjunto de los territorios de la más primitiva Castella Vetula.
A comienzos del siglo XIV ocupaba el cargo de Adelantado Mayor
de Castilla Juan Sánchez de Velasco, mientras que el uno de septiembre de 1348
el rey donó a Juan Fernández de Velasco el oficio de Merino Mayor de Castilla,
privilegio que confirmarían los sucesivos monarcas. Poco después Juan I
ordenaba que Castilla Vieja no tuviera más Merinos que los nombrados por los
Velasco, de manera que se desgajará del Adelantamiento una de sus Merindades
Menores más extensas que agrupaba todo el sector noreste de las tierras de
Burgos, Álava, Santander y Logroño.
La segunda mitad del siglo XIV va a significar en las
tierras vascas el punto álgido de las luchas y rivalidades banderizas de los
parientes mayores. El orden interior y la seguridad tanto de las personas como
de los bienes se convirtió en un grave problema. La reacción vendría del poder
público del rey como de las villas, y fruto del esfuerzo común de ambas fuerzas
será el nacimiento de las Hermandades de Álava y Guipúzcoa, así como el
reforzamiento de las competencias penales de las Juntas de las Encartaciones y
de Vizcaya.
Las noticias acerca de la Hermandad de Álava con
aspiraciones provinciales arranca de la época en que Juan II era menor de edad
(1417). El 6 de febrero de ese año una Real Cédula otorgada por la reina madre
Doña Catalina narra cómo la iniciativa de formar una Hermandad y dotarla de unas
ordenanzas que aseguraran su funcionamiento nace de tres villas: Vitoria,
Treviño y Salvatierra. La causa que las impulsaba eran razones de orden público
debido a la necesidad de poner freno a los crímenes y violencias que se venían
cometiendo. El contenido de la Cédula Real concretaba que en las villas,
tierras y comarcas se habían cometido y perpetrado graves delitos, nocturnos y
diurnos, robando bienes y viandas de poblados y matando sin razón a gente. Esta
Hermandad, así como sus capítulos, ordenanzas o reglamento se enviaron al Rey en
febrero de 1417 para su aprobación. En ellos se contenían atribuciones y
facultades jurisdiccionales tanto procesales como penales.
Pero estas tres villas aspiraban a dar un alcance comarcal
a su hermandad. El ámbito territorial abarcaba el elenco de comunidades locales
alavesas que fueron requeridas para su integración. El monarca no ordenó el
ingreso en la hermandad con ninguna amenaza pecuniaria para los desobedientes,
sino que se limitó a negarles los auxilios y la protección de la proyectada
Hermandad. Por ello no resulta atípico que la nueva hermandad no lograra reunir
en su seno a todas las villas y hermandades menores a las que se transmitió el mandato
regio. Lo más probable es que esta primera hermandad de 1417 no fructificara,
puesto que no se la menciona hasta que Enrique IV, en 1458, constituye la
Hermandad de nuevo.
Tampoco desaparecieron inmediatamente las luchas
banderizas, pues la Crónica de Juan II nos informa que en el año 1441 se
formaron algunos bandos, de gente popular, por causa del conde de Castañeda y
de Íñigo López de Mendoza, enfrentados entre sí, bandos a los que denomina
Hermandades. Estas Hermandades populares nada tienen que ver con la hermandad
de las villas y tierras alavesas.
A la vez funcionaban otras Hermandades menores locales que
no hay que confundir con la Hermandad provincial de villas y lugares. A estas
Hermandades menores se dirigió en varias ocasiones el monarca Juan II, al
objeto de que constituyeran una Hermandad regional que abarcara Guipúzcoa,
Vizcaya, Santander, Álava, el norte de Burgos y una extensa zona de la Rioja:
"...mis
cibdades e villas e lugares del mi condado e Sennorio de Vizcaya, con las
Encartaciones e de la mi Provincia e Tierra e merindad de Guipuzcoa e de las
hermandades de la dicha tierra e de las cibdades de Bitoria e Orduña con las
quatorce hermandades e tierra de Álava, e de las villas de Valmaseda e tierra
de Mena con la dicha tierra de las Encartaciones e de la mi cibdad de Frias e
de las villas de Miranda e Pancorbo e de la cibdad de Santo Domingo de la
Calzada e de la merindad de Trasmiera e de las villas de Santander e de Sant
Vicente de la Barquera e del valle de Valdegobia et tierra de Loza e Val de
Hangulo e de la villa de Laredo".
Durante la Edad Media los pueblos del Valle de Valdegovía
formaban parte de la Merindad de Castilla Vieja, tal como consta en el Libro
Becerro de las Behetrías redactado en el siglo XIV, de lo que se infiere que
era realengo. Igualmente, los cartularios de San Millán y de Valpuesta muestran
la conformidad geográfico-política con los Valles de Losa y Tobalina. La
primera noticia de la que tenemos constancia sobre la pertenencia del valle de
Valdegovía a las siete Merindades de Castilla Vieja se remonta al año 1269,
donde se cita la "merindad de Castilla
Vieja et de Valdegouia".
Entre los pueblos alaveses que pagaban "Reja" a San Millán quedaban excluidos los de Valdegovía, sencillamente porque no
pertenecían a Álava, y cuando hacia el año 1143 se redactan los falsos
"Votos de San Millán" pagarán regiones claramente delimitadas como el
río Omencillo, San Saturio y Lantarón que parece que nada tienen que ver con el
resto de los lugares alaveses en él mencionados. Esta especie zona de nadie se
confirmará con el fuero de Cerezo de Río Tirón, en el que se incluye casi todo
el sector sur de Valdegovía.
Una nueva pista sobre la situación del valle a estudio lo
refleja el Fuero de Miranda de Ebro (1099) cuyo precepto trigésimo tercero regula
la competencia judicial y el procedimiento a seguir con los vecinos de las
regiones limítrofes. Cita diferenciados los lugares de Álava, Losa y Valdegovía.
Los pueblos de Valdegovía comenzaron a relacionarse con la
Hermandad de Álava debido a la existencia de malhechores, surgiendo
posteriormente las pretensiones de considerarse incluidos en la provincia y
Hermandades de Álava y no con la de Burgos. El plano político, cultural, religioso
y administrativo, durante la Edad Media, el Valle siguió los mismos derroteros
que las siete Merindades de Castilla Vieja. Sus pueblos se regían por sus
concejos y las competencias referidas al bien común eran tratadas por los
regidores de cada pueblo, reunidos en Junta de Hermandad.
Eclesiásticamente perteneció a la diócesis de Valpuesta
pasando luego a Burgos y quedando en Calahorra según lo dispuesto en la
Concordia de 1229 entre el obispo de Burgos, Don Mauricio, y el Obispo de
Calahorra, Don Juan, junto a los de Vitoria, Villanueva Guinea, Cárcamo,
Fresneda y Osma.
La procedencia y el estatuto jurídico de los pobladores de
la zona la vemos en los fueros de los que disfrutaron varios de los pueblos del
valle, como Salinas de Añana, donde se observa que estos no se funden en un
único e idéntico régimen legal a pesar de su comunidad vecinal. El fuero enumera
en primer lugar a los pobladores de señorío abadengo. Se trata de los tres
monasterios castellanos con temprana y fuerte participación en las salinas: San
Salvador de Oña, San Millán de la Cogolla y Santo Domingo de Silos. Los hombres
de estos tres abadengos continuarán sometidos a la potestad señorial de sus
respectivos abades, aunque disfrutarán de los privilegios otorgados en el fuero.
El resto de los pobladores quedan sometidos en todo a la potestad señorial del
rey.
El fuero de Salinas no contemplaba la posibilidad de un
infanzón entre sus pobladores, ni la de collazos o labradores solariegos
procedentes de las tierras de los infanzones y caballeros de Álava, o de otra
comarca. Tampoco organizaba a los pobladores en un concejo autónomo, ni les
otorgaba privilegios administrativos o de autogobierno.
Una cosa buena de los fueros es que fijan los límites de
los alfoces. Lo malo es que los límites del valle sufrieron alteraciones: en algún
momento de la baja Edad Media el Valle de Valdegovía estuvo incluido en el
condado castellano de Lantarón; y cuando las fronteras entre Castilla y Navarra
adquieren cierta estabilidad Alfonso VIII emprendió una profunda reforma
administrativa en Castilla, poniendo mucho empeño en revitalizar la cuenca del
Alto Ebro castigada por las guerras por lo que transformará los antiguos
alfoces en merindades, asignándoles un carácter administrativo y judicial, más
que militar, renovación que tiene lugar en el tránsito de los siglos XII al XIII
y de la que se beneficiará el Valle de Valdegovía.
La información que nos proporciona el Libro Becerro de las
Behetrías permite realizar aportaciones de interés respecto a la historia
política, social, económica e institucional. Así el profesor Ángel FerrariNúñez sitúa la Castilla Montuosa en la zona de Villarcayo, Sedano, Briviesca y
Miranda, incluyendo los ayuntamientos de Salinas de Añana, Valdegovía y
Arciniega, así como otros lugares que pertenecían a la vieja Merindad,
desconociéndose si se adscribían a las modernas Juntas Generales.
Otra de las líneas de unión con Las Merindades es la
presencia, en el valle de Valdegovía, de pueblos y heredades de solariego
ligados al linaje de los Velasco y de los Salazar: Pedro Fernández de Velasco
recibió la de Quintanilla; El Señorío de los Salazar se encontraba afincado en
Nograro, donde tenían uno de sus centros de poder (el otro se encontraba en La
Cerca, en el Valle de Losa).
El hecho de que Valdegovía figurase en las Ordenanzas de
Ribabellosa datadas el 11 de octubre de 1463 no implica que el valle
perteneciese administrativamente a Álava en esta fecha. Igualmente formaban
parte de la Hermandad de Miranda Pancorbo y Orduña, villas que nunca
pertenecieron a la hermandad de Álava. Esto se debe a una razón de interés
común, como era la consecución del orden y la persecución de malhechores, lo
que implicó la unión de varias villas para evitar intranquilidades, sin
participar de los privilegios y franquicias que pudieran tener las villas hermanadas,
limitándose los Cuadernos de Ordenanzas a evitar y perseguir en los pueblos las
muertes, robos y otras atrocidades que arrastraba la carencia de gobierno.
A finales del siglo XVI aparecen en el Valle de Valdegovía
administrando justicia los Alcaldes Mayores. La influencia del linaje de los
Velasco no llegó a impedir el gobierno de los Alcaldes Mayores, ya que los
límites jurisdiccionales no estaban totalmente delimitados y estos oficiales se
denominaban "Alcalde y Justicia Mayor
de las siete Merindades y tierras de Valdegovía".
La jurisdicción de sus Alcaldes se extendía a conocer
todos los negocios civiles y de las causas criminales, pudiendo apelar los
vecinos del Valle de Valdegovía los autos y sentencias de sus Alcaldes ante el
Alcalde Mayor de las Merindades de Castilla Vieja, y este podía mandar traer
los autos "con lo anejo y
pendiente", tal como consta en ejecutoria.
El Doctor Mendizábal, Oidor de la Chancillería de
Valladolid, fue comisionado en 1559 por Felipe II, a la muerte del IV
Condestable de Castilla, Pedro Fernández de Velasco, para detraer de esta
familia la jurisdicción de las siete Merindades de Castilla Vieja, debido a los
abusos que dicho linaje cometía, principalmente en lo referente al cobro de
portazgo y alcabalas. Dicho Oidor, a través de ejecutoria dada en Madrid el 29
de septiembre de 1564, ordenaba al Adelantado y su Alcalde Mayor se abstuvieran
de conocer las apelaciones de la villa de Mijangos y del Valle de Valdegovía, "que pertenecían al Corregidor de
Castilla Vieja". Igualmente firmaba otra ejecutoria, dada en Medina de
Pomar el 5 de diciembre de 1565, por la que se ordenaba al Valle de Valdegovía
que las apelaciones del juzgado fuesen a dichos Corregidores.
La competencia jurisdiccional del Corregimiento de las Siete
Merindades de Castilla Vieja englobaba el territorio de estas y ello motivó no
pocas fricciones, así como peticiones de inhibición de justicia con varias
jurisdicciones colindantes, como la de los Velasco en Medina de Pomar. En lo
civil y en lo penal, el Corregidor de las siete Merindades era juez de primera
instancia. Su labor judicial la efectuaba en la Audiencia y Juzgado de las
Merindades, situada en Villarcayo y, si no ostentaba la condición de jurista,
este cometido lo efectuaban los Tenientes. De sus sentencias conocían en
apelación o alzada los Regidores del lugar.
Continuamos la próxima semana.
Bibliografía:
"El Valle de Valdegovía. Diez siglos de transición.
De origen castellano a su incorporación administrativa a Álava". Rafael
Sánchez Domingo, Profesor Titular de Historia del Derecho (Universidad de
Burgos)
Puede interesarles:
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Villasana de Mena: provincia de Santander. ¿O es Vizcaya?
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ResponderEliminarArea Patriniani (4 de mayo a las 23:59)
La hermandad de 1463 fue una hermandad en toda regla, otra cosa es que Miranda, Pancorbo, Saja, villalba y Losas de Suso se separaran de la hermandad entre 1463 y 1502, año en que no aparecen pero si se añaden Antoñana, Santa Cruz, Lagran, Peñacerrada, Labastida, Salinillas y Berantevilla. En 1515 se procedió a encuadrillar las tierras y Valdegobia aparece también dentro de la hermandad. El origen de que Valdegobia forme parte de Álava esta en esas ordenanzas de hermandad de 1463. Véase la gran documentada obra del desaparecido Gonzalo Martinez Diez: "Álava medieval" De todas estoy con lo que viene a decir el articulo, y es que el oeste del río bayas siempre a mirado mas a Castilla (o a Burgos lo q es lo mismo) que a el resto de provincias vascas (y de navarra ni te cuento).