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lunes, 4 de mayo de 2015

Valdegovía: "Merindades en Álava": Prolegómenos


Cuando miramos el mapa de Las Merindades nos encontramos con dos salientes en el extremo derecho del mismo que circundan un valle que pertenece a Álava -provincia, por cierto, llena de requiebros en su contorno-. ¿Y si les dijera que ese valle fue parte de Las Merindades? ¿Quieren saber cómo ocurrió el cambio?


Valpuesta (marcado por Google) y su entorno: Valdegovía y Losa

Conocemos el avance repoblador cristiano que ascendió por Mena y giró hacia Losa y Valdegovía (obispo Juan de Valpuesta, año 804). La muerte de Alfonso I de Aragón y Pamplona (1073-1134), llamado "El Batallador", desintegró su reino aragonés-navarro-castellano. Entonces Alfonso VII de León fue rescatando las zonas desmembradas de sus reino. Inició el asalto por La Rioja mientras Álava permanecía en poder del rey de Pamplona, pero no toda Álava era dominada por Pamplona, puesto que la ribera izquierda del Ebro, junto con el Valle de Valdegovía, Cárcamo, Espejo y el término de Miranda por el Zadorra hasta Armiñón y de esta villa hacia Salinas de Añana continuaba en Castilla.

Centrándonos en Valdegovía, en el siglo X constituía una demarcación, como los Valles de Losa y Mena. La existencia de demarcaciones sin auténtico centro constituye una interpretación que puede ser aplicada al conjunto de los territorios de la más primitiva Castella Vetula.

Alfonso I de Aragón  (Pradilla 1879)


A comienzos del siglo XIV ocupaba el cargo de Adelantado Mayor de Castilla Juan Sánchez de Velasco, mientras que el uno de septiembre de 1348 el rey donó a Juan Fernández de Velasco el oficio de Merino Mayor de Castilla, privilegio que confirmarían los sucesivos monarcas. Poco después Juan I ordenaba que Castilla Vieja no tuviera más Merinos que los nombrados por los Velasco, de manera que se desgajará del Adelantamiento una de sus Merindades Menores más extensas que agrupaba todo el sector noreste de las tierras de Burgos, Álava, Santander y Logroño.

La segunda mitad del siglo XIV va a significar en las tierras vascas el punto álgido de las luchas y rivalidades banderizas de los parientes mayores. El orden interior y la seguridad tanto de las personas como de los bienes se convirtió en un grave problema. La reacción vendría del poder público del rey como de las villas, y fruto del esfuerzo común de ambas fuerzas será el nacimiento de las Hermandades de Álava y Guipúzcoa, así como el reforzamiento de las competencias penales de las Juntas de las Encartaciones y de Vizcaya.



Las noticias acerca de la Hermandad de Álava con aspiraciones provinciales arranca de la época en que Juan II era menor de edad (1417). El 6 de febrero de ese año una Real Cédula otorgada por la reina madre Doña Catalina narra cómo la iniciativa de formar una Hermandad y dotarla de unas ordenanzas que aseguraran su funcionamiento nace de tres villas: Vitoria, Treviño y Salvatierra. La causa que las impulsaba eran razones de orden público debido a la necesidad de poner freno a los crímenes y violencias que se venían cometiendo. El contenido de la Cédula Real concretaba que en las villas, tierras y comarcas se habían cometido y perpetrado graves delitos, nocturnos y diurnos, robando bienes y viandas de poblados y matando sin razón a gente. Esta Hermandad, así como sus capítulos, ordenanzas o reglamento se enviaron al Rey en febrero de 1417 para su aprobación. En ellos se contenían atribuciones y facultades jurisdiccionales tanto procesales como penales.

Pero estas tres villas aspiraban a dar un alcance comarcal a su hermandad. El ámbito territorial abarcaba el elenco de comunidades locales alavesas que fueron requeridas para su integración. El monarca no ordenó el ingreso en la hermandad con ninguna amenaza pecuniaria para los desobedientes, sino que se limitó a negarles los auxilios y la protección de la proyectada Hermandad. Por ello no resulta atípico que la nueva hermandad no lograra reunir en su seno a todas las villas y hermandades menores a las que se transmitió el mandato regio. Lo más probable es que esta primera hermandad de 1417 no fructificara, puesto que no se la menciona hasta que Enrique IV, en 1458, constituye la Hermandad de nuevo.

Escudo de Álava


Tampoco desaparecieron inmediatamente las luchas banderizas, pues la Crónica de Juan II nos informa que en el año 1441 se formaron algunos bandos, de gente popular, por causa del conde de Castañeda y de Íñigo López de Mendoza, enfrentados entre sí, bandos a los que denomina Hermandades. Estas Hermandades populares nada tienen que ver con la hermandad de las villas y tierras alavesas.

A la vez funcionaban otras Hermandades menores locales que no hay que confundir con la Hermandad provincial de villas y lugares. A estas Hermandades menores se dirigió en varias ocasiones el monarca Juan II, al objeto de que constituyeran una Hermandad regional que abarcara Guipúzcoa, Vizcaya, Santander, Álava, el norte de Burgos y una extensa zona de la Rioja:

"...mis cibdades e villas e lugares del mi condado e Sennorio de Vizcaya, con las Encartaciones e de la mi Provincia e Tierra e merindad de Guipuzcoa e de las hermandades de la dicha tierra e de las cibdades de Bitoria e Orduña con las quatorce hermandades e tierra de Álava, e de las villas de Valmaseda e tierra de Mena con la dicha tierra de las Encartaciones e de la mi cibdad de Frias e de las villas de Miranda e Pancorbo e de la cibdad de Santo Domingo de la Calzada e de la merindad de Trasmiera e de las villas de Santander e de Sant Vicente de la Barquera e del valle de Valdegobia et tierra de Loza e Val de Hangulo e de la villa de Laredo".

Durante la Edad Media los pueblos del Valle de Valdegovía formaban parte de la Merindad de Castilla Vieja, tal como consta en el Libro Becerro de las Behetrías redactado en el siglo XIV, de lo que se infiere que era realengo. Igualmente, los cartularios de San Millán y de Valpuesta muestran la conformidad geográfico-política con los Valles de Losa y Tobalina. La primera noticia de la que tenemos constancia sobre la pertenencia del valle de Valdegovía a las siete Merindades de Castilla Vieja se remonta al año 1269, donde se cita la "merindad de Castilla Vieja et de Valdegouia".



Entre los pueblos alaveses que pagaban "Reja" a San Millán quedaban excluidos los de Valdegovía, sencillamente porque no pertenecían a Álava, y cuando hacia el año 1143 se redactan los falsos "Votos de San Millán" pagarán regiones claramente delimitadas como el río Omencillo, San Saturio y Lantarón que parece que nada tienen que ver con el resto de los lugares alaveses en él mencionados. Esta especie zona de nadie se confirmará con el fuero de Cerezo de Río Tirón, en el que se incluye casi todo el sector sur de Valdegovía.

Una nueva pista sobre la situación del valle a estudio lo refleja el Fuero de Miranda de Ebro (1099) cuyo precepto trigésimo tercero regula la competencia judicial y el procedimiento a seguir con los vecinos de las regiones limítrofes. Cita diferenciados los lugares de Álava, Losa y Valdegovía.

Los pueblos de Valdegovía comenzaron a relacionarse con la Hermandad de Álava debido a la existencia de malhechores, surgiendo posteriormente las pretensiones de considerarse incluidos en la provincia y Hermandades de Álava y no con la de Burgos. El plano político, cultural, religioso y administrativo, durante la Edad Media, el Valle siguió los mismos derroteros que las siete Merindades de Castilla Vieja. Sus pueblos se regían por sus concejos y las competencias referidas al bien común eran tratadas por los regidores de cada pueblo, reunidos en Junta de Hermandad.

Ejemplo Becerro de Behetrías: Acevedo


Eclesiásticamente perteneció a la diócesis de Valpuesta pasando luego a Burgos y quedando en Calahorra según lo dispuesto en la Concordia de 1229 entre el obispo de Burgos, Don Mauricio, y el Obispo de Calahorra, Don Juan, junto a los de Vitoria, Villanueva Guinea, Cárcamo, Fresneda y Osma.

La procedencia y el estatuto jurídico de los pobladores de la zona la vemos en los fueros de los que disfrutaron varios de los pueblos del valle, como Salinas de Añana, donde se observa que estos no se funden en un único e idéntico régimen legal a pesar de su comunidad vecinal. El fuero enumera en primer lugar a los pobladores de señorío abadengo. Se trata de los tres monasterios castellanos con temprana y fuerte participación en las salinas: San Salvador de Oña, San Millán de la Cogolla y Santo Domingo de Silos. Los hombres de estos tres abadengos continuarán sometidos a la potestad señorial de sus respectivos abades, aunque disfrutarán de los privilegios otorgados en el fuero. El resto de los pobladores quedan sometidos en todo a la potestad señorial del rey.

El fuero de Salinas no contemplaba la posibilidad de un infanzón entre sus pobladores, ni la de collazos o labradores solariegos procedentes de las tierras de los infanzones y caballeros de Álava, o de otra comarca. Tampoco organizaba a los pobladores en un concejo autónomo, ni les otorgaba privilegios administrativos o de autogobierno.

Juan II de Castilla (Cartuja de Miraflores)


Una cosa buena de los fueros es que fijan los límites de los alfoces. Lo malo es que los límites del valle sufrieron alteraciones: en algún momento de la baja Edad Media el Valle de Valdegovía estuvo incluido en el condado castellano de Lantarón; y cuando las fronteras entre Castilla y Navarra adquieren cierta estabilidad Alfonso VIII emprendió una profunda reforma administrativa en Castilla, poniendo mucho empeño en revitalizar la cuenca del Alto Ebro castigada por las guerras por lo que transformará los antiguos alfoces en merindades, asignándoles un carácter administrativo y judicial, más que militar, renovación que tiene lugar en el tránsito de los siglos XII al XIII y de la que se beneficiará el Valle de Valdegovía.

La información que nos proporciona el Libro Becerro de las Behetrías permite realizar aportaciones de interés respecto a la historia política, social, económica e institucional. Así el profesor Ángel FerrariNúñez sitúa la Castilla Montuosa en la zona de Villarcayo, Sedano, Briviesca y Miranda, incluyendo los ayuntamientos de Salinas de Añana, Valdegovía y Arciniega, así como otros lugares que pertenecían a la vieja Merindad, desconociéndose si se adscribían a las modernas Juntas Generales.

Otra de las líneas de unión con Las Merindades es la presencia, en el valle de Valdegovía, de pueblos y heredades de solariego ligados al linaje de los Velasco y de los Salazar: Pedro Fernández de Velasco recibió la de Quintanilla; El Señorío de los Salazar se encontraba afincado en Nograro, donde tenían uno de sus centros de poder (el otro se encontraba en La Cerca, en el Valle de Losa).



El hecho de que Valdegovía figurase en las Ordenanzas de Ribabellosa datadas el 11 de octubre de 1463 no implica que el valle perteneciese administrativamente a Álava en esta fecha. Igualmente formaban parte de la Hermandad de Miranda Pancorbo y Orduña, villas que nunca pertenecieron a la hermandad de Álava. Esto se debe a una razón de interés común, como era la consecución del orden y la persecución de malhechores, lo que implicó la unión de varias villas para evitar intranquilidades, sin participar de los privilegios y franquicias que pudieran tener las villas hermanadas, limitándose los Cuadernos de Ordenanzas a evitar y perseguir en los pueblos las muertes, robos y otras atrocidades que arrastraba la carencia de gobierno.

A finales del siglo XVI aparecen en el Valle de Valdegovía administrando justicia los Alcaldes Mayores. La influencia del linaje de los Velasco no llegó a impedir el gobierno de los Alcaldes Mayores, ya que los límites jurisdiccionales no estaban totalmente delimitados y estos oficiales se denominaban "Alcalde y Justicia Mayor de las siete Merindades y tierras de Valdegovía".

La jurisdicción de sus Alcaldes se extendía a conocer todos los negocios civiles y de las causas criminales, pudiendo apelar los vecinos del Valle de Valdegovía los autos y sentencias de sus Alcaldes ante el Alcalde Mayor de las Merindades de Castilla Vieja, y este podía mandar traer los autos "con lo anejo y pendiente", tal como consta en ejecutoria.




El Doctor Mendizábal, Oidor de la Chancillería de Valladolid, fue comisionado en 1559 por Felipe II, a la muerte del IV Condestable de Castilla, Pedro Fernández de Velasco, para detraer de esta familia la jurisdicción de las siete Merindades de Castilla Vieja, debido a los abusos que dicho linaje cometía, principalmente en lo referente al cobro de portazgo y alcabalas. Dicho Oidor, a través de ejecutoria dada en Madrid el 29 de septiembre de 1564, ordenaba al Adelantado y su Alcalde Mayor se abstuvieran de conocer las apelaciones de la villa de Mijangos y del Valle de Valdegovía, "que pertenecían al Corregidor de Castilla Vieja". Igualmente firmaba otra ejecutoria, dada en Medina de Pomar el 5 de diciembre de 1565, por la que se ordenaba al Valle de Valdegovía que las apelaciones del juzgado fuesen a dichos Corregidores.

La competencia jurisdiccional del Corregimiento de las Siete Merindades de Castilla Vieja englobaba el territorio de estas y ello motivó no pocas fricciones, así como peticiones de inhibición de justicia con varias jurisdicciones colindantes, como la de los Velasco en Medina de Pomar. En lo civil y en lo penal, el Corregidor de las siete Merindades era juez de primera instancia. Su labor judicial la efectuaba en la Audiencia y Juzgado de las Merindades, situada en Villarcayo y, si no ostentaba la condición de jurista, este cometido lo efectuaban los Tenientes. De sus sentencias conocían en apelación o alzada los Regidores del lugar.

Continuamos la próxima semana.


Bibliografía:

"El Valle de Valdegovía. Diez siglos de transición. De origen castellano a su incorporación administrativa a Álava". Rafael Sánchez Domingo, Profesor Titular de Historia del Derecho (Universidad de Burgos)









1 comentario:

  1. Importado de nuestra página de FACEBOOK:

    Area Patriniani (4 de mayo a las 23:59)

    La hermandad de 1463 fue una hermandad en toda regla, otra cosa es que Miranda, Pancorbo, Saja, villalba y Losas de Suso se separaran de la hermandad entre 1463 y 1502, año en que no aparecen pero si se añaden Antoñana, Santa Cruz, Lagran, Peñacerrada, Labastida, Salinillas y Berantevilla. En 1515 se procedió a encuadrillar las tierras y Valdegobia aparece también dentro de la hermandad. El origen de que Valdegobia forme parte de Álava esta en esas ordenanzas de hermandad de 1463. Véase la gran documentada obra del desaparecido Gonzalo Martinez Diez: "Álava medieval" De todas estoy con lo que viene a decir el articulo, y es que el oeste del río bayas siempre a mirado mas a Castilla (o a Burgos lo q es lo mismo) que a el resto de provincias vascas (y de navarra ni te cuento).

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