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lunes, 23 de mayo de 2016

¡¡Esta boda es una ruina!! (el condestable casa a una hija)

La boda es, probablemente la mayor celebración que se produce en la vida de una persona. Sin más. Y, en el caso de una muchacha del siglo XV –por centrarnos- lo sería en mayor grado. Aún sin amor.

Porque cuando Castilla salía de la Edad media el matrimonio de los nobles aportaba varios pluses: el joven accedía al mundo adulto; el clan familiar mostraba “músculo financiero” y preminencia social; la boda actuaba como una alianza entre familias para asuntos económicos, militares o políticos; si el matrimonio era ventajoso para esa parte significaba un avance social y la posible supervivencia del linaje. Claro que, independientemente de estos factores que seguramente influyesen en la determinación del muchacho o la muchacha, la decisión final era de ellos y expresada libremente ante el altar.

Escudo ducado de Gandía

Eso sí, ¡A ver quién se atrevía a contradecir al cabeza de familia! ¡Con todo lo que se había puesto en la balanza! Y, por otro lado, para ciertos grupos sociales no había tantos candidatos entre los que elegir y que no tuviesen algún grado de consanguineidad –real o “interesado”-. De todas formas eran matrimonios entre personas muy jóvenes que no solían oponerse a las decisiones paternales y que no estaban deseosos de afrontar los riesgos y las dolorosas certidumbres de esa postura.

Por tanto, “papito” decidía la pareja matrimonial del nene o la nena. Punto. Eran los padres –o sus representantes- quienes organizaban todo. La boda más importante era la del primogénito portador del nombre de la familia, donde se buscaba que fuese lo más ventajosa posible. Aunque para todos los descendientes se buscaba lo dicho: fortuna, nivel social e influencia política. Incluso en las segundas o terceras nupcias del hijo o hija, que también se daban porque, estas personas, eran peones que no se podían dejar libres (célibes o viudos).


Este era el condicionante social en el que nadaba la vida de los jóvenes de noble cuna del final de la edad media y principios del renacimiento. Y así fue el 5 de abril del año del Señor de 1571 cuando firmaban en Berlanga, ante el escribano Diego López de Espinosa, las capitulaciones matrimoniales de don Francisco Tomás de Borja Centelles (1551-1595), VI duque de Gandía, y doña Juana de Velasco y Aragón, segunda hija del duque de Frías cuya fecha de nacimiento desconocemos pero que no sería mayor que su esposo y que falleció en 1595, un día antes que su esposo.

La rubrican el condestable don Iñigo II Fernández de Velasco y Tovar –padre de la afortunada novia-  y don Francisco Juan Roca, deán de Gandía y canónigo de la Metropolitana de Valencia en nombre y con poder del Duque de Gandía, don Carlos, hijo de Francisco de Borja (el que luego sería San Francisco de Borja). La fecha de la boda se fijó seis meses después de la llegada del Breve Papal, ya que, debido al parentesco, era necesaria la dispensa de Roma. Por ambas partes eran descendientes de Fernando II de Aragón, Fernando el Católico, que tuvo, al menos, diez hijos entre legítimos e ilegítimos.

Los lazos familiares se anudaron más con este matrimonio que tuvo lugar en Berlanga de Duero en enero (según la casa ducal de Medinaceli) u octubre del año siguiente del 1572. Debemos saber que don Iñigo mantenía relaciones cordiales con Francisco de Borja y Aragón -III General de la Compañía de Jesús, IV duque de Gandía, I marqués de Lombay, Grande de España y Virrey de Cataluña- abuelo de su yerno. Estando la Corte en Valladolid, Felipe II comisionó al Velasco y al de Borja servicios que requerían tacto, finura y capacidad de decisión.


Ya hemos explicado que en un matrimonio de esta alcurnia lo que no había era amor. O, al menos, esa visión romanticona y dulzona del “amor” tipo “Romeo y Julieta”. Se ajustaba más a lo que entendemos por un “contrato” y menos a lo de “Matrimonial”. Las familias aportaban recursos económicos para que los “tortolitos” tuvieran “un buen pasar” que se englobaban en las arras y la dote.

Las arras eran la donación que hacía el marido a la esposa. Estas, en el siglo XV, se fijaban para la alta nobleza generalmente en cerca de 1.300.000 maravedíes. La dote era el ajuar domestico que entregaba la familia de la mujer. Ya saben: ropas, joyas, mobiliario… desgraciadamente en esa época no eran parejos. Arras bajas y dotes altísimas.

En los acuerdos el duque de Gandía cede a su hijo el título de marqués de Lombay y los estados y rentas del marquesado y dona a la futura marquesa, como aumento de dote, 32.500 ducados como renta vitalicia. Don Francisco entrega a su prometida 500 libras en moneda valenciana para gastos de ayuda de cámara, que serán 1.000 en el momento de efectuarse el enlace. Lo hace según fuero de Valencia. Mucha generosidad, sí, pero no olvidemos que tanto dote como arras eran administradas por el marido (salvo muerte de este o disolución del vínculo).

Palacio Ducal de Gandía

Doña Juana de Velasco llevará de dote 65.000 ducados (unos 26.000.000 mrs.), de los cuales recibirá 6.000 en joyas, alhajas y muebles de uso de casa y 2.000 ducados en metálico, dentro de los ocho días inmediatos al de la boda; 4.000 en ajuar y vestidos, sin que puedan éstos exceder de tal cantidad y 53.000 de a 20.000 maravedíes el millar en juros y censo impuestos sobre bienes y hacienda de los estados del Condestable. Lo que sería una especie de deuda pública, vamos.

Esta liberalidad para mayor honor de la familia de la novia llevaba, en términos generales a convertirse en una deuda que avanzaba varias generaciones en la familia. Nos encontramos con pagos parciales y procesos judiciales para reclamar el pago de lo convenido en el contrato matrimonial.

Felipe II por Sofonisba  Anguissola (1565)

Y ese será el problema. El patrimonio de la casa de Haro, Frías y Condestable de Castilla residía en un mayorazgo que le prohibía enajenar o hipotecar la hacienda vinculada. También prohibía pedir, o suplicar, licencia al rey para poder hacerlo con lo que estaba en un apuro para dotar a su hija. Pero de algo debía servir la cercanía al rey y los servicios prestados. De alguna forma Felipe II se enteró de las obligaciones contraídas por su servidor para mejor casar a una hija y firma en Madrid, el 26 de junio de 1571, una cédula real concediendo la licencia para poder hipotecar por una vez y como excepción, imponiendo la obligación de levantar las cargas con la mayor celeridad posible. La firma también el secretario del rey, Juan Vázquez de Salazar, la escribe el doctor Velasco y es registrada por Jorge Olalde de Vergara. Don Juan, hijo y heredero de la casa de Velasco y hermano de la desposada autorizó con su firma estas hipotecas. Al fin y al cabo era el patrimonio de su herencia el que debería afrontar los pagos.


Se conserva la tasación hecha ante Diego de Bañuelos, natural de Briviesca, escribano y encargado de los negocios de su señoría el condestable, el 28 de abril de 1572, en Madrid. Son nombrados tasadores para los vestidos y hechuras de oro y plata, Juan Navarro, Gregorio López y Benito Sáez, sastres y para los bordados Diego Ramírez, que bordó el ajuar y vestido de doña Juana, Lucas de Burgos y Juan de Zaragoza, bordadores. En el inventario se anotan, entre otras: una saya de tela de oro encarnada bordada en canutillo de plata, es valorada en 300 ducados. Una saya, capote y ropa de raso pardo bordado en canutillo de plata, y prensado el canutillo, se tasa en 8.758 reales y medio. Una vasquiña de tela de plata bordada con dos rayas de terciopelo blanco con canutillo de oro 1.682 reales y medio. Dos jubones de telilla de oro y plata de Milán 616 Reales, ropa de damasco carmesí con pasamanos y alamares de oro por 780 Reales.

La lista era larga. Terminaba con dos sombreros: uno encarruzado bordado de oro y plata de canutillo, 11.250 maravedíes, otro bordado de azabache con plumas negras, 6.000 maravedíes. Las joyas y objetos de plata son numerosas y ricas también: 60 puntas de cristal guarnecidas de oro, valorado en 155.662 maravedíes. Collar de diamantes y rubíes con una esmeralda grande y unas arracadas de oro con seis diamantes y dos pinzantes de perlas, 93.750 maravedíes. Sortijas, botones, cruces y cadenillas. Pero, sobre todo, una silla de montar en plata con sus gualdrapas para mula y otra para cuartago. Toda la plata y las joyas montan un cuento y 295.245 maravedíes.


El marqués de Lombay aceptó la tasación y son testigos don Sancho de Viedma y Carvajal, el doctor Pérez, alcalde mayor y el contador Gabriel de Godoy, Nicolás de Barrientos, criado del contestable, vecinos de Berlanga. Esta segunda tasación se hizo en Berlanga el 2 de mayo del mismo año.

Tras cuadrar los dineros se pasaba a un acto de trámite: la boda. Esta la celebró el patriarca de Antioquía y arzobispo de Valencia don Juan de Ribera. Desconozco cómo fue el acto pero podemos suponer que tuvo que ser fastuoso. La fiesta empezaría con la salida hacia templo de los novios acompañados de una orquestina. Al convite asistirían los familiares, invitados y criados de ambas partes además de muchos habitantes del lugar donde se celebrase la boda. Seguro que tuvieron músicos, espectáculos, justas, bailes y regalos, que era lo típico.

Y luego vino la vida. Los contrayentes fueron padres de:

  • Carlos Francisco de Borja y Centellas y de Velasco que heredaría los títulos.
  • Iñigo de Borja y de Velasco, que sirvió en los Países Bajos, donde casó con Elena de Hénín-Liétard o de Alsacia, llamada en su época Madame de Hénin, de la familia de los Condes de Hénin-Boussu.
  • Gaspar de Borja y Velasco, cardenal con el título de Santa Cruz de Jerusalén, obispo de Albano, arzobispo de Sevilla y Toledo y vicecanciller del Supremo Consejo de la Corona.
  • Baltasar de Borja y de Velasco. Obispo y Virrey de Mallorca.
  • Melchor Francisco Antonio de Borja y de Velasco (generalmente se le llamó Melchor Centellas de Borja), que fue General de las Galeras de Valencia y Sicilia.
  • Juan de Borja y de Velasco, nacido en Villalpando. Murió niño.
  • Magdalena de Borja y de Velasco. Estuvo casada con Iñigo Fernández de Velasco y de Tovar, octavo Conde de Haro, su primo hermano (hijo del quinto Duque de Frías y de su primera mujer, María Girón), y tuvo una sola hija, de cuyo parto murió.
  • Catalina de Borja y de Velasco. Monja.


Pues bien, siguiendo el hilo de nuestra narración, diremos que en 1576, a los cuatro años de casarse, para hacer frente a sus gastos, el apoderado de los marqueses de Lombay, Bernardo de Trincado, vecino de Miranda, pero residente en Briviesca, toma a censo del convento de Santa Clara de esta villa 4.000 ducados, con la hipoteca de la dote de la marquesa, que estaba garantizada por los 53.000 ducados que gravaban con facultad real el mayorazgo de Velasco y de manera particular el palacio de Burgos y los juros, égidos, pastos, tierras y alcabalas, pecho y derechos en Briviesca, Cerezo, Haro y Belorado. No se líen: es, simplemente, que no llega el asunto y hacen una nueva hipoteca sobre algunos bienes.

El poder para Trincado (nombre ajustado al oficio) está extendido en la casa palacio de los condestables de Villalpando, ante Francisco de Mayorga, escribano de la citada villa. Y lo firman don Francisco de Borja y doña Juana de Velasco. Los réditos, 810.294 maravedíes, se pagan en tercios: el primero en 1 de enero de cada año, el segundo el 1 de mayo y el tercero el 1 de septiembre. La escritura se firma en Briviesca ante Pedro de Aguirre, escribano y actúa en nombre de las clarisas Diego de Urna, donado del convento, que exhibe poder otorgado por la abadesa doña Mencía de Salazar.

Monasterio de Santa Clara de Medina de Pomar

Cuando los condestables redimieron el patrimonio hipotecado en las capitulaciones matrimoniales del primogénito del duque de Gandía con doña Juana de Velasco y Aragón, queda olvidada esta segunda hipoteca de los 4.000 ducados y sus réditos sin pagar.

Ochenta y dos años después, Miguel de Yanguas, en nombre de la abadesa y monjas de Santa Clara, pide al alcalde mayor que obligue al condestable al pago de los intereses atrasados. Se origina así un largo pleito que fue fallado a favor de las clarisas por la Real Chancillería de Valladolid. Apela el condestable don Iñigo Melchor Fernández de Velasco y Tovar y nuevamente se ve la causa que va en última instancia al rey que definitivamente condena a don Iñigo Melchor al pago de los réditos.

Años después, finales del siglo XVII, la casa de Velasco salda esos 4.000 ducados concluyendo así un vergonzoso problema que nació con las dificultades económicas que pesaban sobre los Velasco y cuyas salpicaduras duraron casi un siglo.


Bibliografía:

“Una página olvidada de la historia de los condestables” de Jesusa de Irazola.
“Nobleza y matrimonio en la Marchena del siglo XV” Juan Luis Carriazo Rubio de la Universidad de Huelva.


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